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Estos son los gastos de la hipoteca que se podrá desgravar en la declaración de la Renta

Desde el 1 de enero de 2013 la Agencia Tributaria limitó la deducción por la compra de vivienda habitual y los beneficios fiscales que podía suponer, por lo que si se adquirió un inmueble después de esa fecha, ya no se podrá deducir por este concepto

Una mujer señala el valor de mercado de una escritura de compraventa de una hipoteca
Una mujer señala el valor de mercado de una escritura de compraventa de una hipotecaEduardo ParraEuropa Press

Comprar una vivienda entra en los planes de futuro de muchas personas, sin embargo, esta adquisición supone un gran desembolso de dinero que es inasumible realizar en un solo pago para la mayoría de compradores, lo que les obliga a tener que solicitar un crédito hipotecario a su entidad financiera para poder continuar con la operación. En materia de vivienda existen una serie de deducciones en la declaración de la Renta, por lo que no es de extrañar que los contribuyentes se pregunten si en esta cita anual con la Agencia Tributaria pueden desgravarse parte de la hipoteca o algunos de los gastos asociados a esta.

La Agencia Tributaria desde el 1 de enero de 2013 limitó la deducción por la compra de vivienda habitual, así como los beneficios fiscales que podía suponer. Por tanto, solo si se adquirió una vivienda antes de esa fecha podrá seguir desgravándose por este concepto, exceptuado la autonomía de Navarra -cuya fecha se amplía hasta el 1 de enero de 2018- y País Vasco -cuya deducción se podrá practicar sin importar cuando se adquirió la vivienda-.

Además de ser necesario que la vivienda se haya adquirido antes del 1 de enero de 2013 para conseguir una deducción en la declaración de la Renta, desde el portal de reclamaciones reclamador.es explican que también será necesario que se cumplan otros requisitos.

En esta línea, la hipoteca se deberá haber firmado para la compra de la vivienda habitual, por lo que no se incluyen las segundas residencias, ni ampliaciones hipotecarias o viviendas compradas como inversión. Si se cumplen los requisitos previamente mencionados, los propietarios podrán desgravarse hasta un 15% de lo pagado de la hipoteca en un año -lo correspondiente a un 7,5% estatal y un 7,5% autonómico-, pero “sobre una base máxima de inversión deducible de 9.040 euros anuales” según define la Agencia Tributaria.

¿Qué gastos de la hipoteca se pueden incluir en la Renta?

Desde el portal de reclamaciones sostienen que los contribuyentes podrán incluir en la declaración de la Renta los gastos de compra de la vivienda como los de la suscripción de la hipoteca, abonados por el adquirente y prestatario:

  • Gastos de notaría.
  • Gastos de registros.
  • Gastos de gestoría.
  • El coste de tasación.
  • El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
  • La comisión de apertura de la hipoteca.
  • Los gastos de cancelación registral que se deba pagar al liquidar la hipoteca y dejarla libre de cargas.