Sociedad

A qué multa se expone el que recoge y vende setas de manera ilegal

No cumplir la normativa en Castilla y León puede salir muy caro y varía en función de la gravedad de las infracciones que se cometan

Un hombre recoge setas de cardo en una zona cercana a Husillos (Palencia)
Un hombre recoge setas de cardo en una zona cercana a Husillos (Palencia)BrágimoIcal

Con el avance del otoño pero, sobre todo, con la aparición de las primeras lluvias dignas como tal, ya que de momento esta estación está resultando un tanto seca, los recolectores de setas confían en hacer su particular agosto. Los productos micológicos son la estrella del momento, y los que se dedican a este sector, regulado desde hace algo más de quince años en la Comunidad para evitar que se haga daño al Medio Ambiente y también a la economía de las zonas en las que se encuentran estas setas y estos hongos, ya se frotan las manos.

Pero, como todo en la vida, el mal existe, y son muchos también los que quieren aprovecharse y sacar tajada de forma ilegal en los mercados negros sin control sanitario, o de forma individual vendiendo el producto a hosteleros sin escrúpulos, lo que supone un problema añadido por cuanto muchos de estos recolectores carecen de experiencia y ponen en peligro al producto y a los ecosistemas en donde se encuentran

En Castilla y León, donde los productos micológicos son fundamentales para el desarrollo económico y social de muchos municipios del medio rural, la recogida y venta de setas y hongos está regulada a través de la Ley de Montes y de un decreto por el que se regula el recurso micológico silvestre en Castilla y León, en cuya elaboración han trabajado las consejerías de Fomento y Medio Ambiente, Agricultura y Ganadería, Sanidad y Cultura y Turismo, y que recoge una serie de medidas básicas que afectan a la conservación, la gestión y el aprovechamiento sostenible del recurso micológico. Una norma que también reconoce que el aprovechamiento corresponde a los propietarios y titulares de los montes, regula los parques micológicos y la comercialización de las setas silvestres para fines alimentarios y, además, fomenta la promoción turística.

Exposición de setas y hongos recogidos por vecinos de Quintanilla de Arriba, en Valladolid, durante una jornada micológica
Exposición de setas y hongos recogidos por vecinos de Quintanilla de Arriba, en Valladolid, durante una jornada micológicaRodrigo OrtegaLa Razón

El texto distingue entre setas silvestres recolectables y no recolectables y define cuales son las prácticas que están prohibidas, entre las que se encuentra la de recolectar de noche o utilizar rastrillos. Igualmente, incluye el decreto lo que son prácticas obligatorias, como dejar el terreno en condiciones originales y la utilización de recipientes porosos; e incluye también la posibilidad de disponer de autorizaciones para fines científicos o didácticos.

Los propietarios y titulares de los montes son los dueños de las setas que en ellos se produzcan y podrán establecer diferentes regímenes de aprovechamiento, ya sea el regulado, que se basa en el establecimiento de acotados y la expedición de permisos de recolección para terceras personas, o el reservado, que implica que el propietario se reserva para sí en exclusiva el derecho de aprovechamiento.

En ambos casos el monte debe estar señalizado. Si los propietarios no establecen ningún tipo de señalización en contra y se trata de terrenos no cercados se entiende que consienten con el aprovechamiento episódico de terceras personas, que tiene un límite de tres kilogramos al día.

La normativa regula también los parques micológicos, para superficies superiores a 10.000 hectáreas e integrados por terrenos de diferentes titulares con una única entidad que responsabilice de su gestión micológica. Requerirán, entre otros, permisos de acceso público, la elaboración de un plan de aprovechamiento y gestión de base científica.

La Ley establece que el producto micológico recogido y destinado al consumo alimentario solo puede realizarse cuando se cumplan determinadas disposiciones que garanticen la seguridad alimentaria, con la prohibición expresa del suministro directo entre el recolector yel consumidor, aunque sí está permitida la venta en pequeñas cantidades a establecimientos comerciales y restaurantes.

