Pandemia
Sanidad lanza un plan para Semana Santa pero que no es de obligado cumplimiento
Propone cerrar el interior de los locales de restauración cuando la incidencia sea superior a 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días
La Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades y ciudades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha aprobado una actualización del documento “Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19″, conocido como “semáforo Covid-19″, que plantea la recomendación de cerrar el servicio en la restauración cuando las CCAA se encuentren en nivel de alerta alto o muy alto, es decir, con una incidencia superior a 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días.
Salud aconsejaba el cierre de los interiores de los establecimientos hosteleros a partir del nivel 3 con una incidencia superior a los 150 casos desde el pasado mes de octubre, pero ahora intensifica las restricciones endureciendo los niveles de aforo y considerando las terrazas cerradas también como interiores, entendiendo como tales aquellas que tienen al menos tres paramentos y techo.
Según fuentes de Sanidad ha sido necesario modificar el documento existente debido a que la pandemia en este momento evoluciona de forma diferente en los distintos territorios de nuestro país, por lo que son precisas “medidas coordinadas, pero que diferencien la situación en los distintos territorios, ajustando las medidas” según la situación. Sin embargo, sorprende que ante el riesgo actual existente de una cuarta ola, las medidas no sean de obligado cumplimiento, sino “recomendaciones” que las comunidades pueden o no adoptar.
El documento, que no se revisaba desde el pasado 22 de octubre de 2020, mantiene cuatro niveles de alerta con diferentes medidas de actuación frente al coronavirus en función de la incidencia de contagios a 7 y 14 días por 100.000 habitantes, la positividad de las pruebas diagnósticas o el porcentaje de ocupación de camas hospitalarias y de cuidados intensivos.
Según estos indicadores epidemiológicos, Madrid, Cataluña, País Vasco, Melilla y Ceuta están en estos momentos en nivel alto de riesgo, por lo que se les aplicaría la recomendación de cerrar el interior de los bares para contener los contagios. De acuerdo a esta nueva actualización, el interior de la restauración debería estar al 50% en los niveles más bajos de riesgo, lo que afectaría a todas las comunidades salvo Extremadura.
Como ya informaba hoy LA RAZÓN, la actualización del Plan de Actuaciones Coordinadas que propone Sanidad se centra sobre todo en acotar los entornos públicos cerrados. En las zonas interiores de bares y restaurantes propone lo siguiente: en nivel de alerta 1, el aforo pasará al 50%, cuando antes era del 75%. Además, podrá haber un máximo 10 personas. En nivel de alerta 2, establece un aforo de un tercio, (antes era del 50%) y un máximo de 6 personas. Y en nivel de alerta 3 y 4, proponedirectamente cerrar el interior de los establecimientos, cuando hasta ahora aconsejaba reducir el aforo lo máximo posible y prohibir el consumo en barra. Pero no solo eso. Sanidad considera además que las terrazas de los bares y restaurantes que tienen al menos tres parámetros y techo deben considerarse interiores, por lo que estos espacios estarían sujetos a las mismas restricciones.
En las terrazas también añade una nueva norma: hasta los 500 casos por cada 100.000 habitantes se permitiría admitir a clientes en el exterior de los baresy restaurantes con aforo limitado, pero por encima de esa incidencia lo único que se permitiría es continuar con el servicio a domicilio. En exteriores, la recomendación es que no haya restricciones en el nivel bajo (incidencia inferior a 50), un 75 por ciento de aforo en los niveles medio y alto y un 50 por ciento en el de riesgo extremo (incidencia por encima de 250). El texto, según precisan fuentes de Sanidad, recuerda que las terrazas tienen que tener un máximo de dos lados cerrados para que sean consideradas exteriores, con el objetivo de “garantizar que la ventilación es permanente”. El endurecimiento de aforos no se ciñe a solo a la hostelería, sino a otros ámbitos como ceremonias, velatorios o gimnasios.
En el nivel de riesgo alto, se establece un máximo de seis personas en reuniones sociales y de cuatro cuando el riesgo es extremo.
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