Economía

La Justicia del Tributo y el control del Sector Público

Conviene estar muy atentos a todo lo sucedido por parte de fuerzas políticas catalanas para tratar de eliminar espléndidos trabajos efectuados por altos especialistas del Tribunal de Cuentas

En estos momentos, una serie de informaciones en la prensa parecen indicar que, como consecuencia de una postura crítica efectuada por el Tribunal de Cuentas sobre la política del gasto llevada a cabo por la actual Administración de Cataluña, se ha intentado alterar la decisión inicial de esta institución. La cuestión es tan importante que merece la pena señalar por qué debe mantenerse la inicial postura de este Tribunal, porque bastaría aludir, en estos momentos, a lo que señaló el gran maestro en el mundo del sector público y gran economista, Luigi Einaudi, quien indicó: «Los hombres tienden instintivamente a explicarse por qué pagan, y si la respuesta no surge con claridad, claman contra la injusticia… pero la creencia en el impuesto, ya sobre la renta, ya sobre el patrimonio o ya sobre la herencia, o ya sobre los consumos, no es un acto de fe… Con frecuencia, y hoy no más que en el pasado, esa actuación quiere ser deliberadamente racional».

Precisamente, para alcanzar esa racionalidad, el profesor Plaza Echevarría ha publicado recientemente un serio trabajo sobre el sistema tributario español, y en él señaló de qué manera, ante el tema de los ingresos y gastos públicos, hay que buscar –como esencial punto de apoyo–, que el acto de fe señalado por Einaudi tenga una racionalidad extraordinaria.

Esta racionalidad extraordinaria la proporciona dicho profesor en su obra La justicia del Tributo, y el deber de contribuir, en la Constitución española: una aproximación a la «causa impositionis», con el apoyo intelectual de una doctrina económica difundida desde la Universidad de Salamanca por uno de aquellos grandes profesores de Teología que pasaron a orientar la economía. Uno de ellos, Francisco Suárez, basándose en la Summa de Santo Tomás, ofrece «una dimensión práctica que sirva de base y fundamento a sus destinatarios, entre los que se encuentran, desde los príncipes, hasta los particulares»; y, en ese sentido, Suárez indica que es necesario que, en el concreto caso de la Hacienda Pública, exista claridad en torno al concepto de bien común, una dimensión jurídico-política que, como dice Plaza Echevarría «lleva su aplicación práctica en el campo del Derecho y del gobierno de los hombres» y ello obliga a que exista una Ley preservadora del bien común.

Eso es lo que José Barea expuso con mucha claridad en el año 2004, en La necesidad de transparencia en la gestión pública, lo que obliga a controlar el Gasto Público. Y esta doctrina que viene de Suárez, tiene también respaldo en ese excelente economista que es Stiglitz, quien en Economic of the public sector, puntualiza la necesidad de evitar la grave falta surgida de la carencia de transparencia en los Presupuestos. Y precisamente para eso, desde 1843, actúa sistemáticamente en España el Tribunal de Cuentas. Por eso, fue muy importante la aparición de su Ley Orgánica en cuanto a la redefinición de la función que venía realizando, exigiendo que, en la actualidad, deba hacerse un esfuerzo común para que siga siendo válido el control interno de todas las cuentas que se le deben remitir, para que, a continuación, éste señale críticamente si tenían alguna disparidad o no con las necesidades macroeconómicas exigidas para mejorar el «bien público». Y, además, eso hoy se amplía por ser España miembro de la Unión Europea, pues esa nueva realidad de nuestra política exige la obligación de analizar a fondo la conducta de todas y cada una de las economías nacionales, incluso para sancionarlas. En la actual realidad española, sin olvidar otros enlaces –como, por ejemplo, con el Fondo Monetario Internacional–, es forzoso señalar que existen criterios de transparencia fiscal, como los derivados de los Informes ROSC, que muestran la radical observancia de normas y códigos. Ello evitaría que ningún grupo político pueda alterar lo señalado por Andreades, fundador de la Ciencia de la Hacienda Helénica moderna, en su célebre estudio sobre La Hacienda del Tirano, donde señala que «ningún tirano conoció ni la frugalidad ni la mesura». Para eso, como señaló Fuentes Quintana en Los principios de la imposición española y los problemas de su reforma (1976), respaldar –en casos avalados por altos funcionarios–, una imposibilidad de ignorar lo que afecta al bien común expuesto por Suárez, es intolerable. Solo así se consigue –lo indicó Stuart Mill–, «que un gobierno constitucional lleve consigo que no se abuse, en ninguna Institución, del poder político», evitando lo que, a continuación, añadía por crear abandono de la protección contra esta tendencia natural de las cosas, protegiendo, contra esto, «la utilidad concreta de las Instituciones Libres». Conviene, pues, estar muy atentos a todo lo sucedido por parte de fuerzas políticas catalanas para tratar de eliminar espléndidos trabajos efectuados por altos especialistas del Tribunal de Cuentas.

Juan Velarde Fuertes es economista y catedrático