Audiencia Nacional

"Tsunami": la Fiscalía rechaza imputar a Puigdemont por terrorismo y que Otegi declare como testigo

Recurre la decisión de García Castellón al considerar que sus vínculos con la plataforma no tienen "fundamento alguno"

La Fiscalía de la Audiencia Nacional cree que los indicios para imputar por terrorismo a Carles Puigdemont por sus vínculos con "Tsunami Democrátic" son "insuficientes", porque se le atribuye "sin fundamento alguno" su asistencia a reuniones en Ginebra que, según entiende el Ministerio Público, no se celebraron para impulsar las acciones de la plataforma en respuesta a la sentencia del "procés" que derivaron en "gravísimos incidentes de orden público" como la ocupación del aeropuerto del Prat o en el corte de la AP-7 en La Junquera. El Ministerio Público ha recurrido por tanto, directamente en apelación, la decisión del juez Manuel García Castellón de investigar por terrorismo al expresident y de imputar a la secretaria general de ERC Marta Rovira, entre otros, limitando los hechos a unos posibles desórdenes públicos de los que no sería competente la Audiencia Nacional, por lo que pide a la Sala que envíe la causa a los juzgados de Barcelona.

Según expone en ese escrito el departamento que dirige Jesús Alonso, la investigación no ha arrojado elementos que permita sostener la existencia de una organización o grupo criminal, ni tampoco su carácter terrorista. "En los hechos recogidos en la causa no se han acreditado jerarquías, ni distribución de funciones entre los investigados, ni la existencia de un órgano directivo -señala-, ni tampoco la perpetración concertada de diferentes hechos delictivos, requisitos necesarios, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para encontrarnos ante una organización criminal".

Para la Fiscalía, los únicos hechos delictivos que se deducen de los actuado en la causa serían los llevados a cabo en el aeropuerto del Prat y en el puesto fronterizo de la Junquera y al respecto se muestra concluyente: "No existen constatados otros delitos que no sean meros desórdenes públicos una vez derogada la sedición". "Lo que no cabe -precisa- es confundir el grupo u organización criminal con la connatural actuación colectiva del delito de desórdenes públicos". Todo ello, deja claro, "sin minusvalorar la gravedad que supuso para la convivencia pública en una zona determinada de España y en un periodo corto de tiempo".

"Una actuación coral"

El fiscal Miguel Ángel Carballo considera que "no se ha logrado, de existir, identificar verdaderos jefes o vértices de la organización", en la que en todo caso aprecia "una actuación coral". Sí se ha acreditado, añade, la existencia de "simpatizantes" o "partidarios" que apoyan a "Tsunami", aunque defiende que "ninguno parece estar detrás de los graves acontecimientos de orden público sucedidos en Barcelona tras la sentencia del Tribunal Supremo". De hecho, señala que ni siquiera "cabe estimar acreditada la participación concertada de más de dos personas en actividades delictivas".

Del mismo modo, asegura que "no es posible atribuir a ninguno de los investigados fallecimientos, lesiones o daños", ni siquiera "admitiendo la participación de alguno de los investigados en la convocatoria y la promoción" de acciones como la ocupación del aeropuerto de El Prat o el corte del puesto fronterizo de la Junquera".

Y en la misma línea, defiende que "no es posible" atribuir a ninguna persona "la falsificación de tarjetas de embarque utilizadas en el aeropuerto del El Prat" durante la ocupación de sus instalaciones en octubre de 2019.

Indicios "insuficientes" contra Puigdemont

Respecto a Carles Puigdemont, sostiene que "los indicios que se consignan resultan insuficientes" para imputarle por terrorismo y ve "significativo" que en el informe de la Guardia Civil "no se le dedique ningún apartado o capítulo ni se le atribuyan hechos concretos en relación con actividades delictivas relacionadas con Tsunami Democràtic". Con esos datos, concluye, "es claro" que "no puede establecerse conjetura alguna respecto de la responsabilidad penal" de Puigdemont en este procedimiento.

Y tampoco entiende que, "pese a formalizar tal imputación, el instructor no acordase cursar suplicatorio dada su condición de parlamentario europeo por las razones que consigna" respecto al diputado de ERC en el Parlament Rubén Wassemberg, "a quien el auto considera en la misma situación en el estado actual de la investigación". Para la Fiscalía, esa "inacción revela la intangibilidad de la imputación recurrida".

El Ministerio Fiscal ve "sorprendente" que tras cuatro años de investigación el juez asegure que nos encontramos en la "fase inicial" de la instrucción y que, tras precisar en cuanto al expresident que "es necesario completar con mayor precisión su participación en los hechos", no acuerde sin embargo "ninguna diligencia que pueda profundizar en tal participación".

Desinfla la reunión en Ginebra

En cuanto a la reunión en Ginebra en agosto de 2019 en las que, según el instructor, se dio forma a "Tsunami", la Fiscalía no advierte "fundamento alguno" para llegar a esa conclusión, que califica de "mera presunción, basada en el mero hecho de que tres días después se publicase en Twitter por primera vez un perfil relacionado con tal plataforma".

