Tribunales
El Constitucional rechaza dejar en pausa la expulsión de Teresa Rodríguez y otros ocho ex diputados de Adelante
Deniega suspender de modo cautelar los acuerdos de la Mesa del Parlamento andaluz
“No cabe entender que la eventual concesión del amparo en relación con el acuerdo de su baja en el grupo parlamentario al que pertenecían pierda su finalidad si no se suspenden los acuerdos impugnados que tienen por contenido derechos parlamentarios”. Es un extracto del auto del Tribunal Constitucional (TC) que explica la decisión tomada por éste en relación a la salida de los nueve diputados de Adelante Andalucía que ahora son no adscritos, incluida la de quien fuera su presidenta, Teresa Rodríguez. Éstos pidieron que quedara en pausa lo marcado por la Mesa de la Cámara autonómica en relación a su expulsión como medida cautelar a través de un recurso de amparo, pero el alto tribunal ha concluido que “no resulta procedente” su demanda y ha acordado denegar la suspensión de dos acuerdos del órgano de gobierno del Parlamento, uno del 18 de noviembre de 2020, por el que se convirtieron en diputados no adscritos, y otro del día 25 del mismo mes, gracias al que se rechazaron los recursos de reposición planteados por los ex miembros del grupo de Adelante.
Con todo, la Sala Primera del Constitucional deja constancia en su resolución, consultada por LA RAZÓN, de que es consciente de “la preclusividad que comporta en los asuntos de origen parlamentario el final, natural o provocado, de la legislatura” y , por ello, entiende “conveniente” apuntar que “el hecho de que el presente recurso de amparo sea instado por quienes están investidos por el voto popular y ejercen la esencial función representativa de los ciudadanos, aconseja reducir al máximo posible la eventual afectación de sus derechos y, consiguientemente, adelantar, en cuanto sea compatible con la tramitación procesal, el momento de dictar sentencia”. Ello como respuesta a que Rodríguez y sus compañeros de bancada solicitaron en su demanda “la pronta resolución del recurso de amparo”. Su objetivo es ser readmitidos en el grupo que abandonaron y que se les restituyan la totalidad de sus derechos lo antes posible.
Antes de que el TC se pronunciara, la Fiscalía había advertido en un escrito de que no consideraba “debidamente acreditado” el que las efectividad de los acuerdos de la Cámara, les causara un “perjuicio irreparable” en cuanto que hicieran “perder al amparo toda efectividad para el restablecimiento del derecho fundamental” que invocaron. A ello, el Ministerio Fiscal engarzó que decir “sí” a lo pretendido por los parlamentarios supondría anticipar el examen y la resolución sobre si ha habido o no quebranto de su derecho fundamental al ejercicio del cargo parlamentario en condiciones de igualdad.
La marcha de Rodríguez y sus afines fue respaldada, a propuesta de IU y Podemos, con los votos a favor de Adelante, PSOE, PP y Ciudadanos, más la abstención de Vox. Provocó además que la Cámara andaluza se convirtiera en la primera del país en incluir en su Reglamento la III Adenda al Pacto Antitransfuguismo suscrito por la mayoría de los partidos a nivel nacional, del que se han desligado recientemente los populares.
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