
Tribunales
El TSJM rechaza también la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado
Niega que la investigación persiga perjudicarla públicamente y lo tacha de "opinión" suya
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado estudiar la querella que interpuso Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, contra el juez que la investiga, Juan Carlos Peinado, por presunta prevaricación y revelación de secretos, como hizo con las dos anteriores presentadas por el periodista Máximo Pradera y su marido, el presidente del Gobierno.
La Sala de lo Civil y lo Penal no aprecia "el torticero alejamiento de la norma que alega el querellante" en la instrucción desarrollada hasta ahora por el juez del "caso Begoña Gómez" ni "un apartamiento de la interpretación lógica del ordenamiento" en las varias resoluciones que acompañan a la querella.
El TSJM señala respecto a las resoluciones dictadas por el juez Peinado, que defiende Gómez como injustas, que algunas "han sido confirmadas por el órgano competente para hacerlo", la Audiencia de Madrid, y afirma que el hecho de que otras hayan sido revocadas demuestra que el procedimiento ha sido "reconducido en términos no lesivos" para sus derechos.
Los magistrados recalcan que la mayor parte de las resoluciones del juez en las que la mujer del presidente sostiene que hay arbitrariedad "no tienen efectos relevantes" para la causa y tampoco "aportan ningún contenido sustantivo para la investigación". Advierten también que algunas no son siquiera "competencia" de Peinado.
En definitiva, el Alto Tribunal madrileño confirma que en la investigación judicial de Peinado contra ella por delitos de tráfico de influencias y corrupción en negocios "no se han perturbado (sus) derechos procesales". Una "perturbación" que, señala, sería "esencial para considerar la existencia de la prevaricación" que le atribuye al juez.
Entiende también este tribunal que ninguna de las tres resoluciones concretas -relativas a la petición de documentos y la citación de un testigo- que la mujer de Pedro Sánchez tilda de 'estrambóticas' y 'rocambolescas' "no infringen precepto legal alguno" y le avisa de que "lo estrambótico o rocambolesco" que a sus ojos pueda ser una resolución no implica "necesariamente su ilegalidad".
A renglón seguido, aludiendo a la acusación, que "subyace a toda la querella", de que las distintas decisiones que el juez Peinado a tomado a lo largo del procedimiento responden al "exclusivo propósito de perjudicarla ante la opinión pública", el TSJM resuelve que se trata de una "suposición, una opinión" de Gómez.
Respecto a la decisión de citar a declarar presencialmente a su marido, Pedro Sánchez, tras rechazar que lo hiciese por escrito al fijar Peinado que se le interrogaba como pareja de la investigada y no en calidad de presidente del Gobierno -hecho que Gómez apunta en la querella como alejado de la ley-, los magistrados no entran al fondo de la cuestión por "desconocer" si el objeto de las preguntas implicaba su condición de mandatario ya que "el interrogatorio no tuvo finalmente lugar" al acogerse Sánchez a su derecho a no declarar.
Se remiten en ello a que ya se pronunciaron cuando inadmitieron la querella que presentó la Abogacía del Estado en nombre del también líder del PSOE contra esta misma decisión.
Desechan, por otro lado, que haya incurrido Peinado en el otro delito del que le acusa la mujer de Sánchez en la querella, el de revelación de secretos, por el comunicado de prensa que difundió el mismo TSJM para dar cuenta del inicio del caso contra ella por su actividad profesional en relación a su condición de mujer del presidente, porque, entiende el tribunal, que se limitó el contenido a dar cuenta "de la incoación de diligencias, los indicados delitos que dan pie a ello, la persona investigada, quién formula la denuncia y el secreto de las actuaciones" que pesaba en un primer momento sobre el proceso. Resuelve, por tanto, que en ningún caso se reveló "contenido sustantivo" de la causa.
La Fiscalía Superior de la Comunidad de Madrid se opuso a la admisión a trámite de esta querella porque "en este momento y con los indicios y argumentos jurídicos que se aportan" consideró que no se dan los "presupuestos legales exigidos para su admisión a trámite".
El Ministerio Público tuvo en cuenta el respaldo que la Audiencia madrileña ofreció al juez para rechazar que pueda existir relevación de secretos por apoyarse la acusación en "meras noticias publicadas en medios y redes" y "una serie de resoluciones judiciales".
También apoyó su negativa a respaldar la admisión de la querella de Gómez en que se le negó el acceso al testimonio "íntegro" de las actuaciones que reclamaron a fin de tener un conocimiento "pleno" de lo actuado antes de pronunciarse sobre la admisión a trámite de su acción penal.
Se trata de la tercera querella interpuesta contra el juez Peinado sobre la que se pronuncia el TSJM. Hay que recordar que rechazó la admisión de la que presentó el periodista Máximo Pradera por revelación de secretos, y recientemente ha rechazado la que interpuso la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presunta prevaricación.
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