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Cheques de 200 euros: el Gobierno empieza a pagarlos a partir de esta fecha

Aunque el plazo de solitud termina el 30 de septiembre y estaba previsto que los pagos comenzaran a realizarse a partir de esa fecha, el presidente del Gobierno anunció este martes que los primeros cheques se cobrarán mucho antes

Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancaria
Una persona saca dinero de un cajero de una entidad bancariaEmilio NaranjoAgencia EFE

La Agencia Tributaria (AEAT) ya ha registrado 280.630 solicitudes del cheque de 200 euros destinado a trabajadores, autónomos y desempleados que ganan menos de 14.000 euros al año desde que se habilitó su solicitud el pasado 8 de julio, según fuentes del Ministerio de Hacienda. Aunque el plazo de solicitud estará abierto hasta el 30 de septiembre y estaba previsto que los pagos comenzaran a realizarse a partir de esa fecha, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este martes que los primeros cheques se empezarán a cobrar mucho antes. En concreto, la Agencia Tributaria empezará a realizar pagos este próximo lunes. “El próximo lunes se van a empezar a tramitar muchas de las ayudas que usted ha comentado”, aseguró Sánchez durante su intervención en el Congreso de los Diputados en respuesta a la portavoz del PP, Cuca Gamarra, quien reprochó al presidente que “ya se empieza a hablar de que será en diciembre cuando se cobre y las ayudas tienen que ser efectivas cuando se necesitan”.

El Real Decreto recientemente aprobado por el Gobierno para paliar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania, en el que está incluida esta medida, establece que los solicitantes tienen tiempo hasta el 30 de septiembre para solicitar la ayuda y que la Agencia Tributaria podrá realizar los pagos en los tres meses siguientes. En base a este margen de pago, las fechas reprochadas a Sánchez por Cuca Gamarra son acertadas. Sin embargo, desde Hacienda aseguran que se está trabajando para agilizar al máximo la tramitación de la ayuda, hasta tal punto, que este lunes algunos solicitantes ya recibirán el ingreso.

Pese a esta celeridad, el plazo límite de pago se sigue manteniendo tres meses después del cierre del plazo de solicitud, es decir, a finales de diciembre. Si transcurrido este tiempo no se ha efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada. Contra esta desestimación presunta se podrá interponer recurso de reposición y reclamación económico-administrativa, en los términos previstos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El Gobierno ha calculado que gastará 540 millones en esta ayuda que podrán solicitar las personas físicas que en 2021 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales. Estos son dos de los principales requisitos que deben cumplir los potenciales beneficiarios y que se unen a los siguientes.

Renta y patrimonio

Los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que percibieron los convivientes en 2021 sea inferior a 14.000 euros y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros. El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 “y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, con cualquiera de los anteriores, así como otras personas con las que cualquiera de los anteriores conviva en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente”.

Residencia

Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor de real decreto-ley, desde el 27 de junio, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.

Incompatibilidades

Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Para estos colectivos, el Real Decreto-ley contempla ya medidas concretas como la prórroga del incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros. Y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo.

Solicitud

La solicitud debe presentarse en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria rellenando un formulario electrónico antes del 30 de septiembre de 2022, en el que, necesariamente, deberán figurar los datos identificativos y domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar, así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para hacer efectivo el pago de la ayuda. Al ser necesaria la solicitud por vía electrónica, se requiere el alta de los solicitantes en el sistema “Clave”, que se puede realizar por internet, por videollamada o presencialmente en las oficinas de la AEAT.