ERTE

El Gobierno deja sin cobrar el paro a miles de autónomos

Un “defecto” en la prórroga de los ERTE y la prestación por cese de actividad hasta enero de 2021 deja fuera a los trabajadores por cuenta propia que no se acogieron antes del 30 de junio

Un camarero recoge una mesa en un restaurante del barrio de la Barceloneta de Barcelona
Un camarero recoge una mesa en un restaurante del barrio de la Barceloneta de BarcelonaQuique GarciaAgencia EFE

Miles de trabajadores autónomos de toda España se están llevando una desagradable sorpresa desde julio: aunque solicitan el acceso a la prestación por cese de actividad, se les deniega sistemáticamente al haberse quedado completamente desamparados por el «escudo social» pregonado el Gobierno. Se trata de trabajadores por cuenta propia que han estado de baja por incapacidad laboral temporal (ILT), o bien porque sus actividades se han visto afectadas por los rebrotes, cierres, confinamientos y por la parálisis en la que han caído muchos sectores, vinculados sobre todo al ocio y la cultura, opor el simple hecho de haber sido madres o padres y disfrutar de los correspondientes permisos durante el gran cierre de la economía. Todo por no haber pedido la prestación antes del 30 de junio.

El Gobierno ofreció a los autónomos una prestación extraordinaria por cese de actividad con el primer Estado de Alarma. Todos aquellos trabajadores por cuenta propia que pidieran durante el mismo, es decir, hasta el 30 de junio, aunque el estado de alarma decayó el 21 de junio, quedaban cubiertos por el «paro de autónomos» como consecuencia del Covid-19. Debían tener cubierta la contingencia por cese de actividad, estar al corriente del pago de las cuotas o abonarlas y tener cotizado un periodo mínimo por cese de actividad de 12 meses continuados justo antes del cierre.

Sin embargo, con posterioridad a ese 30 de junio, miles de autónomos han quedado fuera de la prestación por cese de actividad por el simple hecho de no haberse acogido inicialmente. Mientras los autónomos que en periodos anteriores se beneficiaron de la prestación por cese de actividad están cobrando, en función de su base de cotización, ellos no tienen derecho.

Esta discriminación, en vigor desde la segunda prórroga de las ayudas a los trabajadores, que desde el 27 de junio las extendía hasta septiembre, no se solventó con el III Acuerdo Social en Defensa del Empleo que dio origen al Real Decreto-ley del 29 de septiembre que prorrogaba, de nuevo, los ERTE y las ayudas a los autónomos hasta el 31 de enero del próximo año.

El acuerdo sobre la bocina alcanzado entre los agentes sociales y el Gobierno dejó fuera a los autónomos que estaban en situación de baja, por enfermedad o accidente, durante el período de marzo a junio y que, por tanto, no podían solicitar la prestación por cese de actividad antes del 30 de junio. También se quedaron fuera los autónomos que optaron por continuar con su actividad, durante estos meses, prefiriendo trabajar a acogerse a la prestación. El tercer colectivo afectado son las mujeres autónomas que hubieran estado de baja por maternidad o por cualquier patología derivada, ya sea por llegar a término o por verse interrumpida por causas naturales. Es en la disposición adicional cuarta de ese Real Decreto-ley 30/2020 de 29 de septiembre donde radica el problema.

«Se trata de una discriminación injusta para estos autónomos que, además, es anticonstitucional», indica a este diario Javier Guzmán, socio-director de Sofiscal, un despacho laboral-fiscal madrileño que prepara acciones legales si la Seguridad Social no soluciona cuanto antes esta situación.

«La mayor parte de los casos son bajas por incapacidad laboral y de maternidad de autónomos. Es una discriminación entre trabajadores y entre regímenes ya que, en el Régimen General, cuando acaba tu baja de maternidad o paternidad, por ejemplo, el trabajador puede ser incluido en un ERTE, algo que no ocurre con los trabajadores por cuenta propia», explica.

Demanda en ciernes

Sofiscal prepara ya una demanda por el caso de una empresa formada por tres autónomos societarios dedicada a los montajes artísticos y culturales en la que mientras dos de los socios cobran la prestación, al tercero se le ha denegado al haber estado de baja hasta agosto por una operación de corazón. «Nos amparamos en el artículo 14 de la Constitución (igualdad ante la ley de todos los españoles) ya que este autónomo no podía pedir, al estar de baja, dicha prestación antes del 30 de junio, y cuando le han dado el alta se le excluye», remarca Javier Guzmán.

La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ya ha solicitado a la Seguridad Social que tenga en consideración estas excepciones y tramite cuanto antes las ayudas a estos trabajadores, según explicó a LA RAZÓN su presidente, Lorenzo Amor.

Otros despachos laborales de toda España ya se están moviendo para presentar demandas similares si el Gobierno no actúa. En este caso, los sectores afectados no son tanto la hostelería o el comercio, donde también hay casos aunque la mayoría se acogió en seguida a las ayudas ante la «hibernación» que decretó el Gobierno, sino en actividades que no cerraron o sortearon como pudieron el primer estado de alarma. Al ser las mutuas las encargadas de tramitar y también denegar estas ayudas, las fuentes consultadas no pueden detallar aún la cuantificación de los casos, pero afirman que se trata de miles y que están aumentando con la actual situación de deterioro económico por la segunda ola.

Asimismo, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos ha denunciado que se esté denegando la prestación extraordinaria por suspensión de actividad a hosteleros que están cerrando sus negocios por las decisiones adoptadas para frenar la pandemia en algunas comunidades autónomas donde se están sufriendo rebrotes fuertes y las medidas restrictivas sobre la hostelería se han incrementado. Según ha denuncia ATA, la Seguridad Social está denegando las prestaciones a los autónomos alegando que, aunque se ha suspendido la hostelería en regiones como Cataluña, Navarra, Galicia, Asturias, Aragón, Murcia o el País Vasco, sí que está permitido el reparto de comida a domicilio o de recogida en el propio local.

Los representantes de los autónomos consideran «incongruente» esta situación y ponen como ejemplo el caso de una región que decretara el cierre total del comercio pero permitiera el comercio electrónico. En ese caso, también se debería denegar la prestación por cese de actividad extraordinaria para los autónomos de este sector.