IRPF 2022-2023

Estuve en ERTE en 2022: ¿cómo afecta a mi declaración de la Renta?

Estos contribuyentes tienen más probabilidades de que les salga a pagar, porque al tener dos pagadores baja el umbral para estar obligado a declarar y a las prestaciones apenas se les aplican retenciones

Todo lo que debes saber para hacer la declaración de la Renta
Imagen de archivo de una persona haciendo la declaración de la Rentalarazon

España cerró diciembre de 2022 con 18.237 trabajadores en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), una situación laboral que afecta directamente a la declaración de la Renta de estos contribuyentes. Aunque el número de empresas que recurren a este mecanismo ha caído considerablemente desde el estallido de la pandemia -cuando buena parte de los ERTE fueron por fuerza mayor-, los trabajadores que aún sufren este parón temporal por causas ajenas a la Covid tendrán más probabilidades de acabar pagando en la Renta.

Los trabajadores que en 2022 se vieron envueltos en un ERTE, tanto completo como de reducción de jornada, tuvieron dos pagadores. Uno de ellos la empresa, que abonó parte de los salarios del año con las retenciones de IRPF habituales y otro, el SEPE, que pagó las prestaciones por estar en ERTE. A estas últimas cantidades se les aplica una retención mínima o incluso inexistente si las cuantías que se han recibido son pequeñas, por lo que los contribuyentes tendrán que abonar los impuestos pendientes con la declaración. Por ello, al presentar la declaración este año lo más probable es que les salga a pagar.

En concreto, el SEPE explica que "por la propia dinámica del abono de prestaciones en períodos de suspensión de relaciones laborales por procedimiento de regulación temporal de empleo, es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, si los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de aquella”. No obstante, el trabajador puede solicitar que se le retenga el IRPF o que se le aplique un porcentaje mayor de retención.

Pero, ¿los trabajadores que han estado en ERTE tienen la obligación de presentar la declaración? Aquí también influye que el umbral de ingresos para estar obligado a hacer la declaración baja al tener dos pagadores. Con un solo pagador, el contribuyente solo está obligado a presentar la declaración si supera el importe de 22.000 euros anuales. No obstante, con dos pagadores el límite baja a 15.000 euros si los abonos de todos los pagadores a partir del segundo alcanza los 1.500 euros. En caso de ser inferiores, se sigue respetando el límite de 22.000. Estos dos factores hacen que los trabajadores que hayan estado en ERTE tengan altas probabilidades de tener que presentar la declaración y de que les salga a pagar.

ERTE y la deducción por maternidad

Estar en ERTE castigaba doblemente a las madres trabajadoras. Estas tienen la posibilidad de deducirse en la cuota diferencial hasta 1.200 euros anuales en la declaración de la Renta hasta que su hijo cumple tres años aplicándose el mínimo por descendientes, lo que se conoce como deducción por maternidad. No obstante, esta deducción está vinculada al desarrollo de una actividad por cuenta propia o ajena, de manera que, si se interrumpe, se pierde el derecho a la deducción por los meses que dure el ERTE. No obstante, en caso de ERTE de reducción de jornada no se perdía el derecho, pues la madre continuaba realizando una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial.

Esta norma, recogida el apartado 2 del artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, provocó el envió de numerosos requerimientos para exigir a las madres que estuvieron en ERTE durante la crisis sanitaria que devolvieran la ayuda. Finalmente, Hacienda decidió paralizar los requerimientos y la ministra del departamento, María Jesús Montero, afirmó que impulsarán cambios legales para que las madres que estuvieron en un ERTE durante la pandemia no tengan que devolver la deducción por maternidad de 1.200 euros con carácter retroactivo desde 2020. Desde 2023, las madres ya no tienen ese problema, ya que el cobro de la deducción por maternidad se ha ampliado a progenitoras en situación de desempleo.