Política

Democracia e independencia del Poder Judicial

El objetivo de quienes ostentan el poder actualmente y de los que arriman el «ascua a su sardina» es convertir al Poder Judicial y al TC «en herramienta de sus intereses»

La regeneración para superar esta crisis de libertad, de racionalidad, de rigor, de buen gusto, de mesura, de sentido común y de humanidad que vivimos en España reclama, a gritos, profundas reformas para corregir la deriva de nuestra democracia. Una de estas reformas inaplazables es garantizar la independencia del poder judicial, condición incuestionable en una democracia que se precie. Independencia judicial consagrada en la Constitución de 1978 capítulo VI que expresamente establece la separación de poderes, aunque en la práctica brille por su ausencia por lo que para garantizarla es imprescindible modificar el procedimiento de la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En este sentido, el pasado 1 de noviembre el Foro Libertad y Alternativa (L&A), desde su Comisión Jurídica, liderada por el letrado Fernando García – Capelo, que fue el Coordinador de las Gestoras Cívicas del Foro Ermua, hizo público un didáctico comunicado que apenas ha tenido repercusión en los medios de comunicación, motivo por el que esta Tribuna la dedicamos al contenido del mismo, esperando que lean el texto completo en www.forolibertadyalternativa.es/Comunicados.

Aunque el Tribunal Constitucional (TC) «en su Sentencia 108/1986 explícitamente, exigió que el Poder Judicial debía quedar al margen de la lucha de partidos y que resultaría inconstitucional un reparto de los puestos del CGPJ según la división de fuerzas políticas de las Cámaras», en la práctica es, exactamente, lo contrario a lo que viene sucediendo desde hace décadas.

Por este motivo, el Foro L&A denunciaba el permanente incumplimiento de la Constitución e instaba a los partidos políticos de la oposición (PP, Vox y C’s) a que asumieran la responsabilidad de explicar a los ciudadanos en qué consiste el «incumplimiento constitucional». Con palabras del mencionado Comunicado: «El incumplimiento constitucional es repartirse entre los partidos políticos los puestos en el CGPJ y no oponerse a ello». (…) «El incumplimiento es impedir que haya una elección independiente de sus miembros que garantice la separación de poderes y permita la necesaria despolitización de la justicia». Es tanta la confusión, que –por cierto- los medios sometidos a las directrices de los gobiernos de Sánchez cultivan que muchos ciudadanos pueden pensar que el incumplimiento constitucional está en no ponerse de acuerdo en un reparto entre partidos de los miembros del CGPJ o retrasarlo “sine die”.

Resulta evidente que para poder explicar algo didácticamente es necesario entenderlo y asumirlo previamente. Elementales condiciones que algunas noticias ponen en cuestión, como por ejemplo: ¿qué es eso de que el PP está dispuesto (o estuvo, o no cierra la puerta) a ceder un juez al PNV para el CGPJ? ¿Acaso los jueces son propiedad de los partidos? Es apremiante la necesidad de que los partidos de la oposición entiendan la cuestión y –creando las sinergias adecuadas a la magnitud de problema– se apliquen en este asunto capital para la salud de nuestra democracia, o mejor dicho, para la pervivencia de nuestra democracia que va dejando a jirones su esencia misma con el paso de los años, y más aún con políticos sin la preparación debida o con una irresponsabilidad inconmensurable.

Esta inaplazable reforma no vendrá de manos del presidente Sánchez, ni de sus socios comunistas, secesionistas o filoterroristas, que se mantienen obstinadamente en el «incumplimiento constitucional», confundiendo además a la opinión pública. Con palabras del Comunicado del Foro L&A: «La mejor prueba de que el flagrante incumplimiento de la Constitución continúa ha sido la reciente propuesta para el CGPJ de personas de perfil claramente ideologizado y con fortísimas vinculaciones con partidos políticos (p.ej. Victoria Rosell –diputada por Podemos y candidata por Canarias– o Joaquín Urías –candidato en las primarias de Podemos–)».

El objetivo de quienes ostentan el poder actualmente y de los que arriman el «ascua a su sardina» es convertir al Poder Judicial y al TC «en herramienta de sus intereses y proyectos políticos: pretenden controlarlos (…) designando personas de perfil netamente político que determinen los ascensos en la carrera judicial por lealtad y afinidad ideológica y realicen una interpretación ideológica y partidista de las leyes y la norma Suprema, que permita su mutación sin necesidad de obtener las mayorías necesarias. La propuesta de Pérez Royo o De Prada para el TC son buena prueba de ello».

«El Partido Socialista, el secesionismo catalán, Unidas Podemos y demás partidos afines se niegan a una reforma legal que garantice la independencia del Poder Judicial» (…) cuando el único camino para cumplir la Constitución en esta materia «según lo expuesto por el TC, es modificar previamente su procedimiento de elección del CGPJ, garantizando la independencia de sus miembros, despolitizando la justicia y asegurando la esencial separación de poderes, sin la cual no hay Estado de Derecho».

Si la separación de poderes se formuló en 1748 en oposición al poder despótico, en España se incoó en la Constitución de Cádiz de 1812 y se incorporó explícitamente en la Constitución de 1978, es decir 270 años después de haber sido enunciada por Montesquieu en su obra «El espíritu de las leyes». No es admisible un retroceso a este avance tan ralentizado en la aplicación del más elemental principio democrático.