Control de la Guardia Civil de Soria en una carretera soriana para hacer frente a la recogida ilegal de setas
Control de la Guardia Civil de Soria en una carretera soriana para hacer frente a la recogida ilegal de setasGuardia Civil SoriaLa Razón

Infracciones

Dicho esto, ¿A qué se expone cualquier persona que se dedique a la recogida y venta ilegal de setas?

Pues no cumplir la normativa puede salir muy caro y varía en función de la gravedad de las infracciones que se cometan. Así, las sanciones oscilan entre los cien y mil euros para infracciones consideradas como leves, de entre mil y cien mil euros para aquellos casos graves y de entre 100.000 euros y un millón para los casos muy graves.

El régimen de infracciones y sanciones es el previsto en la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León, en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León y en la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.

A la hora de sancionar, se tiene en cuenta la situación de riesgo para las personas y los bienes, además de la ostentación de cargo o función que obliguen a velar por el cumplimiento de esta Ley. Si ha existido una colaboración en la disminución de los efectos o, por el contrario, ha habido elusión o entorpecimiento de la vigilancia y control además de desobediencia. Igualmente, se evalúa si ha habido o no ánimo de lucro y beneficio económico obtenido, así como el grado de culpabilidad, la reincidencia o la importancia y naturaleza de los daños causados.

Entre las infracciones se encuentran las siguientes:

  • -La recolección en montes catalogados no acotados de cuantías superiores al límite de la recolección episódica sin contar con licencia de aprovechamiento.
  • -También esta prohibida la recogida de cualquier cuantía de setas silvestres en montes catalogados acotados sin contar con licencia de aprovechamiento.
  • -Y, de la misma forma, se considera ilegal la recolección de setas silvestres en cualquier tipo de terrenos incumpliendo las prescripciones de recolección previstas en este decreto, así como la recogida en montes que son catalogados incumpliendo los pliegos de prescripciones técnico-facultativas del aprovechamiento.
  • La apropiación o usurpación de la superficie de los montes públicos.
  • La destrucción, deterioro o daño de las construcciones e infraestructuras destinadas al servicio del monte público en el que se ubican.
  • La corta, desenraizamiento, arranqueo cualquier otra actuación sin autorización sobre ejemplares arbóreos de especies forestales.
  • El incumplimiento de la obligación de regeneración en cortas a hecho y aclareos intensos.

Y entre las más graves se encuentran estas:

-Cuando los hechos constitutivos de la infracción hayan causado al monte daños con unos costes de reposición iguales o superiores a un millón de euros o cuyo plazo de reparación o restauración sea superior a 10 años.

-Cuando la alteración de señales y mojones impida la determinación sobre el terreno de los lindes legalmente establecidos.

-La reincidencia, entendiendo por ésta que el infractor haya cometido una infracción leve, grave o muy grave en el plazo de un año si es leve, dos años si es grave y cinco años si es muy grave, contados desde que recaiga la resolución sancionadora firme.

-Cuando los hechos constitutivos de la infracción hayan causado al monte daños con unos costes de reposición iguales o superiores a 10.000 euros e inferiores a un millón de euros o cuyo plazo de reparación o restauración sea inferior a 10 años y superior a seis meses.

El responsable del daño causado deberá repararlo realizando las acciones necesarias para la restauración del monte en el menor tiempo, cuando ello sea posible. A los efectos de esta Ley, se entiende por restauración el retorno del monte a su estado anterior al daño, y por reparación, las medidas que se adoptan para lograr su restauración.

Un hombre recoge setas en los Montes de Soria
Un hombre recoge setas en los Montes de SoriaIcal

Trabajo de campo y en carretera

Estos días, ya sea por parte de la Guardia Civil como de los agentes medio ambientales de la Junta, que también patean los montes, los controles se intensifican tanto en el terreno buscando e identificando a todo aquél que se vea merodeando y con cestas como en la carretera mediante controles específicos en puntos que se consideran calientes porque son paso hacia lugares donde se encuentran los mercados mayoristas, para comprobar que todo el mundo que viene, sobre todo los foráneos, se han sacado su licencia recreativa y que están haciendo la recogida de los recursos micológicos con la total legalidad.

