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Aviso del Banco de España: estos son los motivos por los que te pueden bloquear una transferencia

Las entidades bancarias deben tomar precauciones para cumplir con la normativa de blanqueo de capitales

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Imagen de recurso del uso de un ordenador portátillarazonAYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

Las transferencias bancarias son una de las operaciones más comunes entre los usuarios que poseen una cuenta en cualquier entidad. Estas permiten enviar dinero y recibir dinero en un plazo de aproximadamente un día y obtener un comprobante de ello. Aunque Bizum ha ido ganando terreno para efectuar pagos inmediatos de pequeño importe, las transferencias se siguen utilizando para operaciones cotidianas pero importantes como pagar el alquiler o un servicio determinado. Para ello, es necesario conocer el IBAN y el nombre del beneficiario y autorizar la operación.

Puede ocurrir que una transferencia, pese a ejecutarse correctamente y haberse cargado en la cuenta del ordenante, no llegue a su beneficiario. Pero, ¿por qué las entidades bancarias pueden bloquear transferencias? Para identificar la identidad del ordenante y el receptor o para verificar el origen de los fondos.

En estos casos, "la entidad en cumplimiento de la normativa de blanqueo de capitales, podrá bloquear los fondos transferidos hasta verificar la identidad de los implicados en la operación y recabar la documentación que le permita verificar la relación existente entre los fondos de las cuentas y la actividad profesional o empresarial de los mismos", explica el Banco de España en su Portal del Cliente Bancario.

"Esta misma norma prohíbe a las entidades realizar operaciones con los clientes que no hayan sido identificados y al no detallar qué documentos en concreto sirven para acreditar la fuente de ingresos o el origen de los fondos, será el banco quien informe al cliente de la documentación necesaria en cada caso concreto", añade.

Bloqueo por comprar criptomonedas

También se puede producir este bloqueo en el caso de que se intenten comprar criptomonedas vía transferencia bancaria, ya que "puede de suceder que el banco tenga sospechas de que se está produciendo una suplantación de identidad con robo de credenciales", explica el Banco de España. Asimismo, puede ocurrir que el banco clasifique ese tipo de operación como de alto riesgo y decida exigir controles adicionales, como realizar una llamada de teléfono o pedir que acudas a la oficina.

No obstante, cuando una entidad decide adoptar una medida necesaria para el cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo que implique restricciones a la operativa de un cliente, debe informarle de ello. Además, cuando se aplican este tipo de medidas restrictivas de la operativa, estas deben aplicarse con cierto grado de flexibilidad, valorándose las circunstancias especiales de cada caso concreto, por ejemplo, el estado de salud del cliente o la distancia del lugar de residencia.

Por otro lado, también puede ocurrir que la entidad ni siquiera autorice la transferencia. Estaríamos ante una transferencia no autorizada en el caso de que la operación no haya sido consentida por el ordenante, sino que habría sido ordenada por un tercero no autorizado. En este caso, "tu banco deberá reembolsarte de inmediato los fondos detraídos, salvo que pueda acreditar que se actuó de manera fraudulenta o incumpliendo, de manera deliberada o por negligencia grave, las obligaciones que te incumben; y ello con independencia de que la entidad pueda llevar a cabo, una vez efectuado el reembolso, las investigaciones que estime oportunas en defensa de sus legítimos intereses", explica el Banco de España.

¿Se puede anular una transferencia?

Sí, siempre y cuando todavía no se haya ejecutado y el dinero no haya salido de tu cuenta. Esto aplica tanto a las transferencias SEPA como a las transferencias internacionales. "Así que si ordenas una transferencia ahora y el dinero no sale de tu cuenta hasta dentro de un par de horas, tendrás ese espacio para cancelarla", explica el comparador Helpmycash. No obstante, todo dependerá de la hora de corte, es decir, la hora en la cual se ejecutan las transferencias del banco. A partir de ese momento, ya no se pueden cancelar. Cada entidad tiene su propia hora de corte, pero en la mayoría es entre las 11:00 y las 14:00 horas de lunes a viernes.

"Si la transferencia la has realizado antes de la hora de corte, tendrás hasta ese momento para solicitar la cancelación. Si, por el contrario, la transferencia la has hecho después de la hora de corte, por ejemplo, por la noche, dispondrás de un margen de tiempo mucho mayor (hasta la hora de corte del día hábil siguiente)", detalla Helpmycash. Si no has llegado a tiempo, la única alternativa que te queda es pedirle al receptor que te devuelva el dinero, pero si se niega, la entidad no puede hacer nada. La única vía en ese caso es recurrir a la Justicia.