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Estas son los 7 situaciones en las que está prohibido adelantar... aunque no haya ninguna señal que lo indique

Incumplir alguno de los preceptos del Código de Circulación sobre adelantamientos nos puede costar una multa de 200 euros

La DGT ha recordado que no se puede realizar un adelantamiento en túneles de doble sentido | Fotografía de archivo
La DGT ha recordado que no se puede realizar un adelantamiento en túneles de doble sentido | Fotografía de archivolarazon

Muchas veces conducimos detrás de un vehículo que parece estar tomándose las cosas con calma, nos empezamos a impacientar y acabamos actuando de forma temeraria para poder dejarlo atrás de una vez por todas. Esta es una de las situaciones más comunes en las carreteras y -además- una de las más peligrosas. Por eso, vamos a repasar qué dice el Reglamento General de Circulación y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial sobre las situaciones y los lugares en las que esta maniobra puede realizarse:

No obedecer las normas expresadas en el Código de Circulación sobre los adelantamientos se considerará una infracción grave y la sanción que la acompaña será de 200 euros | Fuente: María José López / Europa Press
No obedecer las normas expresadas en el Código de Circulación sobre los adelantamientos se considerará una infracción grave y la sanción que la acompaña será de 200 euros | Fuente: María José López / Europa PressMaría José LópezEuropa Press

Normas generales

De acuerdo con la norma, un adelantamiento no es otra cosa que una maniobra que consiste en sobrepasar a otro vehículo que circula delante de nosotros, en el mismo sentido y a una velocidad inferior. Incumplir cualquiera de las siguientes reglas se considerará una infracción grave y la sanción que la acompaña será de 200 euros:

  • Siempre debemos marcar nuestro movimiento con el intermitente, para avisar a todos los vehículos de la vía de lo que estamos a punto de hacer.
  • No se puede sobrepasar la velocidad máxima de la vía para adelantar. Esta es una de las principales novedades de la nueva Ley de Tráfico,que prohíbe expresamente sobrepasar la velocidad de la vía en las carreteras secundarias... aunque para adelantar. Son muchos los colectivos que se han quejado de esta medida. Aunque la DGT ya ha avisado que reconsiderará la norma el año que viene.
  • Si el vehículo que nos precede ha indicado su intención de desplazarse al carril que queremos ocupar, es él quien tiene preferencia. Y no podremos iniciar la maniobra hasta que él haya finalizado la suya.
  • Está completamente prohibido adelantar varios vehículos a la vez si no se tiene la certeza de que se puede regresar al lado derecho con seguridad.
  • Durante el adelantamiento no se puede invadir el arcén.

¿Se puede adelantar por la derecha?

El adelantamiento se debe realizar por el lado izquierdo del vehículo que se va a adelantar. Aunque -de forma excepcional- se puede adelantar por la derecha si el conductor del vehículo que nos precede expresa su intención de parar o de girar hacia la izquierda. También esta permitido si circulamos en vías de doble sentido y existe una vía central de tranvía. En este caso, si queremos adelantar, tendremos que hacerlo obligatoriamente por la derecha. Y por último, en las vías dentro de poblado que tengan al menos dos carriles del mismo sentido. En esta situación también se permite realizar el adelantamiento por la derecha. Eso sí, una vez que el conductor se haya cerciorado de que puede hacerlo sin peligro.

7 casos en los que está prohibido adelantar

Otra precaución que también debemos tener en cuenta es que solo se puede adelantar en los tramos en los que está permitido y cuando exista visibilidad suficiente como para poder realizar la maniobra con seguridad. La DGT ha elaborado un listado con el que pretende aclarar a todos los conductores cuáles son las situaciones en las que no se puede adelantar -incluso- cuando no haya una señal de tráfico que lo indique expresamente:

Imagen proporcionada por la DGT en Twitter
Imagen proporcionada por la DGT en Twitterlarazon
  • Curvas sin visibilidad. El trazado de la vía no permite al conductor ver quién viene de frente. Por lo que es algo que está terminantemente prohibido
  • Detrás de un camión que adelanta. El vehículo voluminoso dificulta la visión al conductor que adelanta y no está permitido usarlo de “escudo”.
  • Cambios de rasante sin visibilidad. La doble pendiente de la carretera impide ver a los vehículos que vienen del sentido contrario.
  • Pasos a nivel y alrededores. El vehículo adelantado disminuye la visibilidad laboral.
  • Intersecciones y proximidades. El que adelanta no puede ver los vehículos que se acercan por su derecha.
  • Pasos para peatones. Mientras adelanta, no puede ver al peatón que cruza.
  • En túneles. Con un solo carril para el que pretende adelantar. Tiene que invadir el sentido contrario.