Tribunales

Ordenan que los médicos informen si un condenado por los ERE puede ser tratado en prisión

El exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá padece una enfermedad muy grave con padecimientos incurables

El ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá ha sido condenado a 7 años y 1 día de prisión, e inhabilitación absoluta de 18 años y un día.
El exviceconsejero de Empleo Agustín BarberáManuel OlmedoLa Razón

La Audiencia de Sevilla ha ordenado recabar un informe de los servicios médicos sobre si el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá, condenado por los ERE falsos, puede recibir tratamiento en prisión ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por el exalto cargo socialista para eludir entrar en la cárcel. De esta forma se pronuncia la Sección Primera de la Audiencia provincial mediante una providencia emitida el pasado lunes, con lo que accede a una petición de la Fiscalía Anticorrupción, según ha informado el TSJA..

La Fiscalía Anticorrupción elevó hace unas fechas un escrito a la Audiencia sobre la situación de Barberá, condenado a siete años y un día de prisión, y a 18 años y un día de inhabilitación absoluta, por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno continuado de malversación. La Sección Primera de la Audiencia Provincial decidió el pasado 22 de diciembre habilitar un plazo de ingreso voluntario en prisión para los exdirigentes de la Junta de Andalucía condenados a cárcel por este asunto, entre ellos el expresidente socialista José Antonio Griñán, pero hizo una excepción en el caso de Barberá accediendo a suspender provisionalmente su ingreso en prisión.

El motivo fue esperar que el Ministerio de Justicia resolviese las peticiones de indulto y de que el Supremo se pronunciase respecto a sus incidentes de nulidad contra la sentencia de dicha instancia sobre los recursos de casación. La defensa de Barberá basa su petición en el artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables. La Audiencia emitió posteriormente una providencia para que la Fiscalía y la acusación particular -que ejerce el PP- se pronunciasen sobre la solicitud de suspensión de ejecución de la pena en el caso de Barberá, tras haber recibido el informe forense solicitado, al alegar Barberá que sufre una enfermedad muy grave con padecimientos incurables. Anticorrupción señaló el 27 de febrero que una vez conocido el informe del Instituto de Medicina Legal, Servicio de clínica forense de Cádiz el 17 de febrero, es necesario un informe de los servicios médicos de la prisión conforme a la "experiencia" de internos con padecimientos similares para que Barberá pueda ser tratado en el centro penitenciario.