Defensa
Si España entra en guerra, ¿te podrían llamar? Así es el proceso de reclutamiento
Aunque el Ejército español es profesional, la ley contempla la movilización de reservistas e incluso civiles en situaciones excepcionales
La palabra guerra ha vuelto al primer plano de la actualidad debido a conflictos activos como la invasión rusa en Ucrania o la escalada de tensiones en Oriente Medio. En este escenario, la posibilidad de una implicación más directa de los países europeos ha llevado a muchos a preguntarse: ¿qué pasaría si España se viera envuelta en un conflicto armado? ¿Quiénes serían llamados a filas?
La Constitución española establece en su artículo 30 que todos los españoles tienen “el derecho y deber de defender a España”. Aunque actualmente no existe servicio militar obligatorio, el marco legal sí contempla diferentes fases de movilización en caso de guerra.
Un Ejército profesional, pero con planes de contingencia
Desde 2001, España cuenta con un Ejército profesional, compuesto por unos 120.000 efectivos distribuidos entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire y del Espacio. Estos serían los primeros en desplegarse en caso de un conflicto.
Pero si la magnitud del enfrentamiento superara la capacidad de las Fuerzas Armadas, la legislación prevé mecanismos para ampliar el número de efectivos, recurriendo a los reservistas y, en última instancia, a civiles.
Los tres tipos de reservistas en España
La Ley de la carrera militar (2007) clasifica a los reservistas en tres categorías:
Reservistas de especial disponibilidad: Son antiguos militares profesionales que causaron baja al cumplir los 45 años, aunque también incluye a civiles sin experiencia previa que se alistaron voluntariamente.
Reservistas voluntarios: Ciudadanos sin vínculo militar previo, pero que han manifestado su disposición a colaborar con las Fuerzas Armadas en caso de emergencia nacional.
Reservistas obligatorios: Solo se activarían en una situación extrema. Afectarían a civiles de entre 19 y 25 años, aunque nunca hayan tenido formación militar.
¿Cómo sería el proceso de reclutamiento?
El reclutamiento seguiría un proceso escalonado:
Activación de reservistas voluntarios y de especial disponibilidad (unas 8.000 personas).
Si fuese insuficiente, el Gobierno debería solicitar autorización al Congreso de los Diputados para iniciar el reclutamiento obligatorio.
Los convocados recibirían una ficha para declarar su estado físico, salud, y preferencias de destino (operativo o logístico).
Superarían pruebas médicas, psicológicas y físicas antes de recibir formación básica militar.
Una vez incorporados, se les aplicarían las normas y el código penal militar.
Objeción de conciencia: una vía alternativa
La ley también reconoce el derecho a la objeción de conciencia. Según el artículo 138 de la Ley de la carrera militar, quienes no deseen participar en operaciones armadas pueden solicitar ser considerados objetores.
Esto les permitiría colaborar en tareas no combatientes, como servicios de protección civil, asistencia sanitaria o ayuda humanitaria, respetando sus principios éticos o religiosos.
¿Volvería la mili?
No exactamente. Aunque la mili fue suspendida en 2001, y no se prevé su retorno, la activación de reservistas obligatorios implicaría una movilización forzosa temporal que, en la práctica, podría recordar al servicio militar tradicional, aunque con mayores garantías legales y opciones de objeción.