Tribunales

Un año y ocho meses de cárcel por abusar sexualmente de una menor

La Audiencia de Zamora inhabilita también al acusado durante cinco años para cualquier profesión y oficio que implique contacto regular y directo con menores

Audiencia Provincial de Zamora
Audiencia Provincial de ZamoralarazonLa Razón

Veinte meses. O lo que es lo mismo, un año y ocho meses. Esta es la condena que le ha caído a un hombre de 34 años por abusar sexualmente de una menor en Zamora según la sentencia de la Audiencia Provincial.

Una resolución en la que se explica que el acusado conoció en un bar a dos menores de quince años ya una mayor de edad, a las que se acercó y, a pesar de conocer la edad de las dos primeras, les “ofreció porros, aceptando estas en algunas ocasiones”.

También expone que en otro encuentro, les propuso ir con él a una bodega de su propiedad y las jóvenes accedieron a ir con él, y que en una de las ocasiones, el acusado hizo varios tocamientos a una de ellas.

La Audiencia de Zamora igualmente inhabilita al acusado durante cinco años para cualquier profesión y oficio que implique contacto regular y directo con menores y se le imponen las costas procesales además de prohibirle acercarse a la víctima a menos de doscientos metros, acudir a su domicilio o lugar frecuentado por ella ni a comunicarse por medios telemáticos ni por redes sociales durante dos años. También, el juez le impone el pago de las costas del proceso judicial.

Además, condena al acusado, que estuvo en prisión provisional por su dependencia de la marihuana, a diez meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio activo y multa de 200 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de quince días de cárcel, por un delito de tráfico de sustancias estupefacientes.

Guardia civil absuelto

Por otro lado, la Audiencia Provincial de Zamora absolvió a un guardia civil que fue acusado de cuatro delitos de agresión sexual con intimidación a una niña de nueve años en una casa cuartel.

El acusado, sin antecedentes penales y con domicilio en el cuartel de la Benemérita, donde desempeñaba su cometido en el puesto de puertas, era amigo y compañero de trabajo del abuelo de la niña presuntamente agredida.

El hombre fue acusado de invitar a subir a su casa a la niña,cuando esta se encontraba sola en el patio del cuartel, en cuatro ocasiones durante el mes de junio de 2019 y de amenazarla con “matar a sus abuelos” si no accedía a hacerle una felación, informan fuentes del TSJCyL.

La sentencia absolutoria alude a las dudas sobre que el testimonio de la menor “cumpla los criterios de verosimilitud y persistencia”, aunque considera que el contenido de la denuncia es coincidente con la declaración prestada en la instrucción en cuanto al núcleo esencial de los hechos.

“Se olvida de datos esenciales entre ambas declaraciones. Hay contradicciones en algunos datos y falta de corroboración de datos periféricos importantes”, según apunta el texto, en alusión a los días concretos en los que se produjeron los presuntos delitos, ya que en dos de esas jornadas el acusado estaba de servicio, y que se precisó todos ellos se habían perpetrado por la tarde.

En este contexto, la sentencia apunta que “ninguno” de los testigos cuyas declaraciones fueron analizadas corroboran el testimonio y considera “extraño” que la niña no recordara un determinado “hecho relevante que se sucedió cuatro veces en pocos días”.

Por otra parte, varios testigos, entre los que se encontraban un guardia civil, un profesor y la directora del colego y sus dos abuelas, reconocieron que “la niña mentía pero no solo sobre hechos intrascendentes y nimios, sino sobre hechos graves, como el que motivó la apertura de un expediente disciplinario a un profesor que se archivó porque llegaron a la conclusión de que el objeto de la denuncia era mentira”.

Por último, el comportamiento de la menor hizo “dudar de la verosimilitud” de su declaración, ya que es “extraño y poco lógico” que continuará subiendo a la casa, pese a lo presuntamente sucedido tras la primera vez. “Las testificales practicadas revelan que es una niña rebelde y dominante, parece un carácter incompatible con la sumisión a los deseos del acusado”, según recoge el texto,

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.