Empleo
¿Puedes ser asalariado y autónomo a la vez? Así funciona la pluriactividad en España
El número de autónomos en pluriactividad ha crecido casi un 50% desde 2020

560.000 personas en nuestro país compaginan dos trabajos a la vez, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta realidad laboral ocurre principalmente por necesidad económica, ya que para muchos un solo salario no es suficiente para cubrir gastos. No obstante, existen otras razones que impulsan a las personas trabajadoras a tomar esta decisión, como obtener más ingresos, una mayor seguridad laboral o desarrollo profesional, entre otras.
El pluriempleo es la situación del trabajador por cuenta ajena que presta sus servicios profesionales a dos o más empresarios distintos y en actividades que dan lugar a su alta obligatoria en un mismo Régimen de la Seguridad Social.
No obstante, "si eres trabajador autónomo y además estás de alta como trabajador por cuenta ajena en la Seguridad Social, tu situación será de pluriactividad". Así lo explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Por tanto, aquel que compagine un empleo como asalariado y otro como autónomo cotizará en el Régimen General y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Aunque esto supone un mayor coste en cotizaciones para el trabajador, en el futuro podrá acceder a prestaciones de ambos regímenes.En los últimos cinco años, el número de autónomos en pluriactividad ha crecido casi un 50% al pasar de 183.209 en 2020 a 269.146 en abril de 2025, según datos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) a partir del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Quien se da de alta como autónomo por primera vez mientras mantiene un empleo por cuenta ajena puede acceder a una reducción en la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. En la práctica, esto supone pagar una cuota más baja durante un periodo limitado, lo que facilita el arranque de la actividad propia. La cuantía y duración de esta bonificación varían según si el trabajo asalariado es a jornada completa o parcial, pudiendo prolongarse hasta 36 meses.
Es importante tener en cuenta que estas bonificaciones por pluriactividad son incompatibles con la tarifa plana de autónomos, por lo que es necesario valorar cuál de las dos opciones resulta más conveniente en cada caso. La tarifa plana es el pago de una cuota de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses de alta si el autónomo se da de alta por primera vez en trabajo autónomo.
Si una persona es despedida de su empleo por cuenta ajena pero mantiene activa su actividad como autónoma, no puede acceder al paro porque no se encuentra en situación legal de desempleo. Solo es posible compatibilizar la prestación con el trabajo autónomo cuando primero se está cobrando el paro y después se inicia la actividad por cuenta propia. Además, si tras perder el empleo asalariado la persona causa baja en el Régimen de Autónomos, el SEPE también puede denegar la prestación, al producirse la baja como autónomo con posterioridad al despido.