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Jubilación

¿Quién podrá jubilarse en 2026? Estas son las fechas de nacimiento previstas

Con la llegada de un nuevo año, la edad de jubilación se incrementará ligeramente respecto a 2025

El aumento de la edad ordinaria de la jubilación, las cotizaciones o el cobro de la pensión completa cada vez preocupa más a los españoles Dreamstime

Restan pocos meses para que llegue un nuevo año, y miles de ciudadanos podrán optar a su jubilación ordinaria, tal y como queda establecido por el Ministerio de Seguridad Social. Y es que aquellos que cumplen con la edad ordinaria, pueden solicitar su pensión de jubilación correspondiente.

No obstante, España se encuentra actualmente en un periodo de transición donde la edad de jubilación va incrementándose progresivamente con el paso de los años. Se trata de un proceso que comenzó en 2013 y donde esta programado que para 2027 la edad quede fijada en los 67 años.

Por ello, será a partir del 1 de enero cuando la jubilación ordinaria dará un nuevo cambio, lo que afectará a miles de ciudadanos españoles en función de sus años cotizados y su edad.

¿Quién puede jubilarse en 2025?

Para este año, las personas que pueden optar a su pensión de jubilación son aquellas que cumplen con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. En este caso, pueden jubilarse a los 65 años aquellos que han cotizado 38 años y tres meses o más. En caso de no hacerlo, la edad establecida es de 66 años y ocho meses.

Por ello, los ciudadanos autorizados para poder solicitar la jubilación ordinaria son aquellos que nacieron en 1960 -en caso de cumplir con el tiempo de cotización- y mayo de 1958 si no se cumple con las condiciones reflejadas.

¿Quién podrá jubilarse en 2026?

En 2026, la edad de jubilación volverá a incrementarse. Será el 1 de enero cuando los requisitos variarán y los trabajadores tendrán que atender a estos cambios si quieren verse beneficiados.

En este caso, las personas que cumplan con la edad de cotización -38 años y tres meses de trabajo-, podrán retirarse del mundo laboral a los 65 años. No obstante, no tendrán la misma suerte los que no lo hayan hecho. Será a los 66 años y 10 meses para aquellos que no cumplan esta condición, retrasando así dos meses respecto a 2025.

De esta forma, las personas nacidas en 1961 -si cumplen la cotización- y los ciudadanos de marzo de 1959 -en caso de no haber trabajado suficiente- serán las que tendrán derecho a reclamar su pensión de jubilación correspondiente.

Lo que no cambiará en 2026

A pesar de estos cambios, lo que se mantendrá intacto para 2026 es el requisito de cotización mínima para poder acceder a una pensión contributiva de jubilación. En este sentido, el tiempo se mantiene en 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.

Por ello, toda persona que esté pensando en jubilarse debe saber que el periodo mínimo es de 15 años, y que la cantidad a recibir dependerá de dos aspectos a tener en cuenta: las bases de cotización de los últimos 25 años y el número de años cotizados.

Tras hacer el cálculo, el resultado es que el ciudadano tiene derecho a un 50% de la base reguladora cuando llega a los 15 años cotizados, y esta cantidad va incrementándose según se van acumulando meses extra.

La jubilación anticipada: una opción valorada por muchos

Para aquellos que no desean esperar, la Seguridad Social pone a disposición de los ciudadanos la conocida jubilación anticipada. Se trata de la posibilidad de acceder a la pensión de jubilación antes de la edad ordinaria legal, siempre que se cumplan ciertos requisitos relacionados con la edad, la cotización y la situación laboral del solicitante.

Existen dos vías principales para acceder a la jubilación anticipada: la jubilación anticipada voluntaria y la jubilación anticipada involuntaria. En el caso de la primera, esta se produce cuando es el propio trabajador quien decide retirarse antes de tiempo, pudiendo adelantar un máximo de 24 meses antes de la edad ordinaria.

La segunda, en cambio, se aplica a quienes deben dejar de trabajar por causas ajenas a su voluntad, como despidos colectivos, reestructuraciones empresariales o situaciones de crisis económica, pudiendo adelantar hasta 48 meses la jubilación.

Sin embargo, una jubilación temprana implica una serie de consecuencias. Y es que en función del tiempo que se desee adelantar, se aplican una serie de coeficientes reductores que reducen la cuantía final de la jubilación.