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La Justicia rechaza otra querella contra Simón por homicidio y lesiones imprudentes

Una magistrada de Madrid esgrime que al no identificarse a las posibles víctimas no es posible valorar siquiera si hay indicios de delito

Fernando Simón reduce sus intervenciones a dos por semana
Fernando Simón reduce sus intervenciones a dos por semanaRicardo RubioEuropa Press

Un juzgado de Madrid ha inadmitido a trámite una nueva querella contra Fernando Simón por homicidio y lesiones imprudentes por su gestión de la crisis sanitaria del coronavirus. La titular del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid ha rechazado la denuncia interpuesta por la Asociación de Consumidores José María Mena esgrimiendo que en la misma no se identifica a las víctimas que habría causado esa supuesta actuación imprudente tanto del director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES)como de Pilar Aparicio, directora general de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Faustino Blanco, secretario general de Sanidad y Consumo.

El pasado día 1, el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de la capital también rechazó investigar a Simón -como hizo en dos ocasiones la juez del 8-M, por la supuesta comisión de delitos de homicidio imprudente, falsedad documental y contra los derechos de los trabajadores, desestimando así la querella presentada por el hijo y el nieto de una mujer fallecida por Covid-19 en el hospital de Móstoles el pasado marzo. El magistrado remitió entonces a los denunciantes a los juzgados de esa localidad madrileña al considerar que eran los competentes para pronunciarse sobre la querella.

Ahora, la magistrada Mónica Aguirre concluye que “no puede abrirse una causa” por presuntos delitos de homicidio o lesiones por imprudencia grave “cuando únicamente se han aportado cifras de infectados por Covid-19, sin identificarse a los afectados”. Y subraya que, en consecuencia, ni siquiera “cabe entrar a analizar la existencia de indicios de criminalidad contra los tres querellados, o contra alguno de ellos, como partícipes de presuntas infracciones penales imprudentes”

La asociación de consumidores -que también está personada en la causa del 8-M, recientemente archivada-, asegura en su denuncia que “la inacción” del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, dirigido por Simón y dependiente de Aparicio y Blanco, “ocultando o informando de forma maliciosa al Gobierno”, provocó que se celebraran eventos masivos a primeros de marzo de 2020 en los que “se propagó el virus”. Unos contagios, añade, que “podrían haberse evitado” y que tuvieron como resultado “enfermos graves y fallecimientos, sin que se previera tampoco la compra de material de protección”.

Pero la juez recalca que en toda querella “es necesario que se concreten los sujetos activos y pasivos de los delitos denunciados”. Y en la que ahora desestima, argumenta, “no se identifican a los sujetos pasivos del delito”, ignorándose “la identidad de las personas fallecidas o enfermas a consecuencia del Covid-19 a que se hace referencia”.

“Al desconocerse la identidad de los ofendidos -dice- no puede determinarse si la causa de los contagios por Covid-19 y del resultado producido derivó de la propagación de virus con motivo de la celebración los eventos masivos que se mencionan, o de la falta de utilización de material de protección al tratarse de personal sanitario, o miembros de colectivos vulnerables en función de las tareas asignadas”. Y faltando este elemento fundamental, razona, “no puede deducirse que concurran ni siquiera de forma indiciaria los elementos del tipo penal”.

En su querella, la asociación subraya que el 8 de marzo, fecha de la manifestación feminista, además, los fieles “estaban convocados a misa por cientos de miles, había docenas de partidos de fútbol a los que asistieron docenas de miles de seguidores, estaban convocadas 77 manifestaciones” e igualmente “mítines, fiestas populares con masificación”, estando también los cines, teatros, conciertos y centros comerciales “atestados de personas”. Igualmente, se hace hincapié en el traslado de hinchas italianos a Valencia para asistir, dos días después, a un partido de la Champions que al final se celebró a puerta cerrada.

Según los querellantes, Simón ignoró las alertas, al menos desde el 24 de febrero, del Centro Europeo para el Control de Enfermedades, que “advirtió de la peligrosidad del virus”. Simón, Aparicio y Blanco -denuncian- “no intervinieron, autorizándose actos públicos que implicaban aglomeración de personas con peligro de contagio”. Esos eventos religiosos, deportivos, lúdicos o culturales -continúa la asociación José María Mena- “provocaron una expansión del virus incontrolada con aumento de contagios, enfermos y fallecidos, que deberían haberse evitado”. De ahí que concluya que esa presumible inacción provocó que el Gobierno “no tomara medidas para prohibir los actos públicos convocados”.