Investigación

¿Quién dio la orden en el «caso Ghali»?

La ex ministra de Exteriores deberá aclarar hoy ante el juez quién autorizó la entrada en España del líder del Frente Polisario

La ex ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya está imputada en el "caso Ghali"
La ex ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya está imputada en el "caso Ghali"JON NAZCAREUTERS

Tras intentar sin éxito evitar declarar de forma presencial ante el juez que investiga la entrada de Brahim Ghali en España, la ex ministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya comparecerá hoy finalmente en los juzgados de Zaragoza. Lo hará en calidad de imputada una vez el magistrado Rafael Lasala ha desoido los intentos de la Abogacía del Estado de evitar el interrogatorio, que considera irrelevante.

El instructor, sin embargo, no piensa lo mismo y, tras escuchar al ex jefe de gabinete de Laya, Camilo Villarino, declarar que fue la entonces ministra quien le ordenó el 18 de abril que coordinara la llegada del líder del Frente Polisario a la base militar de Zaragoza en un avión procedente de Argel, quiere esclarecer ahora si fue una decisión personal suya o de carácter gubernamental. En el trasfondo de esta diligencia, la posibilidad de que se cometiera un delito de prevaricación al autorizar que no se exigiera documentación alguna a Ghali, e incluso de encubrimiento si quien avaló la entrada conocía que Ghali estaba siendo investigado en la Audiencia Nacional por delitos de genocidio, terrorismo, torturas y detención ilegal.

Laya, como hizo Villarino, puede escudarse –para no entrar en detalles de la operación– en un acuerdo «no publicado» del Consejo de Ministros de octubre de 2010 (con José Luis Rodríguez Zapatero como jefe del Ejecutivo) que según explicó en su declaración «clasifica como secreto o reservado prácticamente el total de las actuaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores».

Los argumentos de la Abogacía del Estado, que juzga «indiferente» quién tomara la decisión de avalar la entrada de Ghali «por razones humanitarias», porque todo se hizo «conforme a Derecho», no han conseguido doblegar al juez Lasala, que ha rechazado en dos ocasiones las peticiones de archivo de los Servicios Jurídicos del Estado, que defienden tanto a González Laya como al que fuera su jefe de gabinete, Villarino, los dos únicos investigados en esta causa por el momento.

El instructor, no obstante, ya dejó claro en el interrogatorio a Villarino que quiere saber si el aval a que Ghali entrara en España como lo hizo para ser asistido de una neumonía grave, causada por el Covid, en un hospital de Logroño (donde dos días antes ya le buscaban cama en la UCI) partió de Exteriores, de una decisión adoptada por los ministerios implicados (además del que encabezaba González Laya, Defensa e Interior) o del mismísimo Pedro Sánchez.

Para la acusación popular que ejerce el abogado Antonio Urdiales «es absolutamente pertinente que explique si fue ella la que ordenó a Villarino la ejecución del plan previsto de acoger a Ghali en un hospital de La Rioja y obviar el control de pasaportes y equipaje en el aeropuerto de Zaragoza». En esa misma línea, el abogado valenciano Juan Carlos Navarro –que representa a la otra acusación popular, impulsada por el ex diputado del PP Juan Vicente Pérez Aras y el empresario marroquí Mohamed Rachad Andaloussi– argumenta «en esta investigación piramidal se ha avanzado otro peldaño tras la declaración de Villarino, y el siguiente paso es que declare González Laya dado que fue quien dio las instrucciones a su entonces jefe de gabinete».

Las dos acusaciones niegan que, como mantiene la Abogacía del Estado, la operación fuese legal y resulte indiferente quién tomó la decisión. «Se trata de una violación grosera y manifiesta de las normas relativas a la entrada de ciudadanos de terceros países en el espacio Schengen», sostiene Urdiales. Para Navarro, «no es indiferente quién diese la orden cuando se avaló la entrada subrepticia de un individuo investigado por genocidio por la Audiencia Nacional y se intentó ocultar al resto de países del espacio Schengen».

Y respecto a la supuesta innecesariedad de someterle al control de documentación porque posee la nacionalidad española y DNI en vigor, el letrado valenciano replica que «eso no es lo que dijo Villarino, quien declaró que trasladó al teniente general (de Estado Mayor del Ejército del Aire) que iba a venir un ciudadano de Argelia con pasaporte diplomático». Para Navarro, «lo que dice la Abogacía se contradice también con los mensajes de Whatsapp incorporados a la causa» (que cruzaron Villarino y el segundo jefe de Estado Mayor del Aire para coordinar la llegada del presidente de la República Árabe Saharaui Democrática).

También discrepa Urdiales del argumento de la Abogacía respecto a que no era exigible legalmente que se requiriese a Ghali la documentación. «Si el control era innecesario porque era español, ¿por qué no enseñó su pasaporte español?», se pregunta. «Emplazo a la abogada del Estado a que con su DNI venga de Argelia e intente entrar en el aeropuerto de Zaragoza atravesando las fronteras de Schengen», ironiza.

¿Y el posible delito de encubrimiento por parte de Laya? La Abogacía del Estado niega que existiera porque según sostiene no había contra Ghali «ninguna acción de la Justicia española que eludir». De nuevo, las posiciones procesales son antagónicas. «El artículo 451.3 del Código Penal no exige que exista una medida de busca y captura para que se produzca el encubrimiento. El elemento subjetivo es que la autoridad sepa que existe un procedimiento contra él, por lo que en este caso el elemento esencial es la ocultación de la entrada de un investigado por genocidio», defiende Urdiales. «En todo caso, si no hubiese encubrimiento habría prevaricación», añade.

Navarro esgrime al respecto que la Abogacía «está limitando el delito de encubrimiento a un hecho puntual, cuando el delito de encubrimiento que mantenemos las acusaciones hace referencia a que conociendo (Laya) que Ghali utiliza documentación falsa, hace caso omiso y silencia la comisión del delito de falsedad documental».