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La abogada del Tribunal de Justicia de la UE avala la resolución del Banco Popular y rechaza indemnizar a los afectados

La sentencia definitiva será emitida en los próximos meses. La jurista pide que la futura resolución rechace los recursos de particulares y fondos

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Banco PopularCristina BejaranoLa Razón

Una abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves la resolución del Banco Popular con fecha de junio de 2017, así como su posterior venta al Banco Santander por un euro. En esa fecha, el Banco Popular se convirtió en la primera entidad europea en ser intervenida con las nuevas normas de resolución comunitarias desarrolladas para evitar que los bancos volvieran a ser rescatados con dinero público, algo que sí ocurrió con las cajas de ahorro españolas en 2010 y 2012, por ejemplo. La abogada general del TJUE también seopone a indemnizar a los accionistas y acreedores a los que se impuso pérdidas.

En noviembre del pasado año yase pronunció el Tribunal General de Justicia de la Unión Europea (TGUE) -en primera instancia del TJUE- considerando que los acreedores y accionistas del Banco Popular no tenían derecho a percibir una compensación del Fondo Único de Resolución (FUR) -fondo de emergencia al que se pude recurrir en tiempos de crisis y que está financiado por el sector bancario-. Así, el TGUE avaló por primera vez dicho proceso de liquidación y denegó el pago de una indemnización a los afectados.

Ahora lo que pide concretamente la jurista Tamara Cápeta es que la futura sentencia rechace los recursos de casación que presentaron diversos particulares y fondos (entre los que se encuentra Aeris Invest). Estos recursos iban contra de aquella sentencia del Tribunal General de la UE del pasado noviembre.

De este modo, su propuesta se basa en desestimar todos los motivos planteados por los recurrentes contra ese primer fallo de la Justicia europea del Tribunal General de la UE que avaló el proceso de liquidación puesto en marcha por la Junta Única de Resolución (JUR). Los recursos defendían, por ejemplo, que la sentencia en primera instancia "cometió un error" al declarar que las dos primeras valoraciones de la entidad efectuadas por la consultora Deloitte eran "razonables, prudentes y realistas". La respuesta de la abogada general es que el Tribunal General concluyó "acertadamente" que ambas auditorías "eran provisionales" y, por ende, "contenían necesariamente información incierta o aproximada".

Por su parte, los recurrentes argumentan que la JUR incumplió la obligación de confidencialidad cuando la que entonces era su presidenta, Elke König, concedió una entrevista a la agencia Bloomberg tan sólo unos días antes de la resolución. Lo mismo ocurre con la supuesta filtración de información sobre el banco a otros medios. En este caso, König dijo durante la entrevista que nunca hablaba de bancos concretos y que el Popular era uno de las entidades que la JUR tenía bajo su "pantalla de radar", aunque no era la única.

En este sentido, para la jurista Cápeta las declaraciones de König en la entrevista fueron "lo suficientemente amplias como para no divulgar información de que se estaba examinando si concurrían las condiciones para la resolución de Banco Popular". Asimismo, subraya que los problemas de liquidez de la entidad "eran graves ya antes de que se realizara la entrevista" y que "fue causada por múltiples factores que se derivaron de los malos resultados del banco anunciados en febrero y abril de 2017".

En cuanto a la indemnización que piden los recurrentes, la abogada general señala que los recursos "sólo se refieren de forma genérica a su pretensión de indemnización [...] sin especificar el error supuestamente cometido por el Tribunal General". Con todo ello, la sugerencia que hace la letrada a los jueces es que declaren la "inadmisibilidad manifiesta" de este motivo de casación en su futuro fallo.

La sentencia definitiva respecto a este proceso será emitida por el TJUE en los próximos meses. Además, pese a que las conclusiones de los abogados generales no son vinculantes, en la mayoría de los casos sí que suelen marcar el sentido de los fallos.