Caso Begoña

La Audiencia permite al juez recabar el registro de llamadas de la asesora de Moncloa, excepto lo vinculado a Air Europa

Desestima el recurso de Begoña Gómez, Cristina Álvarez y la Fiscalía, al considerar que es una restricción "de mínima intensidad"

Begoña Gómez y María Cristina Álvarez, la asesora del Gobierno que utilizaría para sus gestiones profesionales
Begoña Gómez y María Cristina Álvarez, la asesora del Gobierno que utilizaría para sus gestiones profesionalesEmilio Naranjo EFEEmilio NaranjoEFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de recabar el registro de llamadas de Cristina Álvarez, la asesora de Presidencia que asumió gestiones privadas de Begoña Gómez. Los magistrados desestiman de esta forma los recursos interpuestos por la Fiscalía, la mujer del presidente del Gobierno y por la asesora de Moncloa, al considerar que esta medida supone una restricción de "mínima intensidad", a la par que "proporcional y necesaria" para los fines de la investigación.

En el auto, los magistrados explican que el número de teléfono de Álvarez se obtuvo durante su declaración como testigo y la cual la Audiencia anula en otro auto separado. En función de ello, y al haberse tumbado esta testifical, la solicitud del magistrado de rastrear sus llamadas desde que ascendió al cargo de asesora debería decaer. Ahora bien, los magistrados precisan que se trata de "un número oficial del Palacio de la Moncloa" que puede obtenerse "en cualquier momento", por lo que no procede anular la diligencia

"En realidad, en su declaración testifical indicó que las comunicaciones que realizaba en el ejercicio de su cargo de asistente de la esposa del Presidente del Gobierno, se realizaban por medio del teléfono oficial (...) por lo que siendo un número oficial del Palacio de la Moncloa, puede obtenerse en cualquier momento tras dirigir oficio a tal fin (...). El conocimiento de tal número, aunque lo obtuvo el instructor en la declaración de la investigada como testigo, al no ser el único medio a través del cual pudiera lograrse el conocimiento del citado número no es motivo por el cual se deba declarar la nulidad del dat", reza el auto.

El teléfono de la asesora de Moncloa

El pasado enero, Peinado ordenó que se obtuviera el registro de llamadas realizadas y recibidas por Álvarez desde su nombramiento hasta la actualidad a teléfonos vinculados a la Universidad Complutense de Madrid -donde Begoña Gómez codirigió la cátedra de Transformación Social Competitiva (TSC)- y al grupo de Juan Carlos Barrabés. Del mismo modo, solicitó el registro de llamadas a números vinculados con Air Europa, el Instituto de Empresa, la OMT y a las mercantiles que desarrollaron su software de su máster.

Tanto Begoña Gómez, como Cristina Álvarez y la Fiscalía recurrieron la diligencia de Peinado alegando que no podía prosperar. En concreto explicaron que, dado que dicho número lo aportó Álvarez en su declaración como testigo, no puede darse por válido puesto que esta declaración se ha anulado tras su posterior imputación. La Fiscalía apuntó a una ausencia de fundamentación de la medida y descartó que hubiera proporcionalidad puesto que se solicita un registro de llamadas de hace casi siete años.

La defensa de Álvarez, por su parte, recriminó a Peinado que se equivocara con los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal invocados para justificar la medida. Además, habló de una "utilización ilícita" de la testifical en su contra; argumento al que se adhirió Begoña Gómez. La mujer del presidente del Gobierno, a quien se le imputan cuatro delitos dentro de esta investigación, expuso que la transformación de la condición de Álvarez de testigo a imputada se hizo sin motivación alguna, lo que se trasladó en una "gruesa violación de las garantías procesales",

Aval de la Audiencia de Madrid

Los magistrados desestiman parcialmente todos estos argumentos y validan la decisión del juez de pedir el registro de todas las llamadas del teléfono oficial. No obstante, ponen coto al contenido y ordenan dejar fuera de este análisis las que se relacionen con Air Europa, Globalia y el África Center Este último es un ente dependiente del Instituto de Empresa que dirigió Begoña Gómez desde agosto de 2018, semanas después de la llegada de Pedro Sánchez a Moncloa.

En su respuesta, los magistrados admiten que Peinado citó erróneamente en su resolución dos artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que no se corresponden con los que justifican esta diligencia. Ahora bien, respaldan la actuación porque entienden que "afecta de forma mínima" a la intimidad de la asesora de Moncloa en tanto que no se pide el contenido de las comunicaciones mantenidas, sino el registro de las llamadas.

"La errónea cita no invalida la autorización judicial tras ser recurrida aclarada y corregida. El laberinto casuístico de la norma, aunque no justifica el lapsus, sí lo minora y debe ponerse en relación con que la información que se puede obtener y que permite la identificación de titulares, terminales o dispositivos de conectividad pues no está vinculada a un proceso de comunicación, sino que se limita a identificar las interacciones con otros usuarios, pero no el contenido de las mismas, por lo que suponen una indagación o averiguación de circunstancias con técnicas menos invasivas que otras medidas de intervención", alegan.