Órdago

«Si se revoca a Delgado, se haría un favor a la Fiscalía»

Fiscales aseguran que anular su nombramiento «reforzaría al menos la percepción e independencia» de la institución

El Tribunal Supremo deliberará el próximo 19 de octubre los recursos interpuestos por Vox y Partido Popular contra el nombramiento de Dolores Delgado como Fiscal General del Estado. En estos momentos, todo hace indicar que la decisión es más que controvertida y no sería nada descartable, más bien todo lo contrario, que no se adoptase por unanimidad .

El nombramiento de Delgado al frente de la Fiscalía General del Estado fue polémico desde el primer momento. Su paso por el Ministerio de Justicia y posterior diputada por el PSOE, provocaron dudas críticas desde un amplio sector de la Fiscalía y, en general, del espectro jurídico.

Por ello, ven ahora una oportunidad para que el Tribunal Supremo no sólo entre a analizar si Delgado cumple los requisitos reglados para ser Fiscal General del Estado, sino en fijar los parámetros que deben exigirse para garantizar la neutralidad e independencia del candidato designado por el Ejecutivo.

Así, en relación con todo lo anterior y la designación de Delgado al frente del Ministerio Público, distintas fuentes fiscales consultadas por LA RAZÓN vienen a coincidir en que anular su designación supondría reforzar al menos la percepción de independencia e imparcialidad del Ministerio Fiscal: «Si se anulase su nombramiento, se favorecería la neutralidad de la Fiscalía General de Estado y la apariencia de imparcialidad de la institución. Y por ese motivo se haría un favor a la Fiscalía como institución. Es una oportunidad del Tribunal Supremo para indicar el camino a seguir sobre los requisitos que han de concurrir en la persona propuesta por el Gobierno, y, de esa forma, fortalecer su independencia e imparcialidad».

«Las circunstancias que rodearon su nombramiento, su mera y no real abstención respecto a las querellas contra el Gobierno relacionadas con el Covid, donde el teniente fiscal del Supremo estaba auxiliado, precisamente, por fiscales de la Secretaría Técnica a los que ella había nombrado, o su relación con Baltasar Garzón, cuyo despacho defiende a varios imputados en el “caso Tándem» no favorecen la percepción de neutralidad, y estas son cuestiones que debería abordar el Tribunal Supremo».

En esta líneas, otras fuentes jurídicas consultadas por este periódico vienen a coincidir también en que «sería una pena que el Tribunal Supremo no hiciese en su sentencia una limitación de los requisitos mínimos que se deben exigir al candidato respecto a la independencia y neutralidad, y no quedarse meramente en analizar si se cumplen los elementos reglados» para ser fiscal general.

Ir más allá de lo reglado

De esta forma, se añade al respecto, «se puede decir perfectamente que un candidato cumple esos requisitos –15 años como jurista de reconocido prestigio y tras ser oìdo el Consejo General del Poder Judicial– y no cumplir los requisitos de neutralidad o de apariencia de la misma, como sucede con quien en pocos años anteriores ha sido ministra de Justicia o diputada del partido que gobierna».

Por tanto, se incide en este punto, los magistrados del Supremo «no pueden quedase sólo en si cumple los requisitos legales, sino que tiene la posibilidad y oportunidad de definir los requisitos exigidos respecto a los principios de neutralidad e independencia, o al menos de la percepción de los mismos».

De esa forma, se avanzaría «en perfilar más los límites de lo que es un acto político y de cuándo puede ser recurrido». En este caso concreto, se concluye, «si la Ley no defines cuáles son los criterios para que un candidato cumpla el requisito de neutralidad, pues lo debe definir el Tribunal Supremo, al igual que ha ido marcando la doctrina sobre las decisiones relacionadas con las medidas adoptadas por las comunidades autonómicas vinculadas a la pandemia del Covid».

Esta resolución del Tribunal Supremo debe ser adoptada en principio por la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presidida por César Tolosa y de la que forman parte también José Luis Requero, Pablo María Lucas Murillo, Celsa Picó, Pilar Teso y Luis María Díez Picazo.

Sin embargo, nueve magistrados del Supremo solicitaron que la decisión, por su trascendencia, se trasladase al Pleno de la Sala. Este número de solicitantes no es suficiente –deberían ser 12– para que se tuviese que avocar obligatoriamente a Pleno.

De esta forma, todo queda ahora en manos del presidente de la sección, César Tolosa, que será quien decida si el recurso lo resuelven seis magistrados o la totalidad de los que forman parte de la Sala .

Sobre esta cuestión, la fuentes fiscales consultadas consideran que lo más positivo sería que fuese el Pleno quien fallase los recursos contra el nombramiento de Delgado, «por la relevancia y trascendencia de la materia».

Sospechas «infundadas»

Dolores Delgado aseguraba en su impugnación a los recursos que no hay ningún dato objetivo del que pueda desprenderse que actuará en contra del PP y las sospechas que se puedan esgrimir eran del todo «infundadas».

El precedente del recurso contra Eligio Hernández

El Tribunal Supremo tuvo la primera oportunidad de pronunciarse sobre el nombramiento de un fiscal general del Estado en junio de 1994, cuando declaró ilegal, y por tanto anuló, la designación de Eligio Hernández, nombrado por el entonces Gobierno que presidía Felipe González. Esa decisión fue adoptada por amplia mayoría de los 32 magistrados que conformaban entonces el Pleno de la Sala Tercera del Supremo. El motivo esgrimido era que no cumplía el requisito de contar con 15 años de ejercicio efectivo como jurista de reconocido prestigio.
Este precedente es el que esgrimen los nueve magistrados de esa Sala que ahora han solicitado que los recursos contra el nombramiento de Delgado lo resuelva igualmente el Pleno y no la sección de la misma a la que correspondió: «Por razones, entre otras, de deferencia institucional, como así acaeció en el caso del nombramiento del también fiscal general del Estado D. Eligio Hernández», afirman para instar que la decisión la adopte el Pleno.