Análisis de la proposición

Estos son los cuatro "deslices" en el blindaje legal de la amnistía frente al TJUE

El terrorismo, la euroorden, los fondos europeos y el Estado de derecho son las principales debilidades jurídicas ante una cuestión prejudicial en Europa

Banderas de Europa durante una manifestación contra la amnistía, en Cibeles.
Banderas de Europa durante una manifestación contra la amnistía, en Cibeles.Gabriel LuengasEuropa Press

La redacción del texto de la proposición de ley de amnistía, base fundamental para el acuerdo de investidura entre Junts, ERC y el PSOE, se ha cuidado al detalle y muestra claros «blindajes» legales en su articulado frente a las actuaciones desde Europa, con un énfasis especial en las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Aunque habrá que esperar a la redacción final de la ley que entre en vigor, tal como está planteada a día de hoy, existen cuatro debilidades legales en su contenido que permitirían la actuación desde el tribunal. Estos «vacíos» o «deslices» tienen relación con los delitos de terrorismo, la euroorden, la malversación de fondos europeos y el Estado de derecho, tal como señalan varios juristas. «Esto es como intentar hacer trampas con la redacción, pero los jueces lo leerán y no será dificultoso encontrar elementos prejudiciales», señala una abogada experta en Derecho de la Unión Europea.

Uno de los primeros puntos es el relacionado con el terrorismo. Cuando habla de las exclusiones, el texto deja fuera los actos que se encuadren en este delito. «Dice que los únicos actos que están incluidos en la amnistía son los que no tienen sentencia firme; por lo tanto, si los hechos se están investigando o están en apelación, sí se aplicaría», destaca Alberto Dorrego, presidente de la sección de Derecho Administrativo del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). A su juicio, esta medida no tiene justificación porque no hay sentencias firmes por terrorismo; sin embargo, hay un procedimiento abierto en el que se han visto indicios de este delito. Es el que instruye el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón contra Tsunami Democrátic por el bloqueo de infraestructuras estratégicas y el fallecimiento de una persona en el marco de las protestas que se dieron en Barcelona por la sentencia del procés. El magistrado investiga a la dirigente de ERC Marta Rovira y ve indicios para investigar al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont en esta causa.

«Solo si se demostrase que ha habido una actuación relacionada con terrorismo, habría más argumentos para pedir una cuestión prejudicial, pero yo lo veo complicado», señala Adrián Vázquez, eurodiputado de Ciudadanos y presidente de la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo, que cree que la investigación no tiene la solidez suficiente. El juez García-Castellón se basó en un informe de la Guardia Civil para iniciar estas actuaciones. . «Ha hecho una diligencia de investigación, porque sigue en proceso de instrucción; por consiguiente, está incluido dentro de la amnistía al no haber sentencia firme», es la conclusión que extrae el representante del ICAM. Esto daría pie para plantear una cuestión prejudicial, es decir, una consulta al TJUE por parte de un juez español sobre cómo se debe interpretar una norma. El tribunal aclara el asunto y es el juez nacional el que resuelve. Cabe recordar que la legislación europea es especialmente sensible frente a este tipo delictivo.

Otro blindaje que muestra debilidades es la exclusión del delito la malversación vinculada a los fondos europeos, al que no se aplicaría la medida de gracia. «Para evitar que la cuestión prejudicial pueda ir por ahí, excluyen expresamente la malversación que tenga que ver con intereses económicos de la UE», apunta Dorrego. Sin embargo, ven poco recorrido a esta precaución en la redacción. «Se busca eliminar la posibilidad de que se contravenga la legislación europea, pero si se trata de fondos públicos, están protegidos igualmente», sostiene Vázquez.

Un aspecto que también se tambalea desde el punto de vista legal es la suspensión de la euroorden. En la proposición se dejan sin efecto, por lo que puede contravenir la regulación europea, que deja esa facultad en manos del juez. «En esta ley se le está esta función atribuyendo al legislador español. Pero es el juez el que la tiene que desactivar», recuerda Dorrego. Según Vázquez, «este es el apartado donde el texto del PSOE es más débil” y recuerda que en los delitos de malversación que están pendientes, la euroorden no se puede levantar. Otras fuentes jurídicas también creen que en este punto hay más posibilidades de un pronunciamiento desfavorable por parte del TJUE si el juez del caso plantea una prejudicial.

También ha causado polémica la obligación que establece para los jueces, que deben dejar sin efecto las medidas cautelares, incluso si plantean una cuestión de inconstitucionalidad. En este escenario, lo habitual es que se paralice el procedimiento y se mantengan las medidas dictadas por el juez. «No se han atrevido a plantear esa misma restricción en el caso de una cuestión prejudicial ante el TJUE porque el Tratado de Funcionamiento de la UE establece que siempre hay que dejar en suspenso el procedimiento nacional hasta que el tribunal resuelva», opina Dorrego. Esta medida afecta a la potestad de los jueces, que ampara la Carta Magna, por lo que se puede plantear una cuestión de inconstitucionalidad. Otras fuentes creen que esta medida vulnera la cláusula del Estado de derecho del Tratado de la Unión Europea (TUE), en su artículo 2. También se vulnera, según Dorrego, con la admisión a trámite de la proposición por parte de la Mesa del Congreso, después de que rechazara tramitarla anteriormente. El abogado cree que «lo que no puede ser es que el Parlamento español califique jurídicamente la amnistía como algo palmariamente inconstitucional en 2021 y, al cabo de unos meses ,diga que sí es constitucional», recalca. Para él, esta no es una decisión administrativa, sino de carácter jurídico.

Cualquiera de las vías que se planteen mirando a Europa deben iniciarse a partir del texto definitivo de la ley de amnistía. Será entonces cuando cualquier juez de cualquier instancia podrá plantear una cuestión prejudicial. En este sentido, aquí también entra en juego la dimensión cuantitativa: dependiendo del número de magistrados que planteen la cuestión prejudicial, el asunto adquirirá mayor relevancia de cara al TJUE, señalan los expertos. «Hay que tener en cuenta que el primer juez europeo se encuentra en territorio nacional», concluye otra de las fuentes, que subraya que cuando el Estado de derecho falla en algún país, las instituciones europeas y el TJUE deben actuar para corregir esas disfunciones.