Toros

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El debate de cómo regular el odio

Mientras la Comisión Europea se compromete a luchar contra estas conductas en internet, los países europeos castigan duramente los mensajes que humillan a las víctimas en la red. Alemania es el que más persigue estos delitos y en España, la pena mínima es de dos años de cárcel

Algunos ejemplos de tuits que celebraban la muerte del torero Víctor Barrio
Algunos ejemplos de tuits que celebraban la muerte del torero Víctor Barriolarazon

Mientras la Comisión Europea se compromete a luchar contra estas conductas en internet, los países europeos castigan duramente los mensajes que humillan a las víctimas en la red. Alemania es el que más persigue estos delitos y en España, la pena mínima es de dos años de cárcel

La muerte del diestro segoviano Víctor Barrio en la plaza de Teruel el pasado día 9, tras sufrir una cogida que le perforó el pulmón derecho, levantó las lógicas reacciones de apoyo, dolor y respeto al torero y su familia; pero también algunos que se esconden bajo el anonimato que ofrece, a priori, internet, aprovecharon el trágico desenlace para «celebrar» lo sucedido y difundir, especialmente a través de Twitter, mensajes humillantes, ofensivos, macabros y todos los adjetivos que se quieran añadir. Baste un par de ejemplos de la bajeza en que puede incurrir el ser humano, y más cuando se esconde tras un perfil anónimo: «Se ha muerto un torero. Un asesino menos», «Muy feliz estoy!!! Se está pudriendo en el infierno. El mundo es un lugar –sobre quien pesa una condena, suspendida, de dos años de prisión, por apología del terrorismo a través también de las redes sociales–, en que expresaba su satisfacción por el desenlace: «Si todas las corridas de toros acabaran como las de Víctor Barrio, más de uno íbamos a verlas».

Ante este tipo de tuits, la Justicia no se ha quedado cruzada de brazos. La Fiscalía General del Estado ha abierto una investigación para determinar si algunos de esos mensajes pueden constituir delitos de incitación al odio o de amenazas: y, junto a ello, las acciones legales que emprenderá de inmediato la Fundación Toro de Lidia. Además, el Tribunal Supremo, en una sentencia del pasado miércoles, dejaba claro que la libertad de expresión no ampara incitar al odio o humillar a las víctimas.

Este problema afecta a la mayoría de los países europeos, cuyas legislaciones han ido igualmente adaptándose para cerrar espacios de impunidad, aunque sus autores se quieran proteger en el anonimato de Internet. Y no sólo es una cuestión que preocupe a las gobiernos nacionales, sino que las instituciones europeas también han decidido tomar cartas en el asunto; aunque, a la vez, se es consciente de que sin la intervención activa de las empresas de redes sociales, como Facebook o Twitter, el problema tiene difícil solución. Por ello, la Comisión Europea anunció el 31 de mayo- la creación de un Código de conducta en materia de incitación al odio en Internet. La institución considera que, además de las sanciones penales por la difusión de esos mensajes ofensivos o humillantes que inciten al odio, «este trabajo debe complementarse con acciones encaminadas a garantizar que los intermediarios en línea y las plataformas de comunicación social examinen diligentemente los casos de incitación ilegal al odio en Internet».

Veamos qué sucede en algunos países de nuestro entorno en relación a la incitación al odio y la difusión de estos mensajes en la Red.

- España: hasta 4 años de cárcel

La reforma del Código Penal de julio de 2015 estableció una nueva definición del delito citado y agravó las penas para los autores del mismo cuando se cometiese a través de las redes sociales. Así, se establece penas de hasta 4 años de prisión para quienes «fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél...»; estableciéndose que se impondrá en su mitad superior, es decir, un mínimo de dos años, si se cometen a través de las redes sociales, como sucede con Twitter.

- Alemania: Hasta 5 años

Quizá debido a su conflictivo pasado, la ley alemana es una de las que más persigue y sanciona los delitos de incitación al odio, especialmente si están dirigidos a colectivos. Tipificado como un ataque al orden público, en el artículo 130 de su Código Penal se describe como delito «la incitación al odio contra partes de la población o grupos» o «contra un individuo por su pertenencia a un determinado grupo» y la «agresión a la dignidad de un grupo determinado», a través de desprecios, insultos o calumnias. Las penas de privación de libertad pueden llegar a los cinco años.

De hecho, esta misma se produjeron detenciones en aplicación del mencionado precepto del Código Penal. El miércoles, las autoridades registraron 60 viviendas de autores de comentarios que incitaban al odio a través de Internet. Las redadas tuvieron lugar en catorce estados germanos y no tardaron en detenerse a los dos administradores de un grupo de Facebook que favorecía un discurso de odio contra los inmigrantes y glorificaba el régimen nacionalsocialista, lo que también es un delito tipificado en la ley germana. «La acción de las autoridades debería llevar a todo el mundo a pensarlo dos veces antes de publicar cosas así en Facebook», dijo el miércoles el ministro de Justicia alemán, Heiko Maas. «No hay ningún espacio en el que la ley en Alemania no se aplique, incluido Internet», recordó. El parlamento alemán había decidido endurecer esta ley el año pasado debido al crecimiento de la xenofobia en el país, informa desde Berlín Itziar Matamoros.

- Italia: máximo de tres años

Su legislación no recoge de forma específica ningún delito relacionado con la incitación al odio a través de las redes sociales; aunque, desde el año 2012, existe un «plus agravado» si las injurias o calumnias se realizan por esos medios, estableciéndose para esos casos una pena que oscila entre los seis meses y tres años de prisión, informa desde Roma Manuel Tori

- Reino Unido: no hay penas específicas

En lo que se refiere al contenido difundido a través de tuits, la legislación británica contiene dos artículos específicos para encajar estos comportamientos: la «Malicious Communications Act 1988» y la Communications Act 2003; especialmente, esta última, ya que en ella se contempla la sanción penal por la difusión de menajes manifiestamente ofensivos o amenzantes a través de redes sociales, entre ellas, Twitter. Como ejemplo, en el año 2014, dos personas ingresaron en prisión tras difundir mensajes a través de Internet, uno de forma específica mediante Twitter, ofensivos relacionados con la muerte de un profesor tras ser apuñalado por un alumno.

Una pieza clave para tratar de atajar este problema son las empresas de internet. De hecho, en el Código de Conducta de la Comisión Europea, se considera imprescindible la colaboración de las compañías que gestionan esas redes sociales. En el documento, además de la institución europea, también están incluidas las principales, como es el caso de Facebook, Twitter, Youtube y Microsoft. Todas se comprometen a luchar contra la propagación de la incitación ilegal al odio en Internet en Europa. En la presentación de ese acuerdo, Karen White, Jefa de Política Pública para Europa de Twitter, afirmó que «las conductas de odio no tienen cabida en Twitter» y que actuarán frente «a las conductas de odio que infringen las normas» de esa red social.