Tráfico
Las multas que ponen los helicópteros de la DGT no son "fiables" al 100%
Según las empresas de defensa de los automovilistas, estas sanciones presentan vacíos probatorios que pueden ser aprovechados para recurrir, sobre todo, las relativas a la distancia de seguridad
Muchas de las multas que imponen los agentes de la DGT, especialmente las captadas desde los helicópteros, presentan vacíos probatorios que pueden ser aprovechados para la defensa de los denunciados en sus recursos. Por ello, algunas organizaciones en defensa de los automovilistas, como Pyramid Consulting, aconseja recurrir estas sanciones cuando sea necesario, especialmente las relativas a la llamada distancia de seguridad.
Y es que, este argumento es muy recurrente dentro del catálogo de multas que emite continuamente la DGT. Porque cualquier conductor se ha cuestionado alguna vez si la distancia que mantiene con el vehículo de delante es suficiente. No solo para evitar accidentes, sino también para evitar posibles multas. Mantener una distancia de seguridad adecuada es clave para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía, pero también para evitar sanciones por incumplir el artículo 54.1 del Reglamento General de Circulación (RGC).
Este artículo establece que todo conductor debe mantener una distancia suficiente con el vehículo precedente, de manera que le permita detenerse sin colisionar en caso de frenada brusca. Infringir esta norma es una infracción grave, con una sanción de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet. A pesar de la gravedad de esta infracción, muchas de las sanciones que se imponen no siempre están respaldadas por pruebas concluyentes. En las sanciones desde el aire, es decir, las impuestas por los helicópteros de la DGT, se incide mucho en este punto. Una de las principales fuentes de sanciones por no respetar la distancia de seguridad es la vigilancia aérea de la DGT, que utiliza helicópteros para capturar imágenes de los vehículos en carretera.
Sin embargo, recurrir estas multas es recomendable, ya que la captura de imágenes desde el aire no siempre ofrece una visión clara y precisa de los hechos. Las pruebas son insuficientes en la mayoría de los casos y uno de los mayores problemas en este tipo de sanciones es la falta de pruebas suficientes. Para imponer una sanción, la Administración debe probar no solo la infracción de la distancia de seguridad, sino también otros factores clave, como la velocidad de los vehículos implicados, el estado de la vía, la adherencia y, sobre todo, la distancia exacta entre los vehículos. Estos son elementos difíciles de medir con precisión desde un helicóptero.
De ahí, la importancia de recurrir la sanción La Ley de Seguridad Vial protege la presunción de inocencia de los conductores, y es responsabilidad de la Administración demostrar que se han cumplido todos los elementos del tipo infractor. En muchos casos, las pruebas presentadas por la DGT no son suficientes para sostener la sanción, y los informes genéricos o las imágenes aéreas sin mediciones concretas no logran acreditar la infracción de manera concluyente.
Por ello, los conductores deben proteger sus derechos ante una sanción. Es crucial que las sanciones estén fundamentadas con pruebas claras y detalladas, sobre todo cuando se trata de infracciones graves que implican la pérdida de puntos. Sin pruebas suficientes, se debe proteger la presunción de inocencia del conductor y por ello Pyramid recomienda que, en caso de recibir una denuncia por esta causa, se examine con detenimiento la evidencia proporcionada y se consideren todas las opciones de defensa, especialmente si se cuestiona la correcta medición de la distancia o las condiciones de la vía.
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