Cataluña

El TC frena al Parlament: suspende un nuevo intento de declaración de independencia

El Pleno admite a trámite por unanimidad la impugnación del Gobierno contra la iniciativa y paraliza la tramitación de la propuesta

El Parlamento de Cataluña no podrá seguir adelante con la tramitación de una proposición que pretende la aprobación de una nueva declaración de independencia como la que, el 27 de octubre de 2017, precipitó la aplicación del artículo 155 de la Constitución por parte del Gobierno de Mariano Rajoy y la intervención de la Administración autonómica. El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite por unanimidad la impugnación presentada por el Gobierno de Pedro Sánchez contra esa iniciativa y ha acordado la suspensión cautelar de esa tramitación parlamentaria, algo obligado por ley al tratarse del Ejecutivo central. La iniciativa estará a partir de ahora paralizada durante al menos cinco meses a la espera de que la corte de garantías se pronuncie sobre el fondo del asunto.

El pasado 26 de marzo, el Consejo de Ministros decidió presentar un recurso de inconstitucionalidad contra una iniciativa legislativa popular (ILP) admitida por la Mesa del Parlament el 2 de febrero, que insta a la Cámara catalana a declarar la independencia de Cataluña, una tramitación que un informe consultivo de un letrado del Parlament vio inconstitucional, por lo que se opuso a su tramitación.

En la providencia de admisión a trámite del recurso, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Arnaldo, el TC acuerda "dar traslado de la demanda y documentos presentados al Parlamento de Cataluña" a través de su presidenta, Anna Erra, para que en el plazo de veinte días "aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".

"Una nación ocupada"

Los magistrados señalan expresamente que al invocar el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, se produce -tal y como determina el artículo 77 de la ley orgánica que regula el funcionamiento del TC- "la suspensión de la resolución impugnada desde el día 27 de marzo de 2024, fecha de interposición de la impugnación, lo que será comunicado a la presidenta del Parlamento de Cataluña".

La corte de garantías ordena asimismo publicar la incoación de la impugnación tanto en el BOE como en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Solidaritat Catalana per la Independència, impulsora de la iniciativa "Proposición de Ley de declaración de la independencia de Cataluña", justificó la propuesta en que la decisión de declarar la independencia "le corresponde al pueblo como titular de la soberanía nacional, y al Parlamento de Cataluña como representante suyo democráticamente elegido". En un comunicado, la formación soberanista defendía la declaración de independencia por ser Cataluña, se quejaba, "una nación ocupada militarmente, judicialmente, policialmente, mediáticamente y culturalmente".

Tras la admisión a trámite de la ILP -con el voto a favor de Junts y la abstención de ERC- debían ponerse en marcha los mecanismos necesarios ante la Comisión de Control para recoger las 50.000 firmas necesarias para que el Parlament debata y vote esa declaración. Una vez los integrantes de la comisión entreguen los pliegues sellados, Solidaritat Catalana dispondría de un plazo de 120 días hábiles (prorrogable 60 días más) para intentar recoger las firmas. Este trámite que queda ahora automáticamente suspendido tras la decisión del Tribunal Constitucional.