
Jornada laboral
Juan Manuel Lorente, abogado laboralista, revela tres claves sobre la reducción de la jornada laboral: "Que no te engañen"
El experto en derecho contempla los casos en los que la empresa puede aprovecharse del empleado para eludir el límite jurídico que impone la ley

El pasado 6 de mayo de 2025 se aprobó la famosa reducción de la jornada laboral en el Consejo de Ministros. Este movimiento político lleva en boca de todos desde hace meses debido a la trascendencia que puede a llegar a tener a largo plazo. Aunque todavía queda un tiempo para su entrada en vigor, todo apunta a que esta reforma del derecho laboral de los trabajadores pasará a ser una realidad más pronto que tarde. Para ello, ya se conocen con exactitud los detalles que regirán su correcto funcionamiento y las normas que deberán seguir las empresas contratantes ante la inminente aplicación de esta reducción.
Los derechos laborales son todas las libertades que puede ejercer el empleado en su ocupación, tanto dentro como fuera de su ejercicio laboral. Es por eso que conviene tener presentes cuáles son las principales enmiendas recogidas en el Estatuto de los Trabajadores con el fin de evitar posibles malentendidos que condicionen la experiencia en el trabajo. Al igual que el derecho a la baja médica o el de reclamar las vacaciones correspondientes, el hecho de respetar las horas trabajadas es inamovible ante los ojos legislativos. Por eso, con este cambio tan significativo, conviene conocer de antemano la línea divisoria que, del mismo modo, conforma la equidad entre las dos partes.
Tras este primer análisis, los expertos han dilucidado las fronteras de la reforma para informar a los trabajadores y eludir el desconocimiento de los mismos. Como todo lo que sucede en el mundo laboral, ante la duda siempre conviene consultar a un profesional que te asesore de manera correcta. En cualquier caso, la información que hoy traemos proviene de un abogado laboralista, Juan Manuel Lorente, con experiencia en el sector que da tres claves fundamentales que todo trabajador debería saber cobre esta mejora de la calidad de vida, independientemente del contrato que este practique o de las horas que vengan estipuladas por convenio en el mismo.
Las claves que debes conocer sobre la reducción de jornada
La disminución de jornada, por el momento, contempla el descenso de las cuarenta horas semanales que llevan siendo una realidad durante décadas hasta las 37 horas y media que se buscan implantar. Sin embargo, en un futuro se planea que esta última cifra se aminore hasta las 35 horas. Y es en este punto donde Lorente incide en su primera clave, es decir, en trabajar menos cada día. "Por ejemplo, si trabajas de lunes a viernes ocho horas, lo normal es que te reduzcan media hora cada día", indica. Sin embargo, en el caso de que tu superior se negará a ofrecer esta posibilidad, que a fin de cuentas es la impuesta por el gobierno, estaría cometiendo una infracción y, por tanto, una ilegalidad.
"Todo lo que trabajes y supere las 37 horas y media será catalogado como hora extra", asegura el profesional. Por lo que no hay que dejar pasar esta última afirmación, ya que, este periodo adicional no es considerado en tus honorarios sino que tendría que ser abonado de manera complementaria según la cuantía que venga estipulada en el contrato, en términos de horas extraordinarias. "La empresa no te puede imponer una bajada de salario por el mero hecho de que entre en vigor esta reducción de jornada. Se deja claro que será cobrando lo mismo que antes", informa. Valorando este aspecto como el más importante de todos.
También afecta a los contratos de jornada parcial
A pesar de lo que pueda parecer, este suceso también incumbe a aquellos que trabajen bajo la firma de un contrato que no asegure las cuarenta horas. "Si trabajas a jornada parcial te afecta esta reducción de jornada y la empresa deberá tomar una decisión contigo", en palabras de Lorente. Por un lado, puedes trabajar menos cobrando lo mismo, debido a que estas cantidades respondían a la anterior jornada laboral, la de cuarenta y no la nueva. Por otro lado, te podrán subir el sueldo manteniendo tu itinerario. "Que no te engañen, cuando entre en vigor la reducción de jornada no puede seguir trabajando y cobrando lo mismo", concluye.
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