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La Infanta evitaría el juicio si la Audiencia tumba el delito de blanqueo

La Infanta Cristina de Borbón, ayer en Ginebra
La Infanta Cristina de Borbón, ayer en Ginebralarazon

El juez Castro ha decidido, tras cuatro años de investigación, que la infanta Cristina debe ser juzgada por presuntos delitos fiscales y blanqueo junto a su marido, Iñaki Urdangarin. La Fiscalía Anticorrupción y la defensa de Doña Cristina ya han anunciado que recurrirán.

> Termina la instrucción tras 1.436 días

Toda vez que el magistrado José Castro puso ayer fin a la instrucción del «caso Nóos» tras cuatro años de investigación con un auto de procedimiento abreviado en el que resuelve imputar a la Infanta Cristina dos delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales, la incógnita ahora es saber si la Duquesa de Palma acabará sentándose en el banquillo de los acusados. Pero, pese a la decisión del juez de querer que la Infanta sea juzgada junto a su marido, Iñaki Urdangarín, Castro no tendrá la última palabra. Todo dependerá del criterio de la Sala de la Audiencia Provincial de Palma, que tendrá que resolver los más que previsibles recursos de apelación de las diferentes partes personadas y de si alguna de las acusaciones mantiene los cargos contra la Infanta. Sólo Manos Limpias, que por boca de su secretario general, Miguel Bernad, confirmó ayer a Ep que «están preparando ya el escrito de acusación», quiere sentar en el banquillo a la Infanta, ya que la otra posible acusación, la asociación Frente Cívico Somos Mayoría que preside Julio Anguita, fue apartada de la causa el pasado mes de mayo tras negarse a compartir letrado con Manos Limpias.

El juez otorgó ayer en su auto de transformación el doble de plazo a las partes para que presenten sus escritos por la especial complejidad de la causa. De los diez días que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal, Castro concede veinte días a los procuradores para que presenten sus escritos de acusación, soliciten el sobreseimiento o, incluso, soliciten la práctica de diligencias urgentes que consideren oportunas. Un plazo que no agotará la Fiscalía Anticorrupción de Baleares, ya que recurrirá hoy mismo en apelación el auto del juez Castro ante la Audiencia de Palma.

A partir de ahí, lo que sigue es que Castro dicte el auto de apertura de juicio oral, se eleve el procedimiento a la Audiencia Provincial y se señale el comienzo del juicio, no antes de la primavera de 2015. Pero, antes del auto de apertura, la Sala deberá haber resuelto los recursos de apelación que las partes presenten, y tendrá que pronunciarse sobre el hecho de que Doña Cristina pueda ser juzgada por delito fiscal, en contra del criterio de la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la Agencia Tributaria. Como la acusación pública y la particular dejarán a la Infanta fuera de su escrito de acusación, la hija de Don Juan Carlos no podría ser juzgada por este delito, castigado con penas de prisión de uno a cinco años, en aplicación de la denominada «doctrina Botín». Pero hay jurisprudencia contrapuesta en este sentido, ya que el Tribunal Supremo matizó la anterior en la conocida como «doctrina Atutxa».

Cuando se trata de un delito contra la Hacienda Pública, como es en este caso, el perjudicado es el Estado. En la instrucción del «caso Nóos», tanto la Fiscalía como la Abogacía se han opuesto a que la Infanta declare como imputada, por lo que si se le aplicase la «doctrina Botín», el recorrido judicial de este delito daría a su fin. Diferente sería si la Sala opta por aplicar la «doctrina Atutxa», según la cual, una acusación popular puede imputar dentro de un procedimiento judicial sin necesidad de que lo soliciten la acusación particular ni del Ministerio Público. Más dudas hay en este aspecto con el delito de blanqueo de capitales. Según la matización del Tribunal Supremo, aunque no haya escrito acusatorio del Ministerio Público ni de la acusación particular, si el delito imputado afecta a intereses colectivos, hay un interés social afectado, por lo que sólo con la acusación popular se podría sentar a la Infanta en el banquillo. Pero lo evitaría, si, como en el anterior delito, no aprecia perjuicio contra al interés general, que representa la Abogacía del Estado y que se opone a la imputación.

La Sala de la Audiencia Provincial, a quien corresponde dirimir esta cuestión, está compuesta por seis magistrados. Tres de ellos –Diego Gómez Reino (presidente), Mónica de la Serna, Juan Jiménez Vidal y Carmen Ordóñez– ya resolvieron el recurso de la defensa de la Infanta de citarla como imputada. Queda descartada Carmen Ordóñez, ya que el criterio de la Sala de Gobierno es que los jueces sustitutos no sean ponentes de casos de corrupción. Y los dos restantes son recién llegados: Ana Cameselle, que proviene de la Comisión de Servicios y el último es un juez de refuerzo de adscripción territorial (JAT), del que no ha trascendido el nombre.