
Tribuna
La libertad de expresión no es ilimitada
El insulto no está amparado por el derecho a la libertad de expresión y atacar la dignidad de alguien con infames improperios o una burla a la religión que cada uno profesa es un agravio que debe ser punible
La libertad de expresión es un derecho protegido por las Constituciones de todos los países occidentales y es muy importante para el desenvolvimiento de la sociedad. Se invoca con mucha frecuencia pero todos saben que el derecho no es absoluto, tiene limitaciones concretas en un estado democrático en el que el principio fundamental es la convivencia pacífica. El utilitarista Stuart Mill manifestó que los límites de la expresión terminan en el principio del «daño a los demás». Un aforismo castellano dice: no hagas a nadie lo que no quieras que te hagan a ti, aunque esta frase tiene solo un valor de consejo moral.
Los tribunales han marcado los límites que no pueden traspasarse, dejando extramuros de la libertad de expresión las frases injuriosas, el insulto personal o familiar y en lo referente al derecho a la información hay que advertir que las comunicaciones tienen que ser contrastadas «según los cánones de la profesionalidad informativa, excluyendo rumores o insidias». Es decir el derecho al honor y a la intimidad, son intangibles. Debe exigirse en cualquier situación el respeto a la ley y a los derechos de los demás como el fundamento del orden político y de la paz social.
La libertad de expresión no es ilimitada. En concreto conviene señalar las exigencias establecidas para la difusión de internet, que tienen una extensión enorme y muy difícil de controlar pero ya en el año 1969 la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Pacto de San José de Costa Rica, imponía unos límites muy claros a la libertad de información que los firmantes aceptaron sin ningún problema: no se permite la propaganda en favor de la guerra, ni la apología del odio nacional o religioso, tampoco la invitación a la violencia contra cualquier persona, incluyendo la prohibición de los ataques a la raza, color, orientación sexual o la incitación directa a cometer un delito.
Con posterioridad se aprobaron una serie de normas internacionales en la Declaración Conjunta de la Organización de Estados Americanos en la que se determinaron principios sobre el derecho al honor de toda persona y el reconocimiento a su dignidad. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su esfera privada, en la de su familia, en su domicilio, su correspondencia o en su reputación o su religión, conviene también manifestar que la libertad de expresión tiene que respetar las legítimas manifestaciones ideológicas.
El número especial que los franceses dedicaron a la apertura de los Juegos Olímpicos del año en curso fue de gran calado artístico pero con un grave ataque a la religión cristiana, exponiendo el cuadro de la Sagrada Cena con el personaje de Jesucristo sustituido por una mujer caracterizada de trans. No puede comprenderse esa falta de respeto a unas creencias que para millones de personas son de profunda espiritualidad.
La tesis de Stuart Mill que se ha citado tiene mucho valor en estos momentos en los que parece que todo vale. Puede llamarse asesina a una líder política o airear que un empresario es «despiadado» diciendo que incumple las leyes económicas, sin que la expresión tenga relieve ni pueda basarse en prueba alguna. Cuando se difunde alguna noticia hay que valorar si puede ser lesiva e interponer el caso ante el juez si se produce un daño verificable que ataque la dignidad de la persona.
En este sentido es reseñable una resolución judicial que condenó a un comunicador por proferir insultos a un dirigente político del grupo Ciudadanos basado en una invención incalificable que destrozaba a la persona perjudicando a todo su entorno. El Tribunal mantuvo que se trataba «de un ataque gratuito que ninguna legitimación puede tener». Tienen que tenerlo presente todos los que difunden noticias falsas, insultan despiadadamente, o proponen inicuos malos tratos a directivos o a personajes que nadie sabe por qué tienen que sufrir injurias sin límites y en idéntico sentido la religión y la ideología de toda persona tienen que respetarse absolutamente.
Los Derechos Fundamentales son un conjunto de normas de comportamiento que se han conquistado a lo largo de la historia y la justicia debe prevalecer ante cualquier impulso circunstancial negativo. El insulto no está amparado por el derecho a la libertad de expresión y atacar la dignidad de alguien con infames improperios o una burla a la religión que cada uno profesa es un agravio que debe ser punible y, sin duda, degrada al que lo emite. Los tribunales son los que deben pronunciarse sobre los posibles desmanes de expresión, provengan de cualquier persona u organismo.
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