Vivienda
Hacienda no multará a los propietarios de más de una vivienda que no la usen como residencia habitual
En los últimos días se han producido numerosas informaciones indicando que Hacienda multará a los propietarios de varias viviendas, algo que ha desatado la histeria social
En las últimas horas, numerosas noticias y mensajes que circulan a través de redes sociales han hecho sonar las alarmas de los ciudadanos. El malestar se ha apoderado de la sociedad española al leer titulares que aseguran que Hacienda multará a aquellos propietarios de más de una vivienda que no la usen como residencia habitual y que, además, "la okupen".
Sin embargo, esta información es falsa, ya que Hacienda no multa a los propietarios de más de una vivienda por no usarla, sino que lo hace por no declararla correctamente, algo que es totalmente distinto a lo que se ha difundido en las últimas horas.
De esta manera, según confirma 'RTVE', la Ley General Tributaria y la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas no contemplan en ninguno de sus artículos la medida que se ha difundido de manera masiva a través de las redes sociales, ya que lo único que recogen son las multas para aquellos declarantes que no las incluyan en su declaración.
Una multa tributaria solo para los que no declaren sus segundas residencias
El Ministerio de Hacienda no multa, bajo ningún concepto, a los propietarios de más de una vivienda que no residan en ella de manera habitual, y mucho menos a aquellos a los que les hayan okupado su hogar. No obstante, tal y como se ha explicado anteriormente, el Fisco sí que multa a aquellas personas que, aún en posesión de más de una vivienda, no las declaren correctamente en la Renta, ya bien estén con inquilinos o vacías.
De esta manera, según explica Arturo Jiménez, director del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales, al Ente público de 'RTVE', si no se declara esta segunda residencia de manera correcta, Hacienda "podría iniciar un procedimiento de comprobación" y, una vez resuelto, podría imponer una sanción "a partir del 50% del importe dejado de ingresos y el correspondiente interés de demora, que actualmente es del 4,0625 %".
Cómo declarar una segunda vivienda en la Declaración de la Renta
En este sentido, la forma de declarar la segunda vivienda dependerá del uso que tenga: si es un uso personal, ya que se reside en ella, o si es un uso lucrativo, es decir, si se alquila a otras personas.
De esta forma, si la vivienda es de uso personal, habrá que registrar la residencia en el apartado 'Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas' y allí, el contibuyente deberá indicar que no es su vivienda habitual y que la mayor parte del tiempo está vacía.
Por el contrario, si la vivienda tiene un uso lucrativo habrá que declararla como rendimiento de capital inmobiliario, por lo que tributará en la base imponible general junto a los rendimientos del trabajo. En este aspecto, la renta inmobiliaria, es decir, el precio que recibes por el alquiler, no aplicará si se alquila la vivienda durante todo el año, aunque sí que lo hará si hay meses en los que la vivienda está vacía.
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