Contratos públicos

"Caso Koldo": La sentencia del primer denunciante destaca los "interrogantes jurídicos" que rodearon las adjudicaciones

La resolución, que ayer adelantó LA RAZÓN, confirma las irregularidades que rodeaban a la adjudicataria Soluciones de Gestión

José Luis Ábalos, junto a su entonces asesor Koldo García en 2019
José Luis Ábalos, junto a su entonces asesor Koldo García en 2019/Archivo/Manuel BruqueAgencia EFE

Las irregularidades que rodearon los contratos del «caso Koldo» que se adjudicaron a la sociedad de la trama han resultado más que evidentes para la Audiencia Provincial de Zaragoza, ciudad donde la en la mercantil tiene su domicilio. Según la sentencia adelantada por LA RAZÓN, que desestima el recurso interpuesto por Soluciones de Gestión y Apoyo a las Empresas SL contra la sentencia que descartó que el abogado Ramiro Grau vulnerase su derecho al honor, la situación de la empresa era sospechosa. Además, resultaba inexplicable y no se entendía que se hubiera confiado en ella para ser proveedora de material sanitario en las administraciones públicas.

Tal como señala la sentencia favorable al primer denunciante de la trama, «Soluciones de Gestión no podía concurrir a esa contratación pública destinada a la adquisición de mascarillas» porque su objeto social «a todas luces resulta ajeno a un suministro de material sanitario», señala. Estas conclusiones las obtiene del análisis de las pruebas que debió aportar Grau para defenderse no solo de esta demanda planteada por la mercantil, al considerar que los artículos publicados por el abogado atentaban contra su honor, sino también de la demanda que presentó en su contra uno de los administradores de la sociedad que también aparece en el sumario, José Ángel Escorial –con sentencia favorable, pero recurrida por el empresario– y por el propio exministro de Transportes, José Luis Ábalos. En este caso, habrá juicio aunque aún está sin fecha.

En base a los antecedentes aportados por el demandado, la resolución pone el acento en los numerosos puntos oscuros tras la elección de Soluciones de Gestión. «Existió una contratación pública con un “ modus operandi” rodeado de severos interrogantes jurídicos y con elusión de requisitos que aun en los casos de extrema urgencia, eran exigibles a los operadores jurídicos», recalca el tribunal en la sentencia. Además, subraya que la empresa que se hizo con las adjudicaciones por 53 millones de euros de dinero público en plena pandemia «incumplía de principio a fin todos los requisitos básicos para concurrir a la contratación pública, aun en supuestos de emergencia».

Extracto de la sentencia sobre el primer denunciante del "caso Koldo"
Extracto de la sentencia sobre el primer denunciante del "caso Koldo"Poder JudicialPoder Judicial

Al estudiar las pruebas de Grau y los resúmenes e interpretaciones que aporta el abogado de Soluciones de Gestión, al que reprocha que ni siquiera incluya los artículos íntegros que motivarían la demanda, el tribunal desestima el recurso y señala que la mercantil «no podía concurrir a esa contratación pública destinada a la adquisición de mascarillas».

"No es entendible ni aceptable"

La resolución, que data del 27 de marzo pasado, indica que «no es entendible ni aceptable que esa contratación millonaria de suministros» se adjudicase a Soluciones de Gestión. Además, recalca que era una empresa «completamente desconocida en el tráfico jurídico/económico del sector». Señala además que ha quedado acreditado que la mercantil se hizo con los nueve contratos que investiga la Audiencia Nacional a pesar de que su actividad empresarial no estaba relacionada con el suministro de material sanitario, que carecía de antecedentes para ser adjudicataria de contratos públicos y que apenas había tenido actividad en los años anteriores.

Todos estos hechos los recoge la resolución de la Audiencia Provincial de Zaragoza favorable al primer denunciante del «caso Koldo», que publicó varios artículos a partir de abril de 2020. En ellos denunciaba algunas de las irregularidades en las que había incurrido Soluciones de Gestión y el Ministerio de Transportes, donde se le entregaron los dos primeros contratos con Puertos del Estado y Adif que le abrieron las puertas a las otras adjudicaciones.

En las tribunas, algunas de ellas elaboradas con parte del contenido publicado en otros medios de comunicación, el abogado sostenía que las mascarillas se habían vendido con un sobreprecio, que algunas eran defectuosas y que la actividad de la empresa no tenía relación con el sector sanitario. «Atendiendo a los datos que sobre las distintas contrataciones se contenían en tales publicaciones», el tribunal concluye que la libertad de opinión debe prevalecer.