Ley de Vivienda

El recargo del IBI para acabar con los pisos vacíos, sin efecto: sólo el 0,1% de los propietarios podrían ser sancionados

La Ley de Vivienda permite a los ayuntamientos cobrar un extra de IBI por los inmuebles que lleven vacíos al menos dos años sin causa justificada. Fotocasa calcula que el impacto será "muy minoritario" y no conseguirá ampliar la oferta

Economía.- El 5% de los propietarios de viviendas vacías podrían ser sancionados con el recargo del IBI, según Fotocasa
Bloque de viviendas en construcciónEuropa Press

Sin efecto. Las sanciones fiscales a dueños de viviendas vacías para que las pongan en alquiler con el objetivo de aumentar la oferta y bajar los precios no tendrán apenas alcance. Según los datos de Fotocasa Research, sólo el 0,1% de los propietarios españoles podrían ser sancionados con el recargo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en su ayuntamiento, un aumento del impuesto recogido en la nueva Ley de Vivienda. El portal inmobiliario considera este porcentaje es "muy minoritario", por lo tanto, "se constata que las medidas con carácter punitivo no recogerían los efectos deseados de ampliar la oferta masivamente".

La nueva Ley de Vivienda, que entró en vigor el pasado 26 de mayo, permite a los ayuntamientos aplicar un recargo de entre el 50% y el 150% en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a los propietarios de cuatro inmuebles de carácter residencial que permanezcan desocupados sin justificación dos años o más. Estos porcentajes pueden subir del 50% al 100% y al 150% según el tiempo que permanezcan vacíos y la ubicación de los inmuebles. Se consideran causas justificadas, por ejemplo, el traslado temporal por trabajo o estudios o el cambio de domicilio por situación de dependencia.

Para hacer el cálculo de potenciales afectados, hay que tener en cuenta que el 60% de los particulares mayores de 18 años tiene alguna vivienda en propiedad, al tiempo que dentro del conjunto de propietarios hay un 3% que tiene alguna vivienda vacía. Según Fotocasa, de ese 3% de particulares, no todos tendrían que asumir el recargo en el IBI, puesto que lo que marca la normativa es que el inmueble lleve vacío al menos dos años y que sea por causas injustificadas. En concreto, de esos, únicamente hay un 5% que cumple todos los requisitos para verse afectados por esta penalización impositiva. Esto supone que solamente el 0,1% de los propietarios españoles se vería afectado por esta medida

Por ello, María Matos, directora de Estudios y portavoz de Fotocasa, explica que "lo que generan este tipo de normativas en el mercado es un clima de desconfianza frente a la administración". "La principal fórmula que puede fomentar que los propietarios de viviendas inhabitadas las pongan en el mercado es el ofrecimiento de seguridad jurídica que ayude a apaciguar las principales preocupaciones de estos particulares: ocupación, pérdida de beneficios o robos en su vivienda" añade.

En concreto, uno de cada dos propietarios de una vivienda vacía teme que se la ocupen (49%), en tanto que el 38%, por ejemplo, ha señalado que su preocupación es el coste que supone mantener un inmueble que no genera ningún beneficio, mientras que a un 35% le preocupa que entren a robar.