Querella

El juez insta a la Fiscalía a identificar al "máximo responsable" de la difusión de la nota sobre el novio de Ayuso

Reclama al Ministerio Público que aclare quién redactó el comunicado sobre las negociaciones con su abogado y quién decidió hacerlo público

MADRID.-García Ortiz no comparte la admisión de la querella de la pareja de Ayuso contra fiscales porque el TSJM "no sabe todo"
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, asumió la responsabilidad última del comunicadoEuropa Press

El magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid Francisco José Goyena, que instruye la querella por revelación de secretos del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, contra la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez Fernández, y el fiscal de delitos económicos Julián Salto, ha abierto diligencias tras la admisión a trámite de la denuncia por parte del tribunal el pasado 7 de mayo.

El instructor ha acordado ya las primeras medidas y reclama a la Fiscalía que antes de 15 días precise "quién o quiénes fueron las personas físicas concretar que procedieron a la redacción de dicho comunicado" y las que intervinieron "en la decisión de hacer público" el mismo, así como "el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado con el contenido finalmente remitido".

También pide al Ministerio Público "todas las comunicaciones" mantenidas por la Fiscalía con el abogado del empresario "antes y después de hacerse público el comunicado", y que precise a qué personas dispusieron de una copia de esos correos electrónicos.

Además, ha citado el próximo día 24 a la acusación particular que ejerce el empresario y al Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), acusación popular, para que ratifiquen sus respectivas querellas. Del mismo modo, acuerda notificar personalmente a los dos fiscales la apertura de diligencias, para que puedan personarse "y tomar conocimiento de lo actuado".

Quiere conocer también las instrucciones remitidas a la carrera fiscal "con el fin de impedir que queden a la vista, a disposición o sean entregados a personal no autorizado documentos y soportes qué contengan datos personales".

"Violación de seguridad" por la distribución de "datos personales"

Y pide al delegado de Protección de Datos del Ministerio Público que le informe de las actuaciones llevadas a cabo como consecuencia de "la violación de seguridad consistente en la distribución pública" de datos personales de González Amador como los correos electrónicos entre su abogado y la Fiscalía, la denuncia por fraude fiscal y las actuaciones tributarias contra el empresario.

Igualmente, insta a la Fiscalía a aclarar si ha comunicado a la autoridad de control de datos y al propio empresario "la anterior violación de seguridad y, en caso afirmativo, remita copia de dicha comunicación".

En esa misma línea, el juez apremia al Ministerio Público a determinar si se ha dirigido a los medios de comunicación y periodistas que publicaron esos datos "para que cesen en el tratamiento no permitido de dichos datos personales".

Al abogado de González Amador, Carlos Neira, por su parte, le pide los correos electrónicos que se intercambió con la Fiscalía "con ocasión de la defensa" del empresario, antes y después de que el comunicado se hiciese público.

"Valida" los artículos periodísticos

La resolución también valida "los artículos de prensa aportados" por los denunciantes como soporte de sus querellas, "con la finalidad de acreditar su realidad y autentificación". Con ese fin, acuerda solicitar a diez medios de comunicación para que certifiquen "la realidad y autenticidad" de esas publicaciones, identificando al "periodista o autor de la reseña periodística".

El magistrado del TSJ de Madrid intenta esclarecer, con la oposición de la Fiscalía, si los dos fiscales denunciados vulneraron su deber de secreto al difundir mediante una nota pública -cuya responsabilidad última asumió el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz- las negociaciones con el abogado de González Amador para intentar cerrar un acuerdo de conformidad a cambio de que el empresario admitiera la comisión de dos delitos fiscales y uno de falsedad documental por los que habría defraudo a Hacienda 350.000 euros valiéndose de una presunta empresa fantasma.

En la resolución en la que acuerda la medida, el instructor insiste en que la admisión de las denuncias "ni prejuzga en modo alguno ni condiciona el devenir procesal de la causa", pues de lo que se trata es "examinar" la posible "apariencia delictiva" de los hechos, "siempre que se disponga de algún elemento que avale racionalmente su verosimilitud, más allá de la simple afirmación del querellante de la existencia de delito sin ningún apoyo objetivo".

El magistrado señala que el objetivo de estas diligencias es "analizar si se ha visto vulnerado el deber de confidencialidad y reserva inherente a las actuaciones penales, entre las que

se comprenden las pre-procesales a cargo del Ministerio Fiscal". Así como, añade, "si se ha excedido el límite permitido penalmente en el ámbito del derecho a la información que asiste al Ministerio Público al tratarse de unas diligencias penales y por lo tanto reservadas". E igualmente hay que esclarecer "en qué medida han podido perjudicarse los derechos constitucionalmente reconocidos al querellante".

Para ello, deja claro, es necesaria "una indagación que solo puede abordarse adecuadamente mediante la oportuna instrucción de la causa".