Sociedad

El TSJ anula la reducción de la renta por Dependencia aprobada por el Botànic

La patronal Aerte recurrió el decreto por discrimar a las personas mayores de 65 años

Residencia de tercera edad de Aravaca, Orpea, en la que ya se ha vacunado tanto los residentes como el personal que trabaja allí.
Residencia de tercera edadJesús G. FeriaLa Razon

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha anulado varias disposiciones del Decreto de Dependencia aprobado por el anterior Gobierno del Botànic, una de ellas la que establecía una reducción a 1.825 euros mensuales en la prestación de asistente personal de las personas mayores de 65 años.

La sentencia de la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TJSCV estima el recurso de la patronal de residencias Aerte al decreto de la Generalitat de agosto de 2022 que establecía el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas.

Según explica Aerte, se ha anulado "la discriminación de las personas mayores de 65 años en la prestación de asistente personal ya que establecía una reducción a 1.825 euros mensuales a partir de esa edad, mientras que las personas más jóvenes recibían 2.350 euros".

La sentencia indica: “la falta de una justificación razonable de la reducción implica su insostenibilidad jurídica y humana por lo que debe ser estimada la impugnación del recurrente”.

En concreto, el fallo señala que se declara nulo "en el Anexo III, el importe de la prestación de 1.825 euros de la prestación económica de asistencia personal de los Grados II y III a partir de las 120 horas para personas a partir de 65 años".

En otro punto, reconoce el carácter residencial de todas las viviendas de atención a salud mental y elimina la diferenciación que estableció la anterior Conselleria por "no tener fundamentación jurídica".

También reconoce la profesionalización de los servicios de atención a la dependencia al no permitir equiparar un curso de 50 horas para ser asistente personal a títulos oficiales.

Además, apuesta por la profesionalización de los servicios de atención a la dependencia al no permitir equiparar un curso de 50 horas para ser asistente personal, cuando estos deben contar con titulaciones oficiales tanto universitarias como de ciclos formativos, algo que recogía el decreto impugnado y que afectaba de manera directa la calidad del servicio ofrecido a la persona en situación de dependencia.

El presidente de Aerte, José María Toro, ha subrayado que desde agosto de 2022 insistieron en "las situaciones tan injustas que generaba este decreto para las personas usuarias de los servicios".

"Desde el Botànic se nos acusaba de estar mirando sólo por el interés económico de las entidades. Con esta sentencia ha quedado claro que el posicionamiento de Aerte no sólo era correcto, sino que velaba por las personas que atendemos”, ha concluido.