Indemnización
La justicia gallega da la razón a un profesor interino cesado tras 30 años de trabajo
Finalizó su actividad al no superar el proceso de estabilización y ahora deben indemnizarlo con más de 44.700 euros
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia que reconoce el derecho a una indemnización de 44.713 euros a un docente interino cesado después de no superar las pruebas de estabilización de la plaza que ocupaba.
La resolución, dictada el pasado 23 de julio, rechaza el recurso de apelación de la Consellería de Cultura, Educación, FP e Universidades contra la sentencia de primera instancia, emitida en octubre de 2024 por un juzgado de Pontevedra. De esta forma, los magistrados avalan un fallo que se considera pionero en Galicia.
Treinta años de servicio interino
El afectado había trabajado como interino para la Administración autonómica durante tres décadas de forma ininterrumpida, encadenando nombramientos curso tras curso.
En 2022 se convocó un proceso extraordinario de estabilización al amparo de la Ley 20/2021, con dos plazas en su especialidad. Finalmente no logró plaza y, a partir del 1 de septiembre de 2023, su puesto fue ocupado por otros aspirantes que sí aprobaron.
El interino solicitó entonces la compensación prevista en la normativa estatal, que reconoce una indemnización de veinte días de salario fijo por año trabajado (con un límite de doce mensualidades) para quienes pierdan su puesto al no superar un proceso de estabilización.
El argumento de la Xunta, rechazado
La Xunta había denegado su petición alegando que el cese se debía a la finalización natural de su nombramiento como interino al término del curso escolar, y no al resultado del proceso selectivo. Sin embargo, tanto el juzgado de Pontevedra como ahora el TSXG consideran que esa explicación “desvirtúa el sentido de la ley” y dejaría sin efecto la compensación reconocida por el Estado.
La sentencia del alto tribunal gallego subraya que, en realidad, la causa directa del cese fue no haber superado el proceso de estabilización, dado que las dos vacantes fueron adjudicadas a otros aspirantes. Por ello, concluye que se cumplen los requisitos de la Ley 20/2021 para el pago de la indemnización.
El fallo del TSXG destaca que permitir a la Administración escudarse en el final del curso escolar supondría cerrar la puerta a cualquier compensación, incluso en los casos en que el personal interino se presentase a un proceso de estabilización y lo perdiera.
El tribunal recuerda que la finalidad de la Ley 20/2021 es reducir la temporalidad en el empleo público y compensar el abuso de interinidades, aplicando directivas europeas en materia de trabajo de duración determinada.
La sentencia, que impone además a la Xunta el pago de las costas procesales, no es firme: todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.