TSJC
Este es el artículo 25.4 que puede apear ya a Borràs de la presidencia del Parlament
¿Qué dice el reglamento? La oposición pide aplicarlo y suspender a la dirigente en cuanto se abra juicio oral después de que el TSJC la procese por cuatro delitos de corrupción
Cerco político y judicial a Laura Borràs. La presidenta del Parlament está a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados por cuatro delitos de corrupción -prevaricación, fraude administrativo, malversación de caudales y falsedad en documento mercantil- por la presunta adjudicación irregular de 18 contratos a un amigo suyo para favorecerle en su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes, organismo público dependiente de la Generalitat entre 2013 y 2018.
Un caso que puede dejar su carrera política al borde del abismo a corto plazo, incluso antes de que haya una hipotética condena que le lleve a la inhabilitación: la Fiscalía tiene ahora 10 días para presentar la acusación e informar de las penas de prisión e inhabilitación que solicita contra Laura Borràs, su amigo y otras dos personas investigadas.
Y aquí entra en juego el reglamento del Parlament y su artículo 25.4, que indica que la Mesa debe “acordar la suspensión de los derechos y deberes de los parlamentarios de forma inmediata” no cuando haya condena, sino cuando se decrete apertura de juicio oral –algo que puede hacer el TSJC tras la posición de la Fiscalía– y en caso de delitos asociados a la corrupción como los que se le imputan a Borràs. La propia dirigente maniobró hace unos meses para modificar este punto y se topó con el rechazo de todos los partidos, incluso de ERC y la CUP.
Un punto controvertido que ha sido noticia tras el auto de procesamiento del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra Laura Borràs emitido este lunes: la oposición en bloque pide aplicar el 25.4 y suspenderla de sus derechos como diputada -no perdería el acta, aunque sí la presidencia del Parlament al quedar temporalmente suspendida- una vez se abra juicio oral y Vox, Cs y PP incluso exigen que dimita ya, cuanto antes.
“Borràs no puede ser ni un minuto más la presidenta de este Parlament. Le pedimos que nos ahorre el bochorno a todos de ver sentada en el banquillo a la presidenta del Parlament y que dimita cuanto antes”, ha clamado la portavoz del PP, Lorena Roldán.
De hecho, la portavoz del PSC, Alícia Romero, ha recordad que el artículo en cuestión lo pactaron Junts pel Sí -coalición en la que entonces estaba integrado el espacio posconvergente- y la CUP en 2017 en el marco de la negociación sobre las leyes de ruptura. Y el 25.4 constata lo siguiente: “En los casos en que la acusación sea por delitos vinculados a la corrupción, la Mesa del Parlamento, una vez sea firme el auto de apertura del juicio oral y tenga conocimiento del mismo, debe acordar la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios de forma inmediata. Si se plantean dudas sobre el tipo de delito o sobre el régimen de incompatibilidades aplicable a lo largo de la suspensión, es necesario el dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados”.
Pero, ¿cuál sería el procedimiento si Borràs finalmente va a juicio? Los partidos esgrimen que de darse esta circunstancia la Mesa del Parlament -el órgano rector de la cámara- debería reunirse y validar su aplicación, tal como prevé el reglamento. En caso de dudas, se podría solicitar un informe a la comisión del estatuto del diputado, aunque desde las filas socialistas defienden que su articulado “es muy claro, totalmente claro”.
La duda sería entonces quién ocuparía la Presidencia y cómo se ejecutaría, algo que debería resolver también la Mesa, con mayoría independentistas. Y aquí entraría en juego el papel de ERC y la CUP, contrarios a las maniobras posconvergentes para reformar el reglamento y blindar a Borràs.
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