
Tribunales
El "caso ERE" o el cuento de nunca acabar: un imputado se enfrenta a casi todas las piezas separadas
El exdirector de Trabajo Rivera alega una "insoportable exasperación de banquillo" ante 60 piezas de los ERE

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha iniciado este lunes un nuevo juicio contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera, por las ayudas autonómicas concedidas en 2010 a la empresa malagueña Fabricantes de Encimeras para Europa con cargo al mecanismo de financiación autonómica de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos; avisando su defensa de que Rivera sufre una "insoportable exasperación de banquillo" por el "disparate procesal" derivado de su exclusión de la pieza principal del caso, pero su inclusión en unas "60 piezas separadas" por las órdenes de pago que firmó.
En concreto, en esta pieza separada de los ERE figuraban como encartados Daniel Rivera y el empresario C.M.C. como responsable de la entidad beneficiaria de las ayudas investigadas, si bien al comenzar el juicio ha sido puesto de relieve que la causa ha sido sobreseída respecto a C.M.C., bajo la premisa de que habría quedado acreditado que no se reunió con Rivera ni con su antecesor en la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, Juan Márquez, ni conocía las ilegalidades implícitas en la concesión de estas subvenciones.
En el juicio, durante la fase de cuestiones previas, la abogada defensora de Rivera ha lamentado una vez más que tras la exclusión de su cliente de la pieza principal del "procedimiento específico" de financiación de los ERE fraudulentos y ayudas arbitrarias, o sea la causa troncal de este macro caso; Daniel Alberto Rivera afronte su inculpación en unas "60 piezas separadas" correspondientes a las órdenes de pago que firmó merced a las ayudas en cuestión financiadas con cargo a dicho mecanismo de financiación, con peticiones de pena de una media de entre cuatro y seis años de cárcel, lo que suma a unas solicitudes de condena que podrían llegar a unos "250 o 300 años" de prisión.
"LOS MISMOS HECHOS" QUE EL "PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO"
Ello, cuando según ha asegurado, "estos mismos hechos" abordados en esta pieza separada y también de las demás estarían abarcados por la mencionada causa del "procedimiento específico" de financiación de los ERE, extremo por el que ha solicitado la nulidad de las actuaciones, bajo la premisa de que Rivera fue excluido de dicha pieza troncal o principal de este macro caso.
Esta situación, según ha insistido una vez más la abogada defensora de Rivera, supone un "palmario trato desigual y discriminatorio" de este encausado con relación a otros acusados de la pieza principal o "procedimiento específico" de los ERE, quienes están siendo "sistemáticamente excluidos" de las piezas separadas sobre las diferentes subvenciones alimentadas mediante dicho mecanismo; por el principio de 'non bis in idem', que impide sancionar penalmente un mismo sujeto respecto a un mismo hecho o comportamiento ya juzgado.
Frente a ello, como ha reiterado, Daniel Alberto Rivera afronta "más de 60" juicios por piezas separadas relativas a subvenciones en las que pesan órdenes de pago firmadas por él, con la paradoja además, como ha señalado, de que en este caso de las ayudas a la empresa Fabricantes de Encimeras para Europa, fue precisamente Juan Márquez, sobre el que pesa una condena a tres años de cárcel por el "procedimiento específico" de financiación de los ERE; quien autorizó la concesión de los fondos en marzo de 2010 y Rivera se limitó a firmar la "primera orden de pago" tras asumir en abril de ese año la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social.
LA COMPARATIVA CON JUAN MÁRQUEZ
De este modo, la abogada defensora de Daniel Alberto Rivera ha planteado que mientras Juan Márquez está relacionado con la gestión de un "montante" de más de 80 millones de euros de los fondos de los ERE y Rivera está vinculado con unos 54 millones de euros, siendo por cierto la persona que "cortó los pagos y ordenó revisar de oficio" las ayudas al ser detectadas las "irregularidades"; el primero afrontó una petición inicial de condena de "seis años" de cárcel mientras Rivera tiene ante sí unas 60 piezas separadas por las que podría ser condenado a "entre 250 y 300 años de cárcel", pese a tratarse de "una gestión muy similar" a la de Márquez.
Juan Márquez, recordémoslo, fue no obstante juzgado y condenado por la pieza relativa a las subvenciones autonómicas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco) junto con el exconsejero socialista de Empleo Antonio Fernández; si bien finalmente el Tribunal Supremo admitió sus recursos de casación y declaró la absolución de ambos en dicha pieza separada, reconociendo que respecto a estos dos exaltos cargos de la Junta, "los hechos objeto de la presente pieza de Acyco se encuentran incluidos en el objeto de la pieza del procedimiento específico".
TODO UN "DISPARATE PROCESAL"
De este modo, la abogada defensora del exdirector general de Trabajo ha remarcado la "insoportable exasperación de banquillo" que sufre Daniel Alberto Rivera por el "disparate procesal" derivado de su exclusión en la causa principal del "procedimiento específico" de los ERE, pero para mantener en su contra juicios por las mencionadas "60 piezas separadas" en las que figura como investigado; fruto de un "trato distinto, discriminatorio y perjudicial".
La Fiscalía y el resto de las acusaciones, que son la Junta de Andalucía y el PP andaluz, se han opuesto a las cuestiones previas planteadas por la defensa de Rivera, negando que el enjuiciamiento de los fondos autonómicos abonados a esta empresa malagueña incurra en una identidad de hechos con relación al "procedimiento específico", con lo que han descartado cualquier infracción del principio "non bis in idem".
El tribunal de la Sección Cuarta de la Audiencia ha anunciado que durante la siguiente sesión del juicio prevista para este martes anticipará su pronunciamiento sobre las cuestiones previas de la defensa, accediendo a la petición de que Daniel Alberto Rivera declare tras la celebración de las pruebas testificales y periciales, o sea al final del juicio.
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