El análisis

Primera condena por los enchufes del PSOE en la Faffe

La sentencia es recurrible, pero señala una vía para otros casos que están judicializados y que afectan al Gobierno de España

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Imagen de una manifestaciónlarazon

La justicia tiene sus plazos que muchas veces no coinciden con la velocidad a la que los asuntos saltan a la opinión pública. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres años y seis meses de cárcel al ex director general técnico de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén, por la contratación «ilegal» y «absolutamente irregular» del exalcalde de Lebrija (Sevilla) Antonio Torres. El fichaje se sustentó únicamente en su «voluntad, amistad y afinidad política», de manera que éste último percibió un total de 359.973,51 euros tras ser contratado en la empresa público pese a que «no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno».

La sentencia es la primera de este tipo que afecta a la Faffe, que durante años sirvió para «colocar» a personas vinculadas al PSOE, asunto que se encuentra judicializado –un auto las cifraba en 80 las contrataciones investigadas entre altos cargos, cargos intermedios y afiliados y militantes y familiares de cargos socialistas de Andalucía recordó ayer el portavoz del PP-A, Toni Martín–. En la sentencia, notificada ayer a las partes, el tribunal considera que Villén es responsable de un delito de malversación de caudales públicos, y además de la pena de cárcel le añade siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo en ambos delitos la atenuante simple de dilaciones indebidas.

En el caso del exprimer edil de Lebrija, la condena es de dos años y tres meses de cárcel y cuatro años de inhabilitación absoluta como cooperador necesario de un delito de malversación, y a cuatro años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, concurriendo igualmente en los dos delitos la atenuante simple de dilaciones indebidas. Además, los dos condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la Junta de Andalucía en la cantidad de 359.973,51 euros, que fue la cantidad percibida por el exalcalde desde su contratación hasta la extinción de la Faffe y una vez incorporado al Servicio Andaluz de Empleo (SAE), según establece la sentencia. Contra esta decisión cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Los magistrados consideran probado que, tras las elecciones municipales de 2003, el ex primer edil condenado perdió la Alcaldía de Lebrija después de 24 años en dicho cargo, acudiendo «directamente» a Fernando Villén «pidiendo trabajo», solicitud que consiguió. El siguiente paso fue crear un puesto a su medida, en este caso, la excusa fue «lograr fondos y financiación de distintas administraciones para la Faffe», argumento que el tribunal considera «innecesario, pues la Faffe venía siendo financiada con numerosas subvenciones a la formación con una ingente cantidad de dinero público».

La Sección Tercera de la Audiencia añade, además, que «no consta» que el ex alcalde «se encargara en ningún momento de este aspecto financiero, tampoco que tuviera aptitudes para asumir y desempeñar las funciones correspondientes a esas funciones», que «exigió que desde el primer momento se le hiciera fijo» y que «impuso sus condiciones salariales».

El fallo apunta que «como el organigrama administrativo de la Fundación no contemplaba puesto» para el ex alcalde socialista, se creó uno «ad hoc, que denominó de modo grandilocuente Dirección de Relaciones Externas». Los magistrados, en un texto que recuerda a otros casos judicializados de plena actualidad como la presunta contratación irregular del hermano del presidente del Gobierno en Extremadura, concluyen que se creó para Torres «un departamento inexistente, que no tiene sede, carece de despacho o sede física ni personal adscrito», y que, de hecho, el acusado «no acudía a la sede de la Fundación ni desempeñaba trabajo alguno».

Los magistrados dan por hecho que el ex alcalde de Lebrija «nunca se integró en el Comité Directivo ni en la estructura orgánica de la Fundación, no acudió a ninguna de sus sesiones, no acudía a trabajar a la sede de la Fundación, al punto que era desconocido por otros trabajadores y directivos».

El dirigente socialista fue contratado el 1 de julio de 2003 con un contrato de duración temporal, prorrogado y convertido en indefinido con fecha de efecto 1 de diciembre de 2004 como directivo, con una retribución de más de 40.000 euros anuales. Estuvo de alta como empleado en la Faffe hasta su extinción y su integración (3 de mayo de 2011) en el SAE.

«Los escasos trabajos –reducidos a contactar con algún político o autoridad en diez años que desempeñó las funciones, hasta que el personal de la Faffe fue integrado en el SAE y sus relaciones jurídicas se subrogaron en las mismas– los hizo siempre desde su domicilio y con medios propios, ordenador y cuenta de correo genérica y gratuita, tipo hotmail o gmail», argumentan en la sentencia.

Por todo ello, exponen que «la contratación es ilegal», «grosera» y «con la voluntad de apartarse de los principios de mérito y capacidad». «Esta forma de contratar por la administración pública es ilegal», lamentan. «No fue a trabajar pero recibió el dinero», y se aprovecharon «de su cercanía personal o política» para «detraer fondos públicos en su propio beneficio».