Barcelona

Los consistorios tampoco podrán imponer el catalán

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado un artículo del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Sant Pol de Mar que, contraviniendo la cooficialidad de las lenguas salvaguardadas por la Constitución, excluía el castellano en favor del catalán.

La Razón
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El precepto, el número 5.1 estipulaba concretamente que «toda la documentación municipal será redactada en catalán». «Una cosa es que el catalán sea la lengua de uso normal de las administraciones públicas, en cuanto a la lengua propia de Cataluña, y otra muy distinta que se excluya totalmente el uso de la otra lengua cooficial», señala la sentencia, ya firme. La alcaldesa de Sant Pol de Mar, Montserrat Garrido (CiU), se apresuró ayer a explicar que el artículo fue eliminado el pasado 29 de julio a instancias del fallo del TSJC durante el primer pleno del nuevo consistorio.

Por otro lado, el fallo puede entenderse como un nuevo aviso a los municipios que pretendan imponer el catalán sobre el castellano. De hecho, el reglamento lingüístico del consistorio barcelonés está ahora en manos del Tribunal Supremo, después de que el TSJC suspendiera cautelarmente siete artículos a petición del PP y el gobierno municipal anterior, liderado por Jordi Hereu, recurriera la decisión. Además, el TSJC apunta que la cuestión ya ha sido abordada anteriormente y cita como ejemplo la sentencia de 2004 contra el reglamento de uso del catalán en Sabadell.

La clave, el fallo del TC: artículo 6.1
El Estatut fijó el catalán como lengua de «uso normal de las administraciones» y «la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza». No obstante, el TC fijó que «las administraciones no pueden tener preferencia por ninguna de las dos lenguas oficiales».