Tribunales
Varapalo judicial a Moncloa: Madrid recurre ante el Supremo el reparto "forzoso y opaco" de menores no acompañados
El Gobierno madrileño considera que se trata de un reparto "arbitrario", que quiere "penalizar" a las comunidades gobernadas por el PP, frente a otras, como País Vasco y Cataluña
La Comunidad de Madrid ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España el pasado 22 de julio que desarrolla el reparto "forzoso y opaco" de menores no acompañados desde Canarias entre las comunidades autónomas.
En concreto, los servicios jurídicos de la Administración regional han recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto 658/2025, que regula la reubicación de estos menores en situaciones de presión migratoria, al considerar que "vulnera competencias autonómicas", según han avanzado fuentes regionales.
Este texto desarrolla el Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo ya impugnado ante el Tribunal Constitucional por 11 servicios jurídicos autonómicos, entre ellos los de la Comunidad de Madrid, por "invadir competencias exclusivas en protección de menores y asistencia social, por falta de justificación de urgencia y por utilizar un instrumento inadecuado para regular materias reservadas a leyes orgánicas".
En paralelo, la Comunidad de Madrid ha exigido al Gobierno de España, a través de diversas vías, la remisión urgente de la información utilizada para elaborar el reparto de menores no acompañados entre las distintas regiones, salvo País Vasco y Cataluña, al considerarlo "arbitrario, opaco y discriminatorio, y diseñado para penalizar a las comunidades gobernadas por el Partido Popular y beneficiar a los socios nacionalistas del Gobierno central".
Se han dirigido requerimientos a la Secretaría de la Comisión Sectorial de Infancia y Adolescencia, al Ministerio de Juventud e Infancia y al Ministerio del Interior. Entre la información solicitada, destacan los datos actualizados del Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) por comunidad autónoma desde 2023; los indicadores utilizados por el Gobierno para el cálculo del reparto (población, renta, paro, número de menores atendidos, ratio de plazas por habitante, etc.); la fórmula de ponderación aplicada a cada uno de los criterios del artículo 35 ter de la Ley Orgánica 4/2000; y el motivo técnico-jurídico por el cual se asignan 647 menores a Madrid y ninguno a Cataluña o País Vasco.
También se ha solicitado acceso a la Memoria del Análisis de Impacto Normativo y todos los informes jurídicos, técnicos y presupuestarios emitidos durante la tramitación del Real Decreto 658/2025.