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Conseguir una ayuda del SEPE con dos meses cotizados es posible: así puedes recibir hasta 600 euros

El paro de los artistas permite ingresar una ayuda económica con requisitos mucho más flexibles debido a la profesión

Varias personas entran a una oficina del SEPE, en Madrid Marta Fernández JaraEuropa Press

Los trabajadores de este país están protegidos cuando quedan en el paro. Y es que gracias al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en función del tiempo cotizado los trabajadores tienen derecho a unas ayudas económicas u otras.

En este sentido, cualquier sector esta cubierto por el organismo adscrito al Ministerio de Trabajo, encargado de administrar las prestaciones por desempleo y promover políticas para que los ciudadanos encuentren trabajo.

Existen multitud de ayudas, pero hay algunas que son poco conocidas y que cuentan con unas condiciones más flexibles teniendo en cuenta el trabajo que se desempeña. Es el caso de los artistas, que debido a las funciones que desempeñan, el empleo es mucho mas intermitente. Por ello, desde el SEPE existe una prestación muy flexible y que supone una gran ayuda para aquellas personas que se encuentran en el paro.

El "Paro de los artistas"

Esta ayuda, que protege a este tipo de trabajadores, es un subsidio destinado a respaldar económicamente a los profesionales de las artes escénicas, audiovisuales y musicales que estén desempleados. Las personas trabajadoras sujetas a la relación laboral especial de las personas dedicadas a estas actividades tienen derecho a una prestación adaptada a su profesión.

En este caso, los posibles beneficiarios son, tal y como lo describe el SEPE en su página web, los siguientes:

  • Las personas dedicadas a las actividades artísticas (artes escénicas, audiovisuales y musicales).
  • Las personas dedicadas a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para el desarrollo de las actividades artísticas.

Requisitos para obtener la ayuda

Para poder beneficiarse de esta ayuda creada por el SEPE, el ciudadano debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que, en su caso, desde la fecha de la extinción de la anterior prestación especial hasta la fecha de nacimiento de la nueva prestación especial haya transcurrido, al menos, un año.
  • No tener derecho a un alta inicial de la prestación por desempleo de nivel contributivo ordinaria.
  • Estar afiliadas a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada al alta.
  • Encontrarse en situación legal de desempleo.
  • Acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar colocación adecuada a través de la suscripción del acuerdo de actividad incluido en la solicitud de la prestación especial.
  • No haber cumplido la edad ordinaria para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación, salvo que no dispongan del período de cotización necesario o el contrato esté suspendido o reducida la jornada.
  • Estar inscritas como demandante de empleo en el servicio público de empleo correspondiente.
  • Acreditar 60 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística dentro de los 18 meses anteriores a la fecha de la situación legal de desempleo o 180 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística, dentro de los seis años anteriores a la fecha de la situación legal de desempleo.

Cuantías a recibir y duración de la prestación

Tal y como se indica en la página web, la duración de la prestación especial será de 120 días y su cuantía será del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento, salvo cuando la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos sesenta días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, en cuyo caso será igual al 100% del IPREM.

En este caso, la ayuda económica puede ser desde 480 euros hasta un máximo de 600 euros mensuales.