Ayudas

Descubra si puede solicitar el bono social eléctrico

El consumidor vulnerable tendrá un descuento en la factura de la luz del 65% y de un 80% si es vulnerable severo hasta que finalice el año

Una bombilla y un enchufe
Una bombilla y un enchufeJUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

El precio de la electricidad no dejó de batir un récord tras otro durante el año pasado, elevándose hasta niveles inimaginables y convirtiéndose así en uno de los principales obstáculos del país, que todavía, a día de hoy, lo sigue siendo. Dicha problemática ha tenido un efecto directo en los bolsillos de millones de ciudadanos, los cuales han visto llegar a final de mes facturas eléctricas desorbitadas a las que muchos no podían hacer frente sin acabar con el agua al cuello.

Por tanto, con el objetivo de dar un respiro a las familias que tengan dificultades para pagar sus facturas y dado que la electricidad es un bien de primera necesidad, desde el Gobierno han aprobado una serie de cambios en el bono social eléctrico que estarán vigentes hasta que finalice el año.

¿Qué es el bono social eléctrico?

El bono social de la electricidad es un descuento temporal que se aplica sobre la factura de la luz y que va dirigida a aquellos consumidores con menos recursos económicos o considerados como vulnerables que estén acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).

A pesar de que esta ayuda ha estado vigente en años anteriores, esta ha sufrido algunos cambios en esta última crisis energética. En este sentido, para el consumidor vulnerable el descuento en la factura de la luz será del 65% hasta el 31 de diciembre de 2023, frente al 25% estipulado. Aunque en el caso de que el consumidor sea vulnerable severo, dicha rebaja será del 80% -frente al 40% estipulado- hasta que finalice el año.

¿Qué requisitos hay para acceder a esta ayuda?

Para poder solicitar el bono social eléctrico será necesario estar acogido al PVPC en la vivienda habitual y cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.

Consumidor vulnerable

Para ser considerado un consumidor vulnerable, se deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  • La renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea inferior al IPREM de 14 pagas multiplicado por 1,5 (12.159,42€). Cuando la unidad de convivencia está formada por más de un individuo, se suma al multiplicador un 0,3 por cada miembro mayor de edad y un 0,5 por cada menor de edad.
  • Ser familia numerosa.
  • El consumidor o todos los miembros con ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo la cuantía mínima vigente y no tienen otros ingresos con cuantía agregada anual mayor a 500 euros.
  • El consumidor o un miembro de la unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Asimismo, para que un consumidor sea considerado vulnerable a causa del coronavirus, estos deberán encontrarse en algunas de las siguientes circunstancias:

  • En situación de desempleo.
  • Afectado por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
  • En caso de ser empresario, que haya visto reducida su jornada por motivo de cuidados, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos.

Además, de forma excepcional, existen otras variables que pueden influir en la consideración de consumidor vulnerable, como puede ser haber sido víctima de terrorismo o tener una discapacidad reconocida.

Consumidor vulnerable severo

Una persona será considerada consumidor vulnerable severo, siempre y cuando se cumpla alguno de los siguientes requisitos:

  • Tener una renta anual inferior al 50% del umbral establecido para ser considerado consumidor vulnerable (6079,56€).
  • Ser familia numerosa y percibir una renta anual inferior al IPREM de 14 pagas multiplicado por 2 (16.212,56€).
  • El consumidor o todos los miembros de la unidad de convivencia perciben la pensión mínima y no perciben otros ingresos con una cuantía agregada anual mayor a los 500 euros. Además, la renta anual es menor al IPREM de 14 pagas (8.106,28€).
  • El consumidor o un miembro de la unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Consumidor en riesgo de exclusión

Para ser considerado un consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y además ser atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. Además, ante “la imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico”, tal y como explican desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Asimismo, los consumidores podrán acogerse al bono social de justicia energética, que ofrecerá a los hogares con bajos ingresos un descuento del 40% sobre el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC), siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.