El Gobierno de Pedro Sánchez
¿Un paso previo a la censura?
“Si no fuera porque aparece en el BOE, pensaría que es una broma”, lamenta un experto
El Gobierno publicó ayer una orden ministerial con el objetivo de regular un organismo –que dependerá de cargos gubernamentales– para perseguir la desinformación y las «fake news» en medios de comunicación, plataformas digitales y redes sociales. A juicio del ministerio de la Presidencia y relaciones con las Cortes, la libertad de expresión se «ve amenazada por la difusión deliberada a gran escala y sistemática de la desinformación que persigue influir en la sociedad con fines interesados y espurios». Tras la publicación de la norma en el BOE, el debate en los medios y redes rondó sobre la posible incursión del Gobierno en los medios y su consecuente limitación de la libertad de expresión. A pesar de que es una orden ministerial, sin efectos jurídicos, la mayoría de los expertos coinciden en señalar que es una manera de controlar la libertad de información.
¿Cuál es el objetivo la orden ministerial?
Es un procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional. Moncloa busca perseguir la «difusión deliberada, a gran escala y sistemática de desinformación, que persiguen influir en la sociedad con fines interesados y espurios».
¿Es legal que el Gobierno vigile la información que se publica?
Para María Isabel Serrano Maíllo, profesora titular de Derecho a la Información de la Universidad Complutense de Madrid, «el control gubernamental previo de la información se llama censura previa y está prohibida por nuestra Constitución en su artículo 20». La experta argumenta que con la «ya manida excusa de la seguridad nacional», el Gobierno «pretende eliminar las informaciones falsas», y critica que será el Gobierno quien decida «cuáles noticias son falsas y forman parte de campañas de desinformación».
¿Vulnera el derecho a la información?
Para Maíllo, «la orden vulnera, de manera deliberada, el derecho a la información y la libertad de expresión de los ciudadanos». A su juicio, puede suponer una «suerte de censura previa» que en ningún aso sería «acorde con la Constitución».
¿Puede limitar la libertad de información de los ciudadanos?
No, no tiene efectos jurídicos. Es una norma organizativa. «No se puede realizar ninguna intervención de censura ni de secuestro de los medios de información», responde Alfonso Villagómez, magistrado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. «Es una orden reglamentaria dependiente de la Presidencia pero en ningún caso puede contravenir el artículo 20 de la CE». La profesora Serrano Maíllo, lamenta que «si no fuera porque aparece en el BOE, pensaría que es una broma». Advierte de que para limitar un derecho fundamental «es preciso hacerlo mediante le orgánica».
¿Es objetivo que la comisión esté formada por el Gobierno?
El órgano está coordinado por la secretaría de comunicación, presidido por el director del Departamento de Seguridad Nacional, e integrada por representantes de varios gabinetes ministeriales. A Serrano Maíllo le parece «poco apropiado». Critica que la participación de expertos y sociedad civil «queda relegada al ‘por si acaso’ creen necesario consultarles». A su juicio «no habrá ningún control;». Villagómez también reconoce que es «preocupante» por la intervención del gabinete ministerial. «Apunta a un estado orweliano, un gran hermano que quiere controlar todo».
¿Quién debe controlar las noticias falsas?
Para David Ortega, catedrático de Derecho Constitucional en la URJC, la palabra clave es «la autorregulación» y señala que deben ser «los periodistas quienes controlen y pongan las medidas oportunas para comprobar la información». El Gobierno «no es quien ni puede regular lo que es información y lo que no», refrenda.
¿En qué se basa el Gobierno para dictar la orden?
El Gobierno argumenta la necesidad de combatir las «fake news» en base a la normativa europea, concretamente en el plan de actuación contra la Desinformación de 2018 y en la Comunicación sobre la lucha contra la desinformación en línea, COM (2018) 236, la Comisión Europea, recuerda Ana Azurmendi, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad de Navarra. «Me parece oportuna y en la línea de la acción europea en la lucha contra la desinformación» argumenta. Cree que es un acierto para defender la libertad de expresión y el derecho a la información. Recuerda que la citada Comunicación es solo uno de los puntos a tener en cuenta y que Europa está promoviendo «mucho más». Según explica, la línea que sigue esta comunicación es la de la comprensión de los retos de la desinformación y de las vías posibles de solución, la relación desinformación y amenaza de la seguridad, los vehículos de la desinformación, entre otros. Cita los antecedentes de esta comunicación como el Reglamento General de Protección de Datos Personales (EU) 2016/679, «vital para la lucha directa contra la desinformación», o la declaración sobre la Libertad de expresión, las «noticias falsas», desinformación y propaganda, 2017, relatores especiales de organizaciones internacionales (Auspiciada por ONU).
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