Audiencia Nacional

Martínez fracasa en su intento de limitar la investigación de «Kitchen»

El juez reclama a Interior información sobre los pagos al chófer de Luis Bárcenas

El ex secretario de Estado Francisco Martínez (centro) acude a declarar por «Kitchen»
El ex secretario de Estado Francisco Martínez (centro) acude a declarar por «Kitchen»Alberto R. RoldánLa Razón

El juez Manuel García Castellón, que investiga en la Audiencia Nacional el presunto espionaje al ex tesorero del Partido Popular Luis Bárcenas, no ha hecho caso al ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, imputado en el denominado «caso Kitchen», quien ha tratado de impedir que el magistrado ampliara sus pesquisas sobre el uso de los fondos reservados entre 2013 y 2015.

En un auto del pasado 21 de enero el instructor ha confirmado su decisión de reclamar a la Secretaría de Estado de Seguridad información para «esclarecer hechos vinculados al presunto uso de los fondos reservados» que se utilizaron para pagar al exchófer de Bárcenas Sergio Ríos Esgueva, según especifica la resolución, que aclara que estas diligencias servirán para determinar «la legalidad» de la actuación de la excúpula del Ministerio del Interior.

El abogado de Francisco Martínez interpuso un recurso de reforma contra el auto de 21 de diciembre del pasado año, en el que el juez acordaba, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción, la práctica de una serie de investigaciones. En concreto, el Ministerio Público pedía al instructor que reclamara documentación a la Secretaría de Estado de Seguridad sobre el pago de alrededor de 40.000 euros de fondos reservados a Ríos.

“Pericial jurídica”

Martínez se opuso a que el Ministerio del Interior aportara a la Audiencia Nacional esas pruebas al considerar, según indica el juez, que en realidad Anticorrupción pretendía encargar a la actual Secretaría de Estado de forma «encubierta» una «pericial jurídica».

El ex número dos de Interior afirmaba en su escrito que no existía ninguna norma legal que atribuyese a la Secretaría de Estado competencias sobre la utilización y el control de los fondos reservados. «Tampoco sobre la interpretación de la normativa propia de los mismos o el desarrollo de instrucciones o criterios para su aplicación», especifica el juez sobre la versión de Martínez.

No obstante, el excargo del Gobierno de Mariano Rajoy reconocía en su recurso que las normas de gestión y control de los fondos reservados procedían «exclusivamente» de una Orden Comunicada promovida por el ex ministro de Justicia e Interior Juan Alberto Belloch, de 12 de septiembre de 1995, que establece las competencias de la Secretaría de Estado de Seguridad.

En ese sentido, Martínez destacaba que dicha Orden «no solo no era pública [no está publicada] sino que su contenido estaba clasificado con arreglo a la Ley 9/1968, de Secretos Oficiales, hasta su desclasificación por el Consejo de Ministros» a petición del juez de «Kitchen». Por ello, interpretaba que «no existen normas de desarrollo» de la Orden «ni criterios interpretativos» aprobados por la Secretaría de Estado.

De esta forma, el ex secretario de Estado consideraba que ni el actual titular de la Secretaría de Estado de Seguridad ni el director del Gabinete de Coordinación y Estudios son competentes para confirmar o desmentir al juez si el pago de fondos con periodicidad mensual a un colaborador entre julio de 2013 y septiembre de 2015 debía ser considerado como un desembolso fijo u ocasional. «Ni les corresponde interpretar la Orden de 1995 ni dictar normas de desarrollo respecto de la misma», destacaba el recurso dirigido al instructor.

Además, siempre según indica el magistrado en su auto, el abogado de Martínez afirmaba que Anticorrupción pretendía que la actual Secretaría de Estado actuara como «intérprete» de la Orden Comunicada de 12 de septiembre de 1995 y que explicara cómo se aplicó la normativa durante el tiempo en el que se llevó a cabo el espionaje a Bárcenas, entre julio de 2013 y septiembre de 2015.

Por todo lo anterior, el ex número dos del exministro Jorge Fernández Díaz defendía que las diligencias acordadas en el auto de 21 de diciembre de 2020 eran de «imposible cumplimiento». Sostenía, además, que no le correspondía a la Secretaría de Estado de Seguridad ofrecer «un criterio de interpretación auténtico ni pronunciarse sobre el alcance de la Orden Comunicada» que establece las normas de gestión y control de los fondos reservados.

Sin embargo, el juez García Castellón ha rechazado la interpretación de la defensa de Martínez, al mismo tiempo que ha aclarado que su intención al acordar las diligencias no es reclamar a la Secretaría de Estado que realice una pericial jurídica, sino aportar información que «será objeto de valoración».

En el mismo auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 confirma su decisión de reclamar a Interior documentación e información sobre el pago de fondos reservados.