Privilegios

PSOE y Podemos frenan eliminar los aforados para blindar a Iglesias

El Gobierno anunció en 2018 la limitación del privilegio, que dos años después está paralizada no y ahora beneficia al vicepresidente

El vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, durante el acto central de campaña de En Comú Podem para las elecciones catalanas del 14-F
El vicepresidente segundo del Gobierno y líder de Podemos, Pablo Iglesias, durante el acto central de campaña de En Comú Podem para las elecciones catalanas del 14-FAlberto EstévezAgencia EFE

Era una «reforma políticamente muy importante» para el Gobierno en 2018. Una especie de revulsivo con el fin de que la sociedad «volviera a creer en la política» y que situaría a España a la vanguardia de los países europeos. Moncloa anunció en noviembre de 2018 una reforma constitucional para limitar los aforamientos ante el Tribunal Supremo de los miembros del Ejecutivo, diputados y senadores al ejercicio del cargo. Puso fecha, de hecho, para la reforma de los artículos 73 y 102 de la Constitución: 60 días. En 2019, el Gobierno aprobó el anteproyecto de reforma y pidió un informe preceptivo al Consejo de Estado.

Dos años después, y tras conformarse el Gobierno de coalición, la iniciativa no ha llegado todavía a la mesa del Consejo de Ministros, a pesar de tratarse de un compromiso adquirido por Pedro Sánchez y Pablo Iglesias en su pacto gubernamental. Una reforma que se encuentra adormecida y que a día de hoy –su paralización– beneficia al propio vicepresidente segundo, que si no estuviera amparado por su estatuto de diputado y miembro de Gobierno, con toda probabilidad habría tenido que declarar como investigado ante el magistrado que investiga el «caso Dina» en la Audiencia Nacional.

Ambos partidos han sido defensores, en el pasado, de la supresión de los aforamientos y que ahora, a pesar de tener el poder para llevarla a cabo, dilatan en el tiempo. Tanto PSOE como Unidas Podemos llevaban en sus programas electorales la medida. Los morados consideraban que se trataba de un «privilegio judicial» e incluso en su código ético prometían renunciar a «cualquier privilegio jurídico». Suscribiendo el deber firmado por los morados, el vicepresidente debería haber renunciado ya al aforamiento.

A un año después de que echara a andar la coalición, no hay ápice de movimiento ni en el Gobierno ni en el Congreso de los Diputados. El propio Ejecutivo así lo deja ver, pues, en el balance de fin de año, no había referencia a la limitación de los aforamientos en el informe de Moncloa. En la parte que concierne al trabajo parlamentario, fuentes de la comisión constitucional confirman a este diario que la iniciativa no está incluida en el calendario. Para llevar a cabo la reforma, debe contarse con el apoyo de tres quintos del Congreso y del Senado.

Esta actitud de los partidos de Gobierno contradice su postura en 2018 cuando el PSOE aprobó la moción de Ciudadanos en el Congreso que instaba al Gobierno a su reforma, mientras que Podemos optaba por la abstención. Los morados se escudan en aprovechar la reforma para suprimir la inviolabilidad de la figura del Rey.

Mientras que la reforma a nivel estatal está paralizada, hasta cuatro comunidades han tomado la delantera a Moncloa. Canarias fue el primer territorio que superó los trámites parlamentarios e hizo efectiva la reforma en 2019. Un camino que seguiría Baleares y Murcia, y que ahora ha culminado Cantabria, a la espera del debate de enmiendas en el Senado. De esta manera, cerca de 240 diputados autonómicos y miembros del Gobierno regional podrán ser juzgados por tribunales de justicia ordinarios.

El caso de Iglesias

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón envió el pasado 7 de octubre de 2020 al Tribunal Supremo una exposición razonada al apreciar «la existencia de indicios razonables de la participación delictiva» del vicepresidente segundo del Gobierno.

En el escrito, el magistrado pone de manifiesto que Iglesias podría haber cometido los delitos de descubrimiento y revelación de secretos; daños informáticos; y acusación y denuncia falsa, al haber tenido acceso de forma improcedente de una copia de una tarjeta telefónica de su ex ayudante Dina Bousselham, a quien meses después se la entregó «dañada». Y para esclarecer la participación de Iglesias en estos hechos, García Castellón consideraba necesario llevar a cabo unas diligencias de investigación que el instructor no podía acordar «por ser aforado». Como por ejemplo «oírle como investigado, con todas las garantías y derechos previstos en nuestro ordenamiento jurídico».

En términos generales, las conclusiones del instructor coincidían con la opinión de la Fiscalía Anticorrupción, cuyos fiscales Ignacio Stampa y Miguel Serrano apuntaron desde un primer momento que Iglesias podría haber cometido, como cooperador necesario, los delitos de revelación de secretos y daños informáticos. Sin embargo, la gran diferencia entre los fiscales y García Castellón estribaba en que los primeros siempre han tenido claro que Bousselham renunciaría a acusarle de uno de ellos, el de revelación de secretos, y que el segundo, el de daños informático, era muy difícil de investigar.

En un auto del pasado 27 de enero los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo se alinearon con la Fiscalía y ordenaron al juez García Castellón que cite a declarar a Bousselham para que esta aclare si mantiene su petición de que se investigue el delito de descubrimiento y revelación de secretos. Los magistrados reclaman también al instructor que profundice en sus pesquisas por los daños informáticos.

Las fuentes de la Audiencia Nacional consultadas por este diario resaltan que la decisión del Supremo de rechazar la exposición razonada de García Castellón supone la «desautorización» de la decisión de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cuyos magistrados devolvieron a Iglesias su condición de perjudicado en la pieza «Dina». En esta resolución se aseguraba que unas pesquisas sobre Iglesias «no serían competencia de la Audiencia Nacional al haberse cometido presuntamente los hechos fuera de la organización criminal investigada [de Villarejo] y por personas ajenas a ésta, por lo que las eventuales infracciones penales carecerían de la conexidad requerida para el enjuiciamiento conjunto».

En este sentido, la Fiscalía Anticorrupción ya anunció su interpretación de que la Audiencia Nacional no sería el órgano competente para investigar el robo del móvil de Bousselham y la posterior difusión del contenido de la tarjeta telefónica.