Los agentes peinan los montes ya sea con los vehículos todoterreno de que disponen o andando. Y a las personas que se encuentran les piden la documentación, en este caso las autorizaciones, que pueden ser diarias, de temporada o especiales, para parques micológico o acotados, se pueden solicitar por interne, varían según la zona y son de varios tipos:

  • Recreativa, que permite recolectar hasta cinco kilos al día
  • Comercial, que posibilita recoger hasta 50 kilos cada día y es más cara
  • Operador, que es la persona que compra esas setas y está obligada a asegurar una trazabilidad del producto escribiendo facturas y apuntando números en un libro registro todas las personas que van a venderle as setas.
Control en una carretera de Soria para intentar atrapar a quienes recogen setas de forma ilegal
Control en una carretera de Soria para intentar atrapar a quienes recogen setas de forma ilegalSeprona SoriaLa Razón

Los agentes acuden muchas veces a requerimientos de los vecinos o de los propietarios de los cotos que son quienes les dicen que han visto a personas que no son del pueblo merodeando por el monte y que convendría comprobarlo porque van doce, quince o veinte montados en varios vehículos que aparcan por esos lugares para dedicarse a peinar la zona de forma sistemática.

Los controles en las carreteras es otra de las formas que tiene la Guardia Civil para hacer frente a la recogida y venta ilegal de setas. En los últimos años, la Junta de Castilla y León ha elaborado una legislación propia, que lo que permite es incautar, a partir de ciertas cantidades que excedan los permisos micológicos, el transporte de vehículos. Así, una persona, aunque no se sepa de que coto viene exactamente, solo por el simple hecho de transportar más de diez kilos de productos micológicos, hace suponer que esa persona los ha cogido de forma irregular si no presenta ningún tipo de documentación aunque además debe respetar los márgenes de su licencia. Y es que, por ejemplo, si esa persona a la que se ha parado e identificado tiene una licencia, aunque sea comercial, no puede superar los 50 kilos al día.

La Guardia Civil, además, ya sea por la propia necesidad del transporte del producto, por evitar que el delito se siga cometiendo y asegurar las responsabilidades pecuniarias que puedan derivarse por parte de la Junta así como para que se asegure el pago de la multa, lo que hace en estos casos es incautar directamente el vehículo, ya que muchos vehículos son extranjeros y sus propietarios no pueden acreditar solvencia en España.

La Ley establece que los agentes de la autoridad ambiental que conozcan de una actuación ilícita en relación con la recolección o comercialización de setas silvestres podrán, antes de la iniciación de un procedimiento sancionador, acordar medidas provisionales, entre otras la incautación de los productos resultantes de la infracción cometida, así como de los útiles o medios empleados, incluidos los vehículos o medios de transporte.

Además, las consejerías competentes en materia de patrimonio natural y de montes, durante la tramitación de los correspondientes expedientes sancionadores, podrán acordar el decomiso de los productos o elementos naturales ilegalmente obtenidos, así como los medios utilizados para su obtención, además de inmovilizar las mercancías, intervenir los medios materiales, ordenar la retirada del mercado y, en su caso la destrucción de un producto micológico.

Si bien, en en el tiempo que se sustancia el expediente sancionador, el producto queda retenido de tal manera que si se reconoce su procedencia y está clara la trazabilidad, la Junta de Castilla y León, en un momento dado, puede reintegrar las setas y los hongos retenidos al mercado legal y usar los fondos para esos fines.

Niscalo comestible
Niscalo comestibleLa RazónLa Razón

Los agentes medioambientales de la Junta, por su parte, centran su trabajo fundamentalmente en el control de la recolección de los montes, así como de las malas prácticas utilizadas para aprovechar el recurso micológico. La apertura de expedientes sancionadores por el incumplimiento de la normativa recolectora corresponde al Servicio Territorial de Medio Ambiente.

Una vez recogidas, y tras su oportuna inspección por expertos que comprueban su idoneidad para la comercialización, las setas se intentan posicionar en el mercado, teniendo en cuenta que es un producto perecedero, a través de las empresas de comercialización legalmente establecidas. Los beneficios generados con la venta del producto decomisado se reintegran a los propietarios de los montes