Ese encuentro, explica haciendo referencia a la información publicada "en los medios de comunicación", se celebró "para valorar las consecuencias de una posible sentencia del Tribunal Supremo" respecto al "procés" y a ella asistieron "personas proclives al independentismo, además de Carles Puigdemont como el entonces presidente de la Generalitat Joaquim Torra o el exvicepresidente Junqueras, entre otros". Respecto a estos dos últimos, ve "significativo" que se los vincule también con la plataforma y, sin embargo, el instructor "no formalice imputación alguna contra ellos".

Para el Ministerio Público "no resultan totalmente ajustadas a la realidad las consideraciones que el instructor realiza acerca de las supuestas manifestaciones de la portavoz de Esquerra Republicana a Marta Vilalta que efectuaría sobre tal reunión", en referencia a que en el auto impugnado el instructor "le atribuye decir, literalmente, que en dicha reunión consiguieron ponerse de acuerdo en el apoyo a Tsunami Democratic".

La plataforma "generaba simpatías" en el independentismo

Para el fiscal del caso, resulta "obvio que dicha plataforma generaba simpatías y era conocida en los ámbitos independentistas con carácter previo a ser oficial", pero precisa que "si todas las personas que simpatizaban, más aún en sus inicios, con la plataforma Tsunami democrático o que ya habían tenido conocimiento de ella antes de publicitarse, hubieran de ser imputadas, sin duda, la resolución recurrida sería de extensión muy superior".

El escrito no ahorra críticas a la resolución de García Castellón, pues considera "cuando menos ingenuo" que ofrezca al líder independentista la posibilidad de comparecer voluntariamente en la Audiencia Nacional (al ser aforado para citarle como imputado necesita que el Parlamento Europeo le conceda el suplicatorio) teniendo en cuenta que se trata de "una persona prófuga de la Justicia, precisamente desde el 2 de noviembre de 2017", cuando -se reivindica el fiscal- "este mismo representante del Ministerio público solicitó que se decretase su busca y captura en el procedimiento de la Audiencia Nacional que precedió a la causa especial tramitada con posterioridad en el Tribunal Supremo".

El fiscal también cuestiona otro de los indicios contra Puigdemont -una conversación a Alay en la que su jefe de gabinete asegura que "desde Òmniún informarían al presidente Puigdemont". Pero para el Ministerio Público, lo único que demuestra es que si hay que informarle de los perfiles de la campaña "es que no está al tanto de ella y no ha participado en su elaboración".

Por último, también resta relevancia incriminatoria a otra conversación que el instructor esgrime para vincular al expresident con "Tsunami", en la que uno de los supuestos dirigentes de la plataforma, el empresario Josep Campmajó, le asegura que están "a un paso de perder el control absoluto del territorio" y le advierte de que "o tú y Tsunami tomáis el control o tendremos que comenzar a gestionar el precio de las bajas". Contestando Puigdemont: "Intentamos que el Gobierno se ponga las pilas". Para la Fiscalía, esta conversación "además de no ser indicio de culpabilidad respecto de Puigdemont" acredita también que Campmajó, también imputado, era ajeno a la plataforma, en contra de lo que mantiene la Guardia Civil.

Resta relevancia al testimonio de Otegi

El fiscal también exculpa a Marta Rovira porque entiende que "no está en absoluto acreditado" en los informes policiales que llevara a cabo "labores de coordinación de la plataforma". Y va más allá. Las actuaciones que se le atribuyen "carecen de toda entidad delictiva, más allá de su simpatía o apoyo" a la misma. Su participación en la reunión de Ginebra y su intervención en diversos chats en los que coincide con alguno de los investigados, recalca, "no acredita mayor participación".

Y asumiendo que "algún acto del que se hizo eco esta plataforma terminó en disturbios y altercados graves", la Fiscalía mantiene que "no consta en el procedimiento ni un solo dato que permita imputar a los investigados su criterio favorable a los mismos, a la ejecución de actos violentos contra cuerpos policiales o demás actuaciones como destrozo de mobiliario urbano", y menos aún -añade- "su inducción, cooperación o participación". Una conclusión que conduciría al archivo de las actuaciones respecto a todos los imputados.

La Fiscalía también se opone a la citación como testigo de Arnaldo Otegi, que el juez justifica en su asistencia a esas reuniones. "Desconocemos qué relevancia puede tener el testimonio de esta persona, además de por su notoriedad pública, al que alguno de los investigados" (el jefe de gabinete de Puigdemont, Jose Lluís Alay) "le dedican en sus conversaciones clandestinas adjetivos como "simpático" y nada más, quien no pertenece a los partidos y colectivos independentistas catalanes y que no desarrolla su actividad en tal comunidad autónoma". Aunque se hubiesen reunido en Ginebra, insiste, "no consta que fuese la reunión sobre la que la Guardia Civil señala el florecimiento tres días después, con gran celeridad por cierto, de Tsunami Democratic".