IRPF

Estos son los plazos para pagar la declaración de la Renta

El 30 de junio finalizará la campaña de la Renta del ejercicio 2021

Una contribuyente procede a realizar la declaración de la Renta
Una contribuyente procede a realizar la declaración de la RentaPEXELSPEXELS

El fin de la campaña de la Renta está ya a la vuelta de la esquina, ya que en apenas una semana, el día 30 de junio, todos los contribuyentes que tienen que acudir a esta cita anual con la Agencia Tributaria deberán haber presentando sus declaraciones del IRPF y Patrimonio, saldando así sus cuentas con Hacienda.

Tras su presentación, el resultado no siempre suele ser el esperado, ya que aunque las devoluciones por parte de la Administración son elevadas tras calcular el resultado de la declaración, estas también pueden ser positivas, por lo que desafortunadamente, el contribuyente será quién deba pagar a Hacienda dentro de las fechas establecidas por la Administración.

En este sentido, si sale a pagar, existen dos métodos para llevar a cabo esta operación, ya sea a través de un pago único o uno fraccionado. En lo que respecta al primero, la deuda se resuelve al momento, mientras que en el segundo se permite fraccionar la deuda en dos plazos. Por tanto, el contribuyente abona el 60% del importe al presentar la declaración o en su defecto, el 30 de junio; y el 40% restante se paga el 7 de noviembre, siendo el segundo plazo impuesto por la Agencia Tributaria para saldar dicho trámite.

Pese a los plazos establecidos, cabe la posibilidad de que se establezcan unas fechas distintas para el pago fraccionado, siempre y cuando haya habido una previa revisión del Fisco. No obstante, al hacerlo se podría aplicar un interés fijo del 3,75% que fue el porcentaje establecido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE).

Asimismo, para acogerse a este pago, la declaración de la Renta debe presentarse en plazo, por lo que aquellas personas que hayan formalizado una declaración complementaria no podrán beneficiarse de esta opción.

Además de fraccionar el pago, este también se puede aplazar, siempre y cuando se solicite a través de la Renta Web de la Agencia Tributaria a la hora de presentar la declaración de la renta, pulsando sobre la opción “solicitar aplazamiento o fraccionamiento de deudas”. En este caso, también se tendrá que abonar un coste, teniendo que pagar un tipo de interés del 3,75%.

En este contexto, se debe tener en cuenta que es incompatible solicitar el pago fraccionado de la renta con el aplazamiento, ya que en este segundo caso, se deberá seguir un proceso completamente diferente.

¿Cómo se puede pagar a plazos la Renta?

En el caso de que la Renta salga con un resultado positivo para Hacienda y quiera pagar a plazos, el contribuyente deberá marcar la casilla de ‘pago fraccionado’ que aparece al final del borrador en el servicio de Renta Web. Esta suele venir marcada por defecto, así como la cantidad que se debe abonar en cada plazo.

Tras marcar la casilla, se deberá seleccionar el método de pago:

  • Domiciliación bancaria: En este sentido será necesario introducir solamente el IBAN de las cuenta. Sin embargo, esto se podrá efectuar si la declaración se presenta desde el 6 de abril hasta el 27 de junio inclusive, quedando excluidos los días hasta su finalización. En el caso de que se opte por la la domiciliación para el segundo plazo, sí que se podrá presentar hasta el 30 de junio con esta opción.
  • Pago electrónico: Este se puede realizar con cargo en cuenta, a través de una tarjeta de crédito o débito; o incluso mediante banca electrónica.
  • Entidad bancaria: El contribuyente puede acudir presencialmente al banco tras haberse descargado un documento de pago para ingresar dicha cantidad en esta entidad. Al principio la declaración quedará como presentada pero “pendiente de ingreso”, estableciéndose el pago hasta el 30 de junio.