Covid-19
Las autonomías deberán comunicar a Sanidad el nombre y la edad de los que se vacunen y los motivos
El Ministerio considera de alto riesgo a las personas con enfermedad cardiovascular, diabetes tipo II, cáncer, EPOC, obesidad, enfermedad renal y trasplantados de órganos sólidos
La Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad ha elaborado una resolución por la que se establece el sistema de información para el seguimiento de la vacunación frente a la Covid-19. El texto, que será debatido en el Pleno del Consejo Interterritorial de este miércoles, y al que ha tenido acceso LA RAZÓN, obligará a las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas a enviar al departamento que dirige Salvador Illa de forma diaria los datos correspondientes a las personas que se inmunicen.
“El procesamiento estadístico de estos datos y su representación geográfica se considera un elemento de gran utilidad en el seguimiento de la pandemia y en la toma de decisiones para su afrontamiento por las autoridades sanitarias. Igualmente, junto a esta finalidad principal, el tratamiento de datos permitirá también la emisión de certificados a solicitud del interesado, garantizando en todo caso la aplicación de las debidas medidas de seguridad”, subraya el documento. Sanidad remarca que la información siga recabándose por este departamento “hasta, al menos, la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19” y especifica que “los datos relativos a las vacunaciones administradas se remitirán diariamente, en el día hábil inmediatamente posterior a la vacunación, antes de las 15:00 horas”. También subraya que “en el momento de iniciar la campaña de vacunación, las comunidades autónomas y el Ingesa (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria) en las ciudades de Ceuta y Melilla deberán cumplir con el deber de informar a los ciudadanos sobre ambas finalidades del tratamiento de los datos y, en particular, sobre los términos de la cesión de los mismos al Ministerio de Sanidad”.
¿Qué datos deberán aportar las autonomías a Sanidad? Según el anexo de la resolución, deberán aportar al departamento de Illa la identificación personal del vacunado, su fecha de nacimiento, el sexo, el lugar de residencia, la fecha de administración, el tipo de vacuna (antígeno frente al que se inmuniza), la compañía farmacéutica fabricante de la misma, la marca comercial de la vacuna, el código ATC, el código nacional y el lote de la vacuna. El Ministerio también quiere conocer el motivo de la vacunación.
Aquí, las autonomías deberán marcar si el vacunado es personal de atención primaria y de qué tipo (médico, enfermera u otro), personal de atención especializada, personal de un centro sociosanitario, o personal esencial, de administraciones públicas, centros docentes u otro tipo de personal. También el grupo de riesgo al que pertenece el vacunado (si es de alto o de bajo riesgo), si es persona embarazada o si es persona institucionalizada en una residencia o en otro tipo de institución. Las autonomías deberán consignar asimismo los motivos por los que no vacune. Entre ellos figuran una contraindicación, rechazar la vacunación o haber pasado la enfermedad.
¿Qué se considera alto riesgo? Sanidad especifica que lo es aquella persona con enfermedad cardiovascular (excluyendo Hipertensión Arterial -HTA-), diabetes tipo II enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), cáncer, trasplante de órgano sólido, enfermedad renal crónica u obesidad, con un índice de masa corporal igual o superior a 30. Considera de riesgo a las personas con HTA, inmunosupresión, asma, Diabetes Tipo I, embarazo, trastornos neuropsiquiátricos, enfermedad hepática crónica o trastornos metabólicos congénitos. Las autonomías deberán considerar como personal de las administraciones públicas a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado con dependencia nacional, autonómica o local, bomberos, servicios de protección civil, salvamento marítimo, personas que trabajan en los servicios de emergencias, y personal de instituciones penitenciarias y de otros centros de internamiento por resolución judicial, incluyendo los centros de acogidas de inmigrantes.
Sanidad considera como resto del personal, los que trabajan en la cadena alimentaria, los de hostelería y restauración, los de producción y distribución de materiales esenciales y otros, los servicios de transporte prioritario, las empresas de seguridad privada, atención sanitaria a animales, servicios financieros y bancarios, servicios judiciales esenciales, limpieza y mantenimiento esenciales y actividades esenciales relacionadas con el suministro de agua, electricidad y gas, entre otros.
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