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Cómo darse de alta de autónomo de manera correcta

Para evitar sorpresas con Hacienda, es importante seguir los pasos adecuadamente

La dorada salvaje o la merluza nacional mantendrán sus precios
La dorada salvaje o la merluza nacional mantendrán sus preciosAlberto R. RoldánLa Razón

Darse de alta de autónomo es una frase que asusta. Ya no solo por todo lo que ello implica (saltar al régimen de autónomo conlleva responsabilidades y riesgo), sino por todo el trámite o papeleo que hay que llevar a cabo para conseguirlo. Hoy se va a tratar de explicar cómo hacer este proceso para evitar sorpresas o sustos innecesarios con Hacienda.

Alta en Hacienda

Lo primero que se recomienda hacer es darse de alta en la base de datos de Hacienda. Para ello, hay que acudir a la delegación más cercana y cumplimentar el modelo 037. En él hay que incluir la ubicación del negocio, el sector de actividad, datos personales relativos al empresario, impuestos a afrontar en función del sector...

El modelo 036 es aquel dedicado a las actividades que cuentan con un IVA especial. Los operarios de las delegaciones de Hacienda deben ayudar al empresario a cumplimentar qué apartado del Impuesto de Actividades Económicas es el suyo.

Alta en Seguridad Social

Dentro de la Seguridad Social está integrado el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En él debe inscribirse todo aquel que lo desee en un plazo máximo de 30 días después del alta en Hacienda. Para ello, es necesaria una copia del expediente de alta en Hacienda y una fotocopia del DNI para poder solicitar el modelo denominado TA0521.

En este momento hay que elegir qué cuota pagar como autónomo para obtener unas garantías u otras. Lo más común es acogerse a la cobertura de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y desempleo, pagando alrededor de los 300 euros. Recordar que el primer año de autónomo la cuota es reducida, siendo de 60 euros mensuales.

Licencia de apertura

La licencia de apertura corresponde al Ayuntamiento. Este es quien lo expide y quien determina el coste en función de la actividad a desempeñar y el tamaño del local. Es necesario un informe previo que garantice a la autoridad local la conveniencia del local, así como que reúne todas las cualidades necesarias en salubridad e higiene.

Alta de un centro de trabajo

Es el último paso. Se trata de comunicar a la Consejería de Empleo o Trabajo de cada territorio la actividad a desempeñar. Así se da de alta el lugar como lugar de trabajo, figurando como obligatorio un Libro de Visitas ante posibles inspecciones de Trabajo.