Tribunales
Una mujer que se cayó en un autobús de Sevilla será indemnizada con casi 70.000 euros
El conductor perdió el control del vehículo al reventar un neumático
La Audiencia de Sevilla ha condenado a la compañía aseguradora de la sociedad Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam), perteneciente al Ayuntamiento hispalense, a indemnizar con 69.056,8 euros a una mujer que sufrió una caída cuando viajaba en un autobús de dicha entidad y el mismo tuvo un incidente al reventar uno de sus neumáticos, padeciendo esta persona una rotura del manguito rotador del tendón supraespinoso de un hombro al confluir el accidente y “los antecedentes patológicos degenerativos que en dicha articulación venía sufriendo desde hacía varios años”.
En una sentencia emitida el pasado 30 de julio y recogida por Europa Press, la Sección Sexta de la Audiencia aborda un litigio promovido por una mujer que el 27 de abril de 2015 viajaba en un autobús articulado de Tussam, sufriendo esta pasajera una caída al reventar un neumático y perder el conductor el control del vehículo.
La mujer reclamaba una indemnización por “los 441 días que afirma que tardó en curar, todos ellos impeditivos para sus tareas habituales”, así como por “las secuelas concurrentes y el perjuicio estético”, alegando que “por el Instituto Nacional de Seguridad Social le fue reconocida una situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de limpiadora”, reclamando “la suma de 81.483,27 euros” y, subsidiariamente, “la indemnización correspondiente a una incapacidad permanente parcial de 100%, alcanzando todos los referidos conceptos la suma de 138.113,60 euros”.
Ante la demanda inicial de esta mujer, el Juzgado de Primera Instancia número dos “consideró que la elevada suma reclamada derivaba o derivaría de la acreditación de un nexo causal entre el accidente y una patología del hombro derecho consistente en la rotura del tendón del supraespinoso derecho”, relación causal que “no aprecia” el juzgado “porque considera tiene su origen en un proceso degenerativo de varios años de evolución”, por lo que sólo estimó parcialmente la demanda por las restantes lesiones, condenando a Mapfre como empresa aseguradora de Tussam a indemnizar a esta viajera con 1.799 euros.
Tras analizar el asunto, la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla ve probado que al día siguiente del accidente, a la mujer “se le practicó una prueba sobre el hombro derecho que determinó la existencia de una rotura del manguito rotador del tendón supraespinoso”, concluyendo que “en dicha rotura contribuyó causalmente no solamente el siniestro, sino los antecedentes patológicos degenerativos que en dicha articulación venía sufriendo desde hacía varios años” esta persona.
“La incapacitación permanente total lo es sólo en el ámbito laboral para su actividad profesional de limpiadora, pero que le deja un amplio margen de actuación en la vida cotidiana que no resulta incompatible con la lesión y las secuelas derivadas de la misma. Esta circunstancia, unida a la anterior patología concurrente que se ha mencionado, permite reducir la consecuencia indemnizatoria en un porcentaje que tprudencialmente este tribunal estima en un 50%, todo lo cual conduce a la estimación parcial del recurso de apelación y también a la estimación parcial de la pretensión accionada”, determina la Audiencia, revocando parcialmente la sentencia inicial “en el sólo sentido de estimar como importe de la condena la suma de 69.056,8 euros”